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Tema: ¿Pueden embargar a mi mujer por una deuda mía de préstamo personal?

  1. #1
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    ¿Pueden embargar a mi mujer por una deuda mía de préstamo personal?

    Hola, lo primero gracias por leerme.
    Hace 2 años solicité un préstamo personal (me reclaman en este momento cerca de 8000€ con los intereses) en banco Santander en una cuenta compartida con la que es mi actual mujer (en el momento de solicitarlo ni estábamos casados ni eramos pareja de hecho).

    Ese préstamo personal esta a mi nombre y ella no firmó nada ni aparece en ningún lugar.

    Me ha llegado una carta del juzgado diciéndome que (resumiendo) si no pago en 10 días. Procederán a embargarme.

    Mi duda es la siguiente. Yo no tengo bienes embargables (ni casa. Vehículo. Cuentas corrientes o nomina) pero mi mujer si tiene una pensión de gran invalidez en una cuenta de otra entidad en la que yo no aparezco.

    Nos hemos casado hace poco y no hicimos separación de bienes.

    La cuestión es, al no poder pagar yo la deuda ni tener nada embargable, ¿pueden embargarle a ella?

    Graciaa de nuevo y un saludo

  2. #2
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    Sí estais en gananciales sí podrían. Siempre y cuando los ingresos totales superen el SMI

  3. #3
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    Si. Estamoa en gananciales. Mi duda es esa.
    Al ser una deuda personal que nada tiene que ver con ella. Y percibir ella su pensión en una cuenta en la que yo no aparezco en ningún lado. ¿podrian embargarle a ella? (Supera el smi pero sin llegar a duplicarlo. Es la pension unipersonal de gran invalidez. Se que ese complemento de grán invalidez es inembargable. Pero no se a cuanto asciende ese complemento)
    En el papel que me ha llegado hoy el juzgado solo se me requiere a mi. El nombre de mi mujer no aparece por ningún lado.
    Haciendo cuentas se quea cantidad a embargar es pequeña (no llega a 100e) pero me joderia mucho porque ella no tiene nada que ver ni con el prestamo ni con la deuda

  4. #4
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    Aclaro. La cantidad a embargar mensualmente de su pensión seria eso. Unos 100e como mucho (cobra 956)

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    Según mis cuentas serían 75€ escasos

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  6. #6
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    no te preocupes cuando decidan embargar el juzgado le mandará un oficio a tu mujer, y ella en ese momometo renuncia a ser perjudicada y disuelve el regimen ganancial, y no le hacen nada, del tiron nada, te lo digo por mi

  7. #7
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    La gracia es que tenia entendido que al ser unicamente mia la deuda, a ella no podian hacerle nada. No se hasta que punto de le puede embargar a alguien por ser ajeno a una deuda personal.
    Luego otra cuestión. Cuando pasen los 10 dias y vean que no tengo nada embargable. Que suele tardar en dictar el juez si se embarga o se archiva?
    Perdón por tantas preguntas pero he ido buscando información y a veces encuentro que se contradicen algunas cosas

  8. #8
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    Cita Iniciado por verdugo12 Ver mensaje
    no te preocupes cuando decidan embargar el juzgado le mandará un oficio a tu mujer, y ella en ese momometo renuncia a ser perjudicada y disuelve el regimen ganancial, y no le hacen nada, del tiron nada, te lo digo por mi
    Pues si esto es así, me quitas un peso de encima. Yo voy pagando como puedo y a ella no le debe salpicar (conoce la existencia de la deuda) pues entonces solo me queda esperar.
    Graciad por la respuesta

  9. #9
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    Cita Iniciado por verdugo12 Ver mensaje
    no te preocupes cuando decidan embargar el juzgado le mandará un oficio a tu mujer, y ella en ese momometo renuncia a ser perjudicada y disuelve el regimen ganancial, y no le hacen nada, del tiron nada, te lo digo por mi
    Disculpa que te cite de nuevo. De ser asi el caso. Cuanto tarda el proceso? Y estono significa la disolucion del matrimonio. No? Perdona si son preguntas estupidas pero ando perdido y preocupado

  10. #10
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    ¿Pueden embargar a mi mujer por una deuda mía de préstamo personal?

    Cita Iniciado por verdugo12 Ver mensaje
    no te preocupes cuando decidan embargar el juzgado le mandará un oficio a tu mujer, y ella en ese momometo renuncia a ser perjudicada y disuelve el regimen ganancial, y no le hacen nada, del tiron nada, te lo digo por mi
    Perdon???? Creo que estás muy equivocado. Se puede disolver el regimen de gananciales pero no es "renunciar a ser perjudicada y disolver" y ya está. No. Tiene que decidir un juez una vez escuchados a los conyuges y decide Su Señoría (incluso como se divide el patrimonio). Que lo pones como si fuese presentar un papel y automaticamente se disuelve y aqui paz y después gloria.
    Última edición por efcarrasco; 03/08/2017 a las 19:29

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