El día dos de julio han entrado en vigor dos nuevos apartados añadidos al artículo 588 LEC por la Ley 3/2018, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, para regular la Orden Europea de Investigación. Con ellos entendemos que se ha querido por el legislador poner solución (ya veremos que con más pena que gloria) a algunos de los problemas, que no son pocos ni menores,* que se plantean cuando se acuerda el embargo de los saldos positivos de las cuentas a la vista del ejecutado.

https://www.elderecho.com/tribuna/ci...250680001.html