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Petición de opinión sobre tarjetas revolving, ¿cancelar o esperar?
Buenas Noches,
Os he conocido buscando información sobre las tarjetas revolving, que por lo que he leído en otros comentarios del foro ya sabéis de lo que hablo. Mi intención es acogerme a la (creo que reciente) sentencia de nulidad de créditos revolving.
Quiero exponer mi caso para pediros vuestra opinión:
Son 2 tarjetas revolving:
- Tarjeta Bankinter (cuyo interés ha variado de 19% a 26% durante los años), tengo casi todos los extractos y el contrato, según mis cálculos (sumando los intereses) el banco me quedaría debiendo a mí. Ya he solicitado el resto de extractos para tener la cuenta completa.
- Tarjeta CaixaBank (cuyo interés ha sido 21% todo el tiempo), tengo todos los extractos y la primera hoja del contrato (ya he solicitado el contrato completo). En ésta tarjeta, según mis cálculos le quedaría yo debiendo al banco.
Mi consulta es en el caso de la segunda tarjeta, el hecho de que le deba yo al banco ¿complicaría las cosas?. Supongo que sería con hacerle una transferencia en su momento para saldar la deuda, o ¿quizás sea mejor esperar a que la situación se invierta y quede saldo a mi favor?. Cuando digo que se invierta, es aprovechar algún momento en el que pueda hacer un pago más grande a la vez que va disminuyendo la deuda mes a mes.
¿Qué opináis?.
Gracias,
Chema
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Acogerte a la sentencia de nulidad de créditos revolving?
Eso que eh lo que eh....?
Es la primera vez que oigo algo así....
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No tengo conocimiento de esa sentencia de nulidad de los créditos revolving.
Seguro que te refieres a algún caso puntual de alguna sentencia, en la que se consideraron abusivos los intereses remuneratorios de un crédito revolving, otra cosa no se me ocurre.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo condena a Banco Sygma Hispania a anular el contrato de un préstamo “revolving”, lo que conlleva que el prestatario (usuario) deberá devolver al prestamista (entidad) únicamente el capital prestado.
Sentencia Nº: 628/2015
Fecha Sentencia: 25/11/2015
CASACIÓN
Recurso Nº: 2341 / 2013
Fallo/Acuerdo: Sentencia Estimando
Procedencia: AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA, SECCIÓN Nº 16
Usura: carácter usurario de un crédito “revolving” concedido a un consumidor.
Creo que el compañero se refiere a esto
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Hola otra vez, (si, es eso tonimuga. Te me adelantaste)
Quizás me explique yo mal o me estoy entendiendo lo que no es.
Es sobre una noticia que vi sobre un crédito revolving que el Supremo anula, y me gustaría hacer algo similar.
Esta es la noticia que vi:
https://www.iahorro.com/ahorro/gesti...n-legales.html
Saludos y Gracias.
Última edición por SanBlas; 21/06/2017 a las 10:09
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Esa sentencia no declara la nulidad de los créditos revolving.
Se condena por los intereses usurarios.
Esa sentencia se utiliza como jurisprudencia desde hace mucho tiempo.
Es justo lo que te indicaba en el anterior post.
Última edición por SanBlas; 21/06/2017 a las 10:07
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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Gracias SanBlas, ahora veo que lo interpreté mal. No es que lo hayan declarado nulo, sino que habría que ¿pasar por el juzgado? para intentar conseguir un resultado similar. En este caso, entiendo me debo asesorar con un abogado a ver si me convendría entrar en ese proceso.
Gracias.
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Creo que deberian estudiar bien tu caso antes de aventurarse, si.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.