Hola a todos de nuevo.
Mi mujer tiene una micro empresa de 3 trabajadores (incluyendo ella) y hoy me he puesto a ver las cuentas. Como pasa con muchas empresitas, tienes créditos, y si no tienes liquidez el día que toca, pum, 30 euros de gastos por reclamación de cuota impagada. Mi pregunta es. ¿esos gastos se pueden reclamar si son créditos a empresas?. Por que ya se que a crédito personal o tarjeta se ha de reclamar... y... en ese caso, ¿también se puede reclamar el importe del interés + 5%? como dice el BCE
gracias
La otra pregunta, por vuestra experiencia
los gastos de correo, iva y todo eso que se puede reclamar, ¿es aconsejable en hacerlo en cartas distintas o se puede poner todo en la misma?
un saludo de nuevo