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Si una deuda pasan 5 años y no han reclamado, prescribe el derecho a reclamarla, pero la deuda sigue existiendo por siempre.
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Mikibcn
Buenos e indignados dias jeje acabo de llamar al ayuntamiento y no me han sabido responder. Por tanto recurro a la sabiduria forera.
Yo tengo ya mi nomina embargada al maximo. Me ha llegado una carta del ayuntamiento administracion pública que proceden a embargar la cuenta para satisfacer el pago del ibi del año 2012.
Les he preguntado si podía pagarlo y me han dicho que no. Al comentarles que ya tengo un embargo no me han sabido responder...
pueden embargar o a la cola?
muchisimas gracias!
Buenas, tengo la duda de que dices que tienes la nómina embarcada al máximo y me gustaría saber si te han embargado el 30 por cien del primer tramo,sólo , 9 te han metido mano hasta el si, un saludo
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Lo digo por que por lo que he leído en teoría sólo te ponen un embargo, y no varios simultáneamente, ese 30, pero por otras fuentes, sentencia, parece ser que te pueden hincar el diente hasta dejarte en los 735..
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No pueden Ciceron68. Es totalmente ilegal que te dejen solo con el SMI. Hay unos porcentajes que no pueden saltarse a la torera. Salvo que un juez lo interprete expresamente cosa que, la verdad, yo no he visto nunca (no digo que no lo haya hecho alguno).
En cuanto a las administraciones no suelen (aunque a veces lo hacen) trincar de la nómina. Arrasan de las cuentas bancarias y devoluciones de Hacienda. Y les importa muy poco si es ahorro o no.
Última edición por efcarrasco; 15/05/2018 a las 07:09
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Iniciado por
efcarrasco
No pueden Ciceron68. Es totalmente ilegal que te dejen solo con el SMI. Hay unos porcentajes que no pueden saltarse a la torera. Salvo que un juez lo interprete expresamente cosa que, la verdad, yo no he visto nunca (no digo que no lo haya hecho alguno).
En cuanto a las administraciones no suelen (aunque a veces lo hacen) trincar de la nómina. Arrasan de las cuentas bancarias y devoluciones de Hacienda. Y les importa muy poco si es ahorro o no.
Gracias por la informacion
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El único embargo que puede sobrepasar el SMI , es el de la pensión alimenticia por orden judicial.
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Hasta el smi, justamente probé una de estas calculadoras de embargos y exacto ni un céntimo más o menos al máximo.
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Y si ya tienes un embargo sobre la nómina no te pueden poner otro, se van poniendo a la cola uno detrás de otro, pero nunca mas de uno al mismo tiempo.
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Triniti
No es la deuda lo que prescribe sino el derecho a reclamar.
Eso es lo que quería decir, la deuda siempre estará ahí, aunque no se pueda reclamar judicialmente.