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Tema: Duda con respuesta reclamacion bankiter

  1. #1
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    Duda con respuesta reclamacion bankiter

    Buenas chic@s, ¿como van?

    Hoy por fin me ha llegado la respuesta a la reclamación que puse a Bankinter solicitándole la devolución de las posiciones deudoras, recobros, etc...

    Estoy medio contenta, y digo medio, por que en la carta me indican que proceden a hacerme la devolución de las comisiones de recobro de la tarjeta, eso si, remarcan en negrita y subrayado que lo hacen " de forma puntual y como una atención comercial", vamos que no porque me lo tengan que devolver, sino como un "favorcin", son unos 200 € así que bueno, estoy contenta que menos da una piedra, aunque queda por ver que realmente me ingresen el dinero en la cuenta, quiero pensar que ya habiéndomelo dado por escrito no creo que ahora se echen para atrás, no??

    Y bueno, ahora toca la otra parte, la del "medio no contenta", y es que en el escrito de reclamación les reclamaba la diferencia de interés en la hipoteca puesto que no me estaban aplicando la bonificación por disponer de cuenta nomina, es decir, si tengo cuenta nomina me reducen el interés de la hipoteca en 0,40% lo que anualmente son casi 200 €. Les argumente lo mejor que pude que cumplía las condiciones para que la cuenta tuviese la consideración de cuenta nomina (basicamente recibir la nomina en la cuenta y tener 2 recibos domiciliados) pero en su respuesta me indican lo siguiente :

    "En concreto, su cuenta corriente perdió la condición de cuenta nómina por no haber cumplido los requisitos necesarios en cuanto a deuda impagada. Estas condiciones vienen reflejadas en el condicionado del contrato, donde se recoge que no se debe
    mantener por el titular o titulares durante el tiempo en que la cuenta esté abierta, ninguna posición morosa o de riesgo en el banco o fuera del mismo.
    "

    También les reclamaba, la comisión de reclamación por posicion deudora, por las cuotas del préstamo hipotecario y del préstamo personal, y esta es su respuesta :

    "Por lo que se refiere a las comisiones por reclamación de posiciones morosas mencionadas en su escrito, cabe señalar en primer término, que dicha comisión consta en la escritura y póliza de sus préstamos, y la razón de ser de la citada comisión, es la labor in vigilando para la entidad, que exige el pago de la totalidad de la cuota por parte del cliente, consistente en la necesidad de prestar una especial atención diariamente al saldo existente en su cuenta corriente, para proceder, en cuanto éste exista, a recobrar la parte de cuota de los préstamos que se hubiese quedado impagada. Dado que la citada labor constituye sin lugar a dudas un servicio prestado, por lo que nuestra entidad se halla claramente legitimada para su adeudo."


    Os comento que con Bankinter llevo al día tanto el prestamo, la hipoteca como la tartjeta de credito, las cargos de reclamaciones por posicion deudora o comisión de la tarjeta, es por días, a lo mejor me pasan el recibo el dia 28 y no lo pueden cargar hasta el 31 el 1, y en muchas ocasiones ellos pasan el recibo el dia 28 y el mismo dia 29 se regulariza.
    En el 2017 si que me fue imposible atender los recibos durante 2~3 meses, cosa que les comunique por escrito con antelación, pero desde entonces todo lo de Bankinter lo vengo pagando con regularidad.

    ¿Se os ocurre algún para rebatir? ¿Qué haríais vosotr@s?

    P.D.: Desde que les reclame, tengo ya varios cargos por posición deudora y me han seguido cobrando tanto la posición deudora como por comisión reclamación de las tarjetas, ¿vuelvo a reclamarlas? o me quedo quieta no vaya a ser que no me devuelvan ni las primeras?

    Mil gracias.
    Última edición por mcd2018; 16/03/2019 a las 02:02

  2. #2
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    Duda con respuesta reclamacion bankiter

    Cita Iniciado por mcd2018 Ver mensaje
    Buenas chic@s, ¿como van?

    Hoy por fin me ha llegado la respuesta a la reclamación que puse a Bankinter solicitándole la devolución de las posiciones deudoras, recobros, etc...

