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duda embargo de nómina
bueno os planteo esta consulta que siempre me ha traído un poco de cabeza, todavía ando de movidas con suma por el tema de mi dación en pago uff no tenéis ni idea del tiempo que llevo peleándome con ellos y siguen en sus trece, tanto el ayuntamiento como suma se han ido pasando la pelota unos a otros a pesar de haber presentado infinidad de escritos a ambas partes y de aportar todo lo que estaba en mi mano para hacerles ver que la plusvalía que me reclaman por el tema de mi dación no me corresponde...
por lo que tengo entendido el salario mínimo ínembargable estaría actualmente en 707€ pues bien en mi caso las pagas extras vienen prorrateadas e incluídas en nómina y aunque he estado investigando no llego a tenerlo claro del todo, en estos casos el mínimo inembargable sería de más cantidad verdad? según he podido ver en estos casos habría que multiplicar los 707€ del SMI x 14 pagas y dividirlo entre 12 mensualidades, por lo que en estos casos el mínimo inembargable sería de 824'83€, es así?
os lo comento porque me han practicado el embargo y no me cuadra para nada la cantidad que ellos dicen con lo que yo tenía calculado, tampoco sé si es suma la que directamente le dice a la empresa la cantidad que ha de retener ni en que se basan para ello, si es porque piden a la empresa lo que cobras deberían de especificar que las pagas extra vienen incluidas o no más que nada porque entre un caso y otro las cantidades a embargar varían...
en fin que estoy un poco agobiada porque creo que me empieza a quedar grande todo esto, ya que por más que intento ser positiva no llego a ver la luz al final del túnel y no me quedan fuerzas ni ganas de seguir adelante, me dan ganas de mandarlo todo a la ****** pero bueno siento todo este rollazo que os acabo de soltar, si alguien sabe algo acerca de este tema le agradecería un montón que me indicara como proceder y los pasos a seguir... un abrazo!
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Última edición por judith74; 24/08/2017 a las 18:24
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Exacto. Es así. Si tienes las extras prorrateadas el SMI inembargable es 707x14/12 unos 825 euros aproximadamente. Y la empresa no comunica nada a nadie. El juzgado le dice a la empresa: "embargue usted la nomina de este señor hasta cubrir la cantidad X". Quien lo calcula es la empresa no el juzgado. Si piensas que lo han calculado mal habla con la empresa y que se pongan las pilas o les demandas.
Última edición por efcarrasco; 24/08/2017 a las 17:24
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En el caso de que te estén practicando mal el embargó debes de hablar con recursos humanos de tu empresa, en mi caso hace un año hable con mi empresa y lo que hizo es cambiar el importe de retenciones para así poder llegar mejor a final de mes, todo es cosa de que lo hablen
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caer esta permitido, levantarse es obligatorio
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duda embargo de nómina
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efcarrasco
Exacto. Es así. Si tienes las extras prorrateadas el SMI inembargable es 707x14/12 unos 825 euros aproximadamente. Y la empresa no comunica nada a nadie. El juzgado le dice a la empresa: "embargue usted la nomina de este señor hasta cubrir la cantidad X". Quien lo calcula es la empresa no el juzgado. Si piensas que lo han calculado mal habla con la empresa y que se pongan las pilas o les demandas.
gracias efcarrasco pero no es del juzgado, es embargo de suma directamente y le dicen a la empresa que me embarguen tal cantidad, o sea que en este caso es suma la que ha practicado mal el embargo y tendría que reclamarles a ellos? es que no entiendo como se pueden equivocar con algo así de verdad que no lo entiendo y tampoco me queda claro como tengo que proceder, tengo un mes para presentar recurso de reposición y ando como loca buscando información para ver en que me puedo basar para seguir defendiendo mi postura...
