-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 444
Iniciado por
Pachuli
entendido, entonces podemos decir que una comunidad de vesino es como persona juridica?
Creo que no exactamente.
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
George Patton
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1136
lo mas paresido que pone son comunidades de bienes
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 444
Iniciado por
Pachuli
entendido, entonces podemos decir que una comunidad de vesino es como persona juridica?
https://www.cremadescalvosotelo.com/...e-la-propiedad
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
George Patton
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
Pachuli indicó/indicaron que le/s gusta esto.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1136
yo creo que ni tenemos cif, por que cuando se averia algo en el bloque lo arregla el portero de la comunidad “a estilo compadre” ni nos hase fastura ni nada
me parese a mi que el seño caninus me a destapado una caja de pandora por la cual cualquier dia nos meten un murtaso por no tener las cosas arregladas en condiciones
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 444
Iniciado por
Pachuli
lo mas paresido que pone son comunidades de bienes
Co-o, y "H. Comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal".
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
George Patton
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
Pachuli indicó/indicaron que le/s gusta esto.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 444
Iniciado por
Pachuli
yo creo que ni tenemos cif, por que cuando se averia algo en el bloque lo arregla el portero de la comunidad “a estilo compadre” ni nos hase fastura ni nada
me parese a mi que el seño caninus me a destapado una caja de pandora por la cual cualquier dia nos meten un murtaso por no tener las cosas arregladas en condiciones
Casi prefiero destapar a Pandora a ver que lleva debajo de los leggins, jajajaja
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
George Patton
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
Pachuli indicó/indicaron que le/s gusta esto.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1438
Lo normal es que una Comunidad tenga una cuenta de la cual es titular (el dinero no es de nadie en particular, es de la Comunidad). Y la cuenta tiene uno o dos autorizados (Administrador, Presidente).
Los autorizados pueden cambiarse con relativa facilidad (cada año es lo que debería hacerse, si se renuevan los cargos de la Comunidad), presentando el Acta correspondiente.
Los titulares son los dueños de los fondos y son los que han firmado el contrato con la entidad bancaria, en el momento de la apertura. Normalmente no es posible modificarlos (ni añadir, ni eliminar), dado que se trataría de un nuevo contrato (y nueva cuenta). Para eliminar un titular, por tanto, sería necesario cancelar la cuenta (para lo cual es necesaria su autorización) y la apertura de otra nueva en la que ya no fuera titular.
En tu caso, al abrir una cuenta nueva en otra entidad, me temo que serias titular en la apertura... Ya que los primeros que lo hicieron con la anterior cuenta lo fueron al abrirla, aunque despues se van cambiando con el tiempo.... Si fuera la misma cuenta, serias autorizado seguro...
Al abrir cuenta nueva, me temo que seras titular aunque esa cuenta esté a nombre de la comunidad.
MARIBELICA
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1136
Iniciado por
Caninus
Casi prefiero destapar a Pandora a ver que lleva debajo de los leggins, jajajaja
jjjjjjjjjjjaajjajjajaajajajaaj
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1136
Iniciado por
MARIBELICA
Lo normal es que una Comunidad tenga una cuenta de la cual es titular (el dinero no es de nadie en particular, es de la Comunidad). Y la cuenta tiene uno o dos autorizados (Administrador, Presidente).
Los autorizados pueden cambiarse con relativa facilidad (cada año es lo que debería hacerse, si se renuevan los cargos de la Comunidad), presentando el Acta correspondiente.
Los titulares son los dueños de los fondos y son los que han firmado el contrato con la entidad bancaria, en el momento de la apertura. Normalmente no es posible modificarlos (ni añadir, ni eliminar), dado que se trataría de un nuevo contrato (y nueva cuenta). Para eliminar un titular, por tanto, sería necesario cancelar la cuenta (para lo cual es necesaria su autorización) y la apertura de otra nueva en la que ya no fuera titular.
En tu caso, al abrir una cuenta nueva en otra entidad, me temo que serias titular en la apertura... Ya que los primeros que lo hicieron con la anterior cuenta lo fueron al abrirla, aunque despues se van cambiando con el tiempo.... Si fuera la misma cuenta, serias autorizado seguro...
Al abrir cuenta nueva, me temo que seras titular aunque esa cuenta esté a nombre de la comunidad.
MARIBELICA
pues si eso es asi.... me voy a tener que mudar...
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 444
Iniciado por
MARIBELICA
Lo normal es que una Comunidad tenga una cuenta de la cual es titular (el dinero no es de nadie en particular, es de la Comunidad). Y la cuenta tiene uno o dos autorizados (Administrador, Presidente).
Los autorizados pueden cambiarse con relativa facilidad (cada año es lo que debería hacerse, si se renuevan los cargos de la Comunidad), presentando el Acta correspondiente.
Los titulares son los dueños de los fondos y son los que han firmado el contrato con la entidad bancaria, en el momento de la apertura. Normalmente no es posible modificarlos (ni añadir, ni eliminar), dado que se trataría de un nuevo contrato (y nueva cuenta). Para eliminar un titular, por tanto, sería necesario cancelar la cuenta (para lo cual es necesaria su autorización) y la apertura de otra nueva en la que ya no fuera titular.
En tu caso, al abrir una cuenta nueva en otra entidad, me temo que serias titular en la apertura... Ya que los primeros que lo hicieron con la anterior cuenta lo fueron al abrirla, aunque despues se van cambiando con el tiempo.... Si fuera la misma cuenta, serias autorizado seguro...
Al abrir cuenta nueva, me temo que seras titular aunque esa cuenta esté a nombre de la comunidad.
MARIBELICA
Esa titularidad supongo que será a efectos de representación de cargo. Si realmente y técnicamente fueran dueños de los fondos, si esa cuenta generara intereses, por esa misma supuesta titularidad-propiedad deberían recibir del banco a nivel personal los datos anuales para poder hacer la declaración a Hacienda del ejercicio ¿no?
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
George Patton