Ademas de la inclusion en ASNEF, hubo una carta de un despacho de abogados o recobrador que la amenazaba con demandarla. No se si realmente se trata de un error. Y aunque haya sido por error, no es esto demandable? Intento resumir lo que quiero decir, especialmente en caso de demanda, desde el punto de vista de la viuda:
En el pasado, cuando mi marido estaba vivo, usted me incluyo en ASNEF por el total de la deuda, y uno de sus recobradores me amenazo con demandarme. Posteriormente me exonero del pago de la deuda. Ahora viene a demandarme como heredera de mi marido, confirmando de nuevo que la deuda era de mi marido, y no mia.
Esto es, cofidis puede demandarla como heredera, no lo dudo. Pero creo que tambien corresponde una demanda de la heredera a cofidis, por la inclusion indebida en ASNEF cuando el marido aun estaba vivo.