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Sentencias a empresas de mini créditos.
Según conversación mantenida con la oficina del consumidor, omic, el técnico de consumo no conoce sentencias por usura a estas entidades.
Existe jurisprudencia por cláusulas abusivas; cobrar honorarios, penalizaciones, aplazamientos, que no corresponde.
Pero por sentencia por usura, el técnico de consumo no conoce. Es decir condenas por tener intereses abusivos.
La omic me dice que tengo obligación de pagar el capital prestado más intereses, pactados inicialmente, Y descontar lo ya pagado por ampliaciones.
Así mismo me insta a denunciar judicialmente a estas empresas por cláusulas abusivas, me comenta que por importes de deuda inferiores a 2000, no requiero abogado ni procurador. Es así?
No obstante me gustaría preguntar si tenéis un directorio de abogados de Madrid familiarizados con el tema. Y si es aconsejable el asociarse a vosotros para poder acceder a ellos.
Muchas Gracias por leerme y buenos días.
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Que no conozca ese tecnico sentencias no implica que no las haya.... Ya te digo que las hay y bastantes....
Cuando los intereses los anula el juez es por usura... Aplica la ley de 1908, precisamente llamada comunmente Ley de la Usura o Ley Azcárate....
Usura es todo lo improcedente.... Clausulas abusivas... Intereses usurarios...... Etc.
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Los abogados que colaboran con ACUSA estan especializados en estos temas... El ser socio implica pagar de cuota 20€ al año y tienes derecho a unas tarifas mas favorables que en la calle....
Si te asocias y no tienes como minimo 3 meses de antiguedad, si en ese tiempo necesitas rapido abogado tendrías que pagar por adelantado la cuota del siguiente año.
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Última edición por MARIBELICA; 16/08/2017 a las 10:07
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La OMIC te dice que has de devolver el dinero que te han prestado... Eso siempre... Lo que nos prestan hay que devolverlo..
Así lo dice tambien la ley Azcárate....
Es de perogrullo que ningun juez va a sentenciar que no devuelvas lo que te prestaron.... Ahora bien... Todo lo que te han cobrado de mas y que declara abusivo, te lo resta de lo ya abonado... Hay veces que son ellos los que deben dinero y no nosotr@s....
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Última edición por MARIBELICA; 16/08/2017 a las 10:09
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¿Denunciar tu a esas empresas?.
Pues a ver cómo demuestras que las condiciones abusivas de esos minicreditos no las conocías al contratar,nada menos que 17 veces.
Otra cosa sería que ellos te demandarán y no pudieran demostrar que real y legalmente les debes lo que te piden.Que es lo que suele pasar.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Lo que te dice la OMIC sobre pagar lo que te han prestado mas intereses iniciales, ya se te a explicado por aquí, ahora cuando puedas paga según se te ha dicho y si esta gente quiere mas, que vayan al juzgado.