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Duda: ¿Si se ha desestimando una demanda pueden volver a demandar por lo mismo?
Hola,
en 2016 la empresa de minipréstamos Contantes me demandó por una cantidad de 332 €. Tras presentar la oposición pertinente (SanBlas siempre te tendré en mi corazón por la ayuda prestada en aquellos momentos) el juicio terminó a mi favor siendo desestimada la demanda.
https://www.foroantiusura.org/thread...tencia-a-favor
Si embargo, he recibido un mail de una empresa de abogados (supuestamente) en el que me vuelven a reclamar la misma cantidad amenazando con ir a juicio si no pago y bla bla bla....
¿Podrían volver a presentar una demanda por esa deuda aunque ya hasa sido juzgada?
Muchas gracias y un saludo a todos.
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laua
Hola,
en 2016 la empresa de minipréstamos Contantes me demandó por una cantidad de 332 €. Tras presentar la oposición pertinente (SanBlas siempre te tendré en mi corazón por la ayuda prestada en aquellos momentos) el juicio terminó a mi favor siendo desestimada la demanda.
https://www.foroantiusura.org/thread...tencia-a-favor
Si embargo, he recibido un mail de una empresa de abogados (supuestamente) en el que me vuelven a reclamar la misma cantidad amenazando con ir a juicio si no pago y bla bla bla....
¿Podrían volver a presentar una demanda por esa deuda aunque ya hasa sido juzgada?
Muchas gracias y un saludo a todos.
Buenas laua, si está Juzgado y hay sentencia, NO te pueden volver a demandar por lo mismo, eso ya está Juzgado, No le hagas casos a email y sms de Recobradores del 3 al cuarto. Ellos en muchos casos ni saben si estuvo Judicializado o no. Ni Caso, y la Sentencia siempre Bien Guardadita... Un saludo!!!!
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Gracias Gofi. Mucho caso no hago, pero me da un poco de cosa pensar que un tema que yo tenía por cerrado pudiera volver a saltar..
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laua
Gracias Gofi. Mucho caso no hago, pero me da un poco de cosa pensar que un tema que yo tenía por cerrado pudiera volver a saltar..
No te preocupes laua, que salte lo que quiera, eso esta ya Juzgado.
Artículo 207. Resoluciones definitivas. Resoluciones firmes. Cosa juzgada formal.
1. Son resoluciones definitivas las que ponen fin a la primera instancia y las que decidan los recursos interpuestos frente a ellas.2. Son resoluciones firmes aquéllas contra las que no cabe recurso alguno bien por no preverlo la ley, bien porque, estando previsto, ha transcurrido el plazo legalmente fijado sin que ninguna de las partes lo haya presentado.3. Las resoluciones firmes pasan en autoridad de cosa juzgada y el tribunal del proceso en que hayan recaído deberá estar en todo caso a lo dispuesto en ellas.4. Transcurridos los plazos previstos para recurrir una resolución sin haberla impugnado, quedará firme y pasada en autoridad de cosa juzgada, debiendo el tribunal del proceso en que recaiga estar en todo caso a lo dispuesto en ella.
Un saludo!!!
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Duda: ¿Si se ha desestimando una demanda pueden volver a demandar por lo mismo?
Si hay una sentencia donde se desestima esa demanda... No hay mas..
Si se atreven a demandarte, presentas tu sentencia... Es cosa juzgada... Y se acaba el cuento..
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Duda: ¿Si se ha desestimando una demanda pueden volver a demandar por lo mismo?
Ojo..... Espero sea demanda desestimada...que claramente fué tu caso. Así que tranquilo.
No confundamos con demanda desistida, con lo cual no habría sentencia y si podrían demandar de nuevo.
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Última edición por MARIBELICA; 06/04/2018 a las 13:20
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MARIBELICA
Ojo..... Espero sea demanda desestimada...
No confundamos con demanda desistida, con lo cual no habría sentencia y si podrían demandar de nuevo.
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Si esta Juzgada está Desestimada Jefa!!!!!
Última edición por Gofi; 06/04/2018 a las 13:21
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"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
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MARIBELICA
Ojo..... Espero sea demanda desestimada...que claramente fué tu caso. Así que tranquilo.
No confundamos con demanda desistida, con lo cual no habría sentencia y si podrían demandar de nuevo.
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Aclarado Maribelica. Era eso lo que confundía.. la demanda desistida. En mi caso fue DESESTIMADA.
Gracias por la aclaración. Mail a la papelera.
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Duda: ¿Si se ha desestimando una demanda pueden volver a demandar por lo mismo?
Te aconsejo que te mires en asnef, no vaya a ser que te hayan incluido estos por una deuda ya juzgada... Por que si lo han hecho, yo los pondría a bailar flamenco, empezando por el fichero de morosidad.
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pregunta y si te llevan a juicio al que no asististe te condenaron a pagar pero no te embargaron ni nada y 6 años después te llaman por tlf para reclamarte la deuda, pueden hacerlo'? no habría prescrito?