Si hay demanda por el primer impago, sería muy raro que el juzgado lo admitiera a trámite, pero aún siendo asi, en cuanto el abogado se oponga a ese monitorio o responda a la demanda, está queda sin efecto seguro......

En cuanto al seguro, es normal que no figure e la demanda. Ten en cuenta que las cuotas que has venido pagando son hasta el día en que cancelan el préstamo, en consecuencia al cancelar esa póliza por impago evidentemente no hay deuda que reclamar.

Dicho esto, lo que es totalmente irregular y recurrible es el vencimiento anticipado del préstamo al primer impago.

Tu abogado tiene que ponerse las pilas......