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Tema: Embargo por negligencia bancaria?

  1. #1
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    Embargo por negligencia bancaria?

    Hola,
    Es legal que un organismo de la Administración decrete el embargo del saldo de la cuenta un día (pongamos que el día 29/12/2017) y la entidad bancaria lo practique otro día (pongamos que el día 3/01/2018)?
    Pensaba hasta ahora que el embargo de la Administración, se hacía siempre por vía telemática, se practicaba automáticamente sin tener conocimiento la entidad bancaria hasta ese mismo momento y si se hacía tal día, se hacía ese mismo día y no otro.
    Si esto no es legal, debería hacer una reclamación tanto a la Administración como a la entidad bancaria?
    Un saludo y gracias de antemano por vuestras respuestas.

  2. #2
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    Embargo por negligencia bancaria?

    Por propia experiencia con embargos de organismos oficiales(y siempre hablando en mi caso).

    Dicho organismo remite embargo de cuentas a tus bancos(dónde estes de titular)y piden retención de saldo hasta cubrir la deuda(en caso de que haya saldo suficiente) o en su defecto el saldo que hubiese en ese momento(si ahí más de un titular,la parte correspondiente de dividir dicho saldo por el número de titulares).
    La retención normalmente es por 20 días y el banco realiza el traspasó pasados los mismos...(en mi caso,por varias veces pasaron 25 días y 30 días.Un saludo.

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  3. #3
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    Gracias Melocotón,
    Eso lo tengo claro desde que se practica el embargo hasta que se aplica, mínimo deben transcurrir 10 días. Pero usándose medios telemáticos hoy en día, es normal que se pida el embargo de saldos tal día (29/12/2017) y no habiendo casi saldo ese día, la entidad bancaria lo aplique otro día (03/01/2018) cuando hay más saldo? no debería aplicarse automáticamente el día 29/12/2017 y luego se efectué en 10 días, 20 o 25 días?

  4. #4
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    Embargo por negligencia bancaria?

    En todo caso,decirte que los organismos oficiales embargan a futuro y no puntualmente..
    Por tanto la entidad aplicó correctamente el embargo..Un saludo.

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