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Resultados 1 al 7 de 7

Tema: embargo nomina

  1. #1
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    Avatar de noe y polo 772
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    Angry embargo nomina

    buenas noches quiero saber como informar de que tengo embargada la nomina la empresa no me lo dice y me estan descontando dos embargos a la misma vez y me han dicho en hacienda que uno es de eyos pero que es ilegal embargar dos a la vez en la misma nomina el problema que el otro embargo no se de que es

  2. #2
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    Hola Noe, en primer lugar te agradeceremos que pases por presentaciones para que te demos la bienvenida.

    En cuanto a la pregunta, la empresa tiene la obligación de informarte de cualquier orden de embargo que te este aplicando.
    Habla con ellos, y que te expliquen porque te aplican dos embargos en la nomina.
    Para solicitar abogado como socio pincha aquí:
    https://www.asociacionacusa.org

    ¿Recién llegado? Visita: https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA Muy importante.

  3. #3
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    Que la empresa no te lo dice? Estamos locos o nos fumamos las galletas porque pone maria? Plantate mañana en la oficina y o te dan el papel o papeles que les ha llegado del juzgado relativo al embargo o tomaras las medidas legales ya que no tienes constancia alguna, solo su palabra, del embargo. En otro orden de cosas tu puedes tener 50 embargos al mismo tiempo mientras el total económico no supere tu máximo mensual embargable
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  4. #4
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    Avatar de Ciceron2020
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    Vete al sindicato de tu empresa, y que les den caña..., aunque no se puede embargar más del 30 por cien del segundo tramo, sabemos que hay excepcio es, como la pensión de alimentos, y no si Hacienda entra esto, aunque me temo que la administración arrasa con todo, y seamos realistas, todos cuando oímos la palabra Hacienda, nos hacemos caquita

  5. #5
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    embargo nomina

    Cita Iniciado por Ciceron2020 Ver mensaje
    Vete al sindicato de tu empresa, y que les den caña..., aunque no se puede embargar más del 30 por cien del segundo tramo, sabemos que hay excepcio es, como la pensión de alimentos, y no si Hacienda entra esto, aunque me temo que la administración arrasa con todo, y seamos realistas, todos cuando oímos la palabra Hacienda, nos hacemos caquita
    Hacienda también embarga según los tramos embargables y se tiene que esperar para embargar nóminas y si es la primera,el resto también se tiene que esperar.
    Y yo no me hago caquitas cuando me llega algo de hacienda..pues de donde no ahí no se puede sacar y más cuando se niegan a negociar...pues nada tardaran 10 años en cobrar..Un saludo.

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  6. #6
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    Avatar de ÑAME
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    En ningún caso de puede llevar a cabo un embargo sin que el deudor haya tenido conocimiento previo del motivo que ha desencadenado el mismo. Embargos de hacienda, por multas se comunican previamente al deudor puesto que existen comunicaciones para efectuar el pago voluntario. En las ejecuciones judiciales los embargos se producen una vez se ha tramitado un procedimiento (judicial) en el que se notifica al deudor la existencia de la deuda para abonar la misma (consignando la cantidad) previo al embargo de los bienes. No se cuál es su caso concreto.
    Si entras por primera vez, pincha este enlace --->> PREGUNTAS FRECUENTES

  7. #7
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    Avatar de Ciceron2020
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    Spain os diferentes..,no se pueden hacer muchas cosas pero se hacen

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