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Liquidación de intereses...abusivos?
Hola amigos, recientemente he acabado de pagar (de hecho me lo han cobrado del resultante de la declaración de la renta que me devolvían algo, osea, embargado que se entienda) he recibido la carta del juzgado con la liquidación de intereses de la deuda pagada, no si es correcta, de ahí que lo pregunte... es correcto y no abusivo que me cobren un 20% de intereses? gracias!
Adjunto Pdf.
LIQUIDACION DE INTERESES.pdf
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Yo recibí hace poco una propuesta de liquidación de intereses de la parte demandante, y el tipo de interes era del 3% y del 5%.
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El 20% puede ser porque has tardado varios años en liquidar la deuda.
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Liquidación de intereses...abusivos?
Creo que la Agencia Tributaria por cobrarte a plazos te incrementa ese 20% en intereses. Así me lo soltaron a mi hace algunos años
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No hay peor cárcel que una mentalidad negativa
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Esa liquidación de intereses es claramente abusiva, no pueden cobrarte más que el precio legal del dinero, puesto que ya había sentencia y embargo.
Tienes que impugnar esa liquidación de intereses en el juzgado. Vete y que te informen cómo hacerlo...
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
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Gracias a todos por responder!
Iniciado por
RCB
Esa liquidación de intereses es claramente abusiva, no pueden cobrarte más que el precio legal del dinero, puesto que ya había sentencia y embargo.
Tienes que impugnar esa liquidación de intereses en el juzgado. Vete y que te informen cómo hacerlo...
En la carta me dan los típicos diez días para impugnar o no la decisión, ahora que se confirma lo abusivo que sospechaba impugnaré, por supuesto, cuando sepa algo os lo comento.
Gracia de nuevo
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Hola de nuevo, mañana me acercaré al Juzgado a llevar la carta de impugnación, me gustaría que le echaseis un vistazo y me deis opinión, por si debo rectificar, agregar o lo que veáis...gracias!
carta impugnacion intereses sin datos.pdf
Última edición por Delvior; 27/04/2018 a las 00:10
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Al final no he ido, anoche a ultima hora le eche un vistazo a la documentación de la refinanciación de la deuda y encontré que el interés por demora estaba al 20% (esa clausula ni la vi en su momento), entonces al ser interés pactado no se puede reclamar en las condiciones del articulo 576, precio del dinero anual mas dos puntos, mi gozo en un pozo.
Espero que mi experiencia en este caso os sirva a alguno.
Saludos