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Tema: Intrum Justitia

  1. #11
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    Avatar de lununa
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    Yo recibí un monitorio de un seguro el mes pasado (una larga historia de peleas...), y a las dos semanas de oponerme, carta de los amigos de Intrum reclamando el doble de lo que la misma compañia de seguros me reclamaba en el juzgado. Ni caso.
    El dinero es como el papel higiénico: Cuando lo necesitas, es urgente
    La única injusticia contra la que no puedes hacer nada es la muerte. Para todas las demás, ya estás tardando

  2. #12
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    Avatar de Josetor
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    A mi mujer han estado 7 u 8 años reclamandole una deuda que no era cierta, al final y para mi sorpresa le llego un moitorio.

    Gracias al compañero GOFI del foro, carta de oposición y a ver por donde salen.

    A mi ultimamente me llegan emails de Intrum reclamandome que pague una deuda, pero lo más gracioso es que no me ponen ni la cantidad ni mis datos.

  3. #13
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    Avatar de Otxaita
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    Buenas a tod@s!
    Hoy he recibido un comunicado de Intrum. Me podéis aconsejar o algo? Os presento el email:



    Le informamos que, debido al desinterés por hacer efectiva la deuda que mantiene con NBQ TECHNOLOGY SAU (¡Qué bueno!) y que a día de hoy asciende a la cantidad de 1316,47 Euros, siguiendo instrucciones de nuestro cliente procedemos a dar traslado de su expediente a nuestro departamento jurídico para iniciar la correspondiente reclamación judicial, mediante la interposición del correspondiente proceso monitorio, según lo que dispone el artículo 812 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.



    Dicho proceso legal se interpone, así mismo, al amparo de lo establecido en el artículo 1.100 y siguientes del Código Civil, que establece que en caso de morosidad se reclamará por vía judicial la totalidad de la deuda, incluyendo daños y perjuicios ocasionados a NBQ TECHNOLOGY SAU (¡Qué bueno!).

    Una vez obtenida SENTENCIA a favor de nuestro cliente NBQ TECHNOLOGY SAU (¡Qué bueno!) le informamos de las consecuencias de dicha situación para Ud:



    1. De acuerdo con el art. 592 Ley Enjuiciamiento Civil, una vez presentada demanda de ejecución, se le podrá embargar, "dinero o cuentas corrientes de cualquier clase, sueldos, salarios, pensiones, bienes muebles, bienes inmuebles..." en cantidad suficiente para cubrir la deuda, incrementada en un 30% correspondiente a intereses legales y costas judiciales.

    2. Se le podrá incluir en ficheros de informació de solvencia patrimonial y crédito (ficheros de morosidad) RAI, ASNEF o BADEXCUG.

    3. Por supuesto, todo ello le dificultará la obtención de financiación en el futuro.



    No obstante y a fin de desistir del inicio de acciones legales contra usted, le instamos por última vez para que proceda a liquidar la deuda en el plazo improrrogable de 2 días, mediante ingreso en:.



    Titular:

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    Última edición por Melocoton en Almibar; 10/12/2019 a las 23:37

  4. #14
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    Avatar de MARIBELICA
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    Intrum Justitia

    Pues una tontada mas de tantas que envian.. Nada nuevo y mucho menos relevante.

    Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
    ASOCIATE A A.C.U.S.A .

    PREGUNTAS FRECUENTES



    Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.


  5. #15
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    Cita Iniciado por Otxaita Ver mensaje
    Buenas a tod@s!
    Hoy he recibido un comunicado de Intrum. Me podéis aconsejar o algo? Os presento el email:



    Le informamos que, debido al desinterés por hacer efectiva la deuda que mantiene con NBQ TECHNOLOGY SAU (¡Qué bueno!) y que a día de hoy asciende a la cantidad de 1316,47 Euros, siguiendo instrucciones de nuestro cliente procedemos a dar traslado de su expediente a nuestro departamento jurídico para iniciar la correspondiente reclamación judicial, mediante la interposición del correspondiente proceso monitorio, según lo que dispone el artículo 812 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.



    Dicho proceso legal se interpone, así mismo, al amparo de lo establecido en el artículo 1.100 y siguientes del Código Civil, que establece que en caso de morosidad se reclamará por vía judicial la totalidad de la deuda, incluyendo daños y perjuicios ocasionados a NBQ TECHNOLOGY SAU (¡Qué bueno!).

    Una vez obtenida SENTENCIA a favor de nuestro cliente NBQ TECHNOLOGY SAU (¡Qué bueno!) le informamos de las consecuencias de dicha situación para Ud:



    1. De acuerdo con el art. 592 Ley Enjuiciamiento Civil, una vez presentada demanda de ejecución, se le podrá embargar, "dinero o cuentas corrientes de cualquier clase, sueldos, salarios, pensiones, bienes muebles, bienes inmuebles..." en cantidad suficiente para cubrir la deuda, incrementada en un 30% correspondiente a intereses legales y costas judiciales.

    2. Se le podrá incluir en ficheros de informació de solvencia patrimonial y crédito (ficheros de morosidad) RAI, ASNEF o BADEXCUG.

    3. Por supuesto, todo ello le dificultará la obtención de financiación en el futuro.



    No obstante y a fin de desistir del inicio de acciones legales contra usted, le instamos por última vez para que proceda a liquidar la deuda en el plazo improrrogable de 2 días, mediante ingreso en:.



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    Esa me la mandan a mi cada 15 días desde hace muchos muchos meses y aún estoy esperando a que me demanden más que nada para que un juez me diga lo que debo pagar exactamente pero no hay manera. Así que no les hagas ni caso.
    Última edición por Melocoton en Almibar; 10/12/2019 a las 23:37

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