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Tema: Documentación historial cuenta bancaria

  1. #1
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    Documentación historial cuenta bancaria

    Hola!
    he colgado este tema hoy pero no se salvo pq no aparece.

    A lo grano.... Si quiero pedir documento único para una cuenta bancaria q tiene también tarjeta de débito, hago la misma carta de doc único? Hago dos cartas para cada producto: tarjeta y cuenta? Como hago?

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    Última edición por Ramona; 03/08/2017 a las 12:54

  2. #2
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    Necesito copia de contrato y historial de movimiento

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  3. #3
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    Pq tengo gastos de reclamación casi todos los meses y gastos liquidación de cuenta tmbn, y tengo entendido q son reclqmables

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  4. #4
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    Cita Iniciado por Ramona Ver mensaje
    Hola!
    Puse este tema hoy pero ko se salvo pq no aparece.

    A lo grano.... Si quiero pedir documento único para una cuenta bancaria q tiene también tarjeta de débito, hago la misma carta de doc único? Hago dos cartas para cada producto: tarjeta y cuenta? Como hago?

    Enviado desde mi D2303 mediante Tapatalk
    Una sola.
    Las tarjetas de debito van asociadas a la cuenta y a sus movimientos.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  5. #5
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    Ok. Amazona!

    Y en la carta mencionó la tarjeta, o solo la libreta....
    Será q pongo 'los productos asociados con la cuenta '?

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  6. #6
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    La tarjeta de crédito no tiene más movimientos que los que se anotan en cuenta,normalmente.
    Aunque hay tarjetas que son de débito y crédito al mismo tiempo.
    Depende del banco..
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  7. #7
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    Como es tu tarjeta? de que banco es?

    COMUNICADO PARA LOS NUEVOS SOCIOS
    https://www.foroantiusura.org/thread...-NUEVOS-SOCIOS

    PARA ASOCIARSE:


    https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    HILO TARIFAS ACUSA.
    https://www.foroantiusura.org/thread...ogados-y-ACUSA

    - https://www.foroantiusura.org/thread...TOS-(TEMPORAL)


    PARA SOLICITAR ABOGADO
    https://asociacionacusa.org/formulario-para-solicitar-abogado-de-a-c-u-s-a

    PREGUNTAS FRECUENTES

    https://www.foroantiusura.org/threads/64941-Preguntas-Frecuentes-y-primeros-pasos-IMPRESCINDIBLE

  8. #8
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    Gracias, Amazona!

    Anele, es de débito!
    O sea q voy adelante con carta de doc único de cuenta

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  9. #9
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    Es del banco popular

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  10. #10
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    Las de débito..el pago es inmediato.

    TE PONGO ESTO PARA QUE LO TENGAS MAS CLARO.

    Tarjetas de débito

    Las tarjetas de débito constituyen un medio de pago y sirven para utilizar los fondos depositados en las cuentas corrientes o cuentas de ahorro a las que están vinculadas. Las tarjetas de débito se pueden utilizar para sacar dinero en oficinas y cajeros automáticos, consultar saldos y movimientos y realizar compras en comercios.

    Al realizar una operación con la tarjeta de débito se genera un cargo directo en la cuenta corriente o de ahorro a la que está vinculada. Es decir, los gastos que se generan con las tarjetas de débito se registran instantáneamente en la cuenta y permiten el cobro hasta el límite de los fondos depositados en la misma.

    Es muy habitual, sin embargo, que por razones de seguridad las entidades financieras, de acuerdo con el cliente, fijen un límite diario, sobre todo, para la retirada de fondos de los cajeros automáticos. Las tarjetas de débito, al no adelantar dinero a crédito, no cobran intereses.

    Tarjetas de crédito

    Al igual que las tarjetas de débito, las tarjetas de crédito son un medio de pago pero también, y ahí radica su principal diferencia, son un medio de financiación, ya que permiten disponer de dinero y realizar pagos sin necesidad de disponer de fondos en la cuenta a la que están vinculadas. A cambio, el cliente debe devolver el dinero en los plazos previstos.

    El cliente debe tener claro que utilizar una tarjeta de crédito tiene las mismas consecuencias que disponer de cualquier crédito o modalidad de financiación. Al igual que ocurre con las tarjetas de débito, las tarjetas de crédito también tienen límites, primero atendiendo a su categoría (normal, plata, oro…) pero también atendiendo al perfil de riesgo y de solvencia del titular.

    En principio, la entidad no atenderá pagos que sobrepasen el límite de crédito y si lo hace el cliente incurrirá en “excedidos en cuenta” que deberá devolver junto a los intereses y las comisiones.

    Modalidades de pago

    Mientras que las tarjetas de débito sólo tienen una modalidad de pago (el pago inmediato), en las tarjetas de crédito encontramos hasta tres modalidades distintas:


    Pago inmediato: no es una modalidad muy habitual en las tarjetas de crédito ya que su funcionamiento es similar al de una tarjeta de débito (el importe de la operación se carga directamente en la cuenta asociada).

    Pago único: en este caso, el dinero utilizado a lo largo del mes se abona o bien al final del mismo mes o bien en los primeros días del mes siguiente. En esta modalidad de pago, la mayoría de entidades no cobran intereses.

    Pago aplazado: existen dos variables de pago aplazado y en las dos el titular de la tarjeta paga intereses. Mediante esta forma de pago se puede:


    -Pagar mensualmente un porcentaje sobre el dinero que se haya utilizado.

    -Pagar una cantidad fija. Por lo general, la parte que el cliente va devolviendo se suma nuevamente al importe no dispuesto de su límite, incrementando de esta forma su disponible. A este tipo de tarjetas se las conoce como “tarjetas revolving”.

    Cuando el pago del crédito es aplazado, las entidades cobran intereses. El cliente debe tener en cuenta que, al contrario de lo que ocurre con los préstamos, el tipo de interés en las tarjetas de crédito no viene expresado en términos anuales sino mensuales. De esta forma, si la entidad le dice que le cobra un interés nominal mensual del 2% en verdad le están cobrando un interés nominal anual del 24% (un tipo de interés mucho más elevado que el que aplican los préstamos al consumo).

    Junto al interés que le cobrará la entidad por la utilización de crédito en la modalidad de pago aplazado hay dos tipos de intereses más a tener en cuenta:

    -el tipo de interés de los saldos excedidos que se aplica cuando se sobrepasa el límite del crédito

    -el tipo de interés de demora que se aplica cuando el titular de la tarjeta se retrasa en los pagos en la fecha prevista.

    Tanto el interés del crédito, como el de los saldos excedidos y el de demora deben venir especificados en el contrato de la tarjeta. En dicho contrato encontraremos, además, qué seguros tiene vinculados la tarjeta de crédito.

    Y es que, estos seguros son otra de las principales diferencias entre las tarjetas de crédito y las de débito. Por lo general, la mayoría de las tarjetas de crédito tienen vinculados determinados seguros (de viajes, robo, accidentes) que, en principio, no suponen un coste adicional para el cliente.

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    PREGUNTAS FRECUENTES

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