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El juzgado no calcula los embargos. Si hay un error es de tu empresa. El juzgado solo comunica la cantidad total a embargar. Suma (que no sé que es) no pinta nada en todo esto ni practica embargo alguno. En tal caso solicita ejecución de embargo
Última edición por efcarrasco; 24/08/2017 a las 17:50
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El juzgado no calcula los embargos. Si hay un error es de tu empresa. El juzgado solo comunica la cantidad total a embargar. Suma (que no sé que es) no pinta nada en todo esto ni practica embargo alguno. En tal caso solicita ejecución de embargo
suma es quien se encarga de la gestión tributaria de mi provincia, o sea que como te dije antes el embargo no viene del juzgado viene de suma y éstos al igual que hacienda embargan directamente, estamos hablando del impuesto de plusvalía que se paga en cualquier ayuntamiento lo único que en mi provincia lo gestionan ellos, lo que he recibido hoy es la diligencia de embargo por la que requieren a mi empresa para que retenga de mi salario la cantidad acordada, antes de proceder al embargo le piden datos a mi empresa acerca de mi salario y en base a ello practican el embargo o donde lo miran?
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MISTERIO
En el caso de que te estén practicando mal el embargó debes de hablar con recursos humanos de tu empresa, en mi caso hace un año hable con mi empresa y lo que hizo es cambiar el importe de retenciones para así poder llegar mejor a final de mes, todo es cosa de que lo hablen
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gracias MISTERIO sé que algunas personas han hablado con la empresa y se lo arreglan de alguna forma, pero actualmente las empresas no se quieren pillar los dedos con eso, ya que los acreedores se las saben todas y podrían considerar eso como alzamiento de bienes cualquiera sabe, la cuestión es que me embargan por una supuesta deuda que no me corresponde pagar a mí y es lo que me indigna que me quieran cobrar cuando lo mío no fue una venta sino una dación en pago...
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judith74
suma es quien se encarga de la gestión tributaria de mi provincia, o sea que como te dije antes el embargo no viene del juzgado viene de suma y éstos al igual que hacienda embargan directamente, estamos hablando del impuesto de plusvalía que se paga en cualquier ayuntamiento lo único que en mi provincia lo gestionan ellos, lo que he recibido hoy es la diligencia de embargo por la que requieren a mi empresa para que retenga de mi salario la cantidad acordada, antes de proceder al embargo le piden datos a mi empresa acerca de mi salario y en base a ello practican el embargo o donde lo miran?
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Ah que no es una financiera ni un banco. Es la administración (intentad explicaros algo mejor, caray). Pero es igual. Quien calcula el montante mensual a embargar es tu empresa. Tienes que hablar con tu empresa. Otra cosa es que no estés de acuerdo con que te embarguen. Ahí tendras que presentar el correspondiente recurso ante la administración correspondiente.
Última edición por efcarrasco; 24/08/2017 a las 18:56
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efcarrasco
Ah que no es una financiera ni un banco. Es la administración (intentad explicaros algo mejor, caray). Pero es igual. Quien calcula el montante mensual a embargar es tu empresa. Tienes que hablar con tu empresa. Otra cosa es que no estés de acuerdo con que te embarguen. Ahí tendras que presentar el correspondiente recurso ante la administración correspondiente.
pues estoy intentando explicarme lo mejor posible efcarrasco, como te digo suma le dice a mi empresa la cantidad que me tiene que embargar, no es cosa de la empresa sino de suma y a la empresa le mandan lo mismo que a mí, a mí para que sepa que me van a embargar y a ellos para que retengan la cantidad que tienen que embargar, no sé si me explico de todas formas subo una foto para que lo veas bien...
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Perdona si sono borde pero entiende que no todo el mundo sabemos lo que es "suma" y "la cantidad a embargar" se entiende que es el total de la deuda, no la cantidad mensual que te embargan. Yo lo que no entiendo es cómo es posible que una administración diga ella cuánto tienen que embargarte mensualmente sin conocer lo que cobras. Si esa cantidad supera los límites establecidos en la LEC tendrás que recurrir ante esa administración porque no pueden saltarse esos límites. ¿Cuánto te tenían que embargar y cuánto te están embargando?