    Estoy medio contenta, y digo medio, por que en la carta me indican que proceden a hacerme la devolución de las comisiones de recobro de la tarjeta, eso si, remarcan en negrita y subrayado que lo hacen " de forma puntual y como una atención comercial", vamos que no porque me lo tengan que devolver, sino como un "favorcin", son unos 200 € así que bueno, estoy contenta que menos da una piedra, aunque queda por ver que realmente me ingresen el dinero en la cuenta, quiero pensar que ya habiéndomelo dado por escrito no creo que ahora se echen para atrás, no??

    Y bueno, ahora toca la otra parte, la del "medio no contenta", y es que en el escrito de reclamación les reclamaba la diferencia de interés en la hipoteca puesto que no me estaban aplicando la bonificación por disponer de cuenta nomina, es decir, si tengo cuenta nomina me reducen el interés de la hipoteca en 0,40% lo que anualmente son casi 200 €. Les argumente lo mejor que pude que cumplía las condiciones para que la cuenta tuviese la consideración de cuenta nomina (basicamente recibir la nomina en la cuenta y tener 2 recibos domiciliados) pero en su respuesta me indican lo siguiente :

    "En concreto, su cuenta corriente perdió la condición de cuenta nómina por no haber cumplido los requisitos necesarios en cuanto a deuda impagada. Estas condiciones vienen reflejadas en el condicionado del contrato, donde se recoge que no se debe
    mantener por el titular o titulares durante el tiempo en que la cuenta esté abierta, ninguna posición morosa o de riesgo en el banco o fuera del mismo.
    "

    También les reclamaba, la comisión de reclamación por posicion deudora, por las cuotas del préstamo hipotecario y del préstamo personal, y esta es su respuesta :

    "Por lo que se refiere a las comisiones por reclamación de posiciones morosas mencionadas en su escrito, cabe señalar en primer término, que dicha comisión consta en la escritura y póliza de sus préstamos, y la razón de ser de la citada comisión, es la labor in vigilando para la entidad, que exige el pago de la totalidad de la cuota por parte del cliente, consistente en la necesidad de prestar una especial atención diariamente al saldo existente en su cuenta corriente, para proceder, en cuanto éste exista, a recobrar la parte de cuota de los préstamos que se hubiese quedado impagada. Dado que la citada labor constituye sin lugar a dudas un servicio prestado, por lo que nuestra entidad se halla claramente legitimada para su adeudo."


    Os comento que con Bankinter llevo al día tanto el prestamo, la hipoteca como la tartjeta de credito, las cargos de reclamaciones por posicion deudora o comisión de la tarjeta, es por días, a lo mejor me pasan el recibo el dia 28 y no lo pueden cargar hasta el 31 el 1, y en muchas ocasiones ellos pasan el recibo el dia 28 y el mismo dia 29 se regulariza.
    En el 2017 si que me fue imposible atender los recibos durante 2~3 meses, cosa que les comunique por escrito con antelación, pero desde entonces todo lo de Bankinter lo vengo pagando con regularidad.

    ¿Se os ocurre algún para rebatir? ¿Qué haríais vosotr@s?

    P.D.: Desde que les reclame, tengo ya varios cargos por posición deudora y me han seguido cobrando tanto la posición deudora como por comisión reclamación de las tarjetas, ¿vuelvo a reclamarlas? o me quedo quieta no vaya a ser que no me devuelvan ni las primeras?

    Mil gracias.
    Carta reclamacion al BDE

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  3. #3
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    Buenas¡¡ siento que el primer mensaje no sea de gran ayuda pero sí felicitarte por ese 50%, seguro que ¨los sabios del lugar¨ te lo comprobarán y te dirán algo, ánimo y al lío¡¡
    “El miedo siempre está dispuesto a ver las cosas peor de lo que son”

  4. #4
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    Estimados señores,

    Sirva esta carta para agradecer su atención a mi reclamación sobre las comisiones indebidamente cobradas en mi cuenta de la tarjeta numero xxxxxxx.

    Aunque quisiera hacer un inciso, en su respuesta me dicen literalmente que me abonan ese dinero "de forma puntual y como una atención comercial", bien, solamente decirles que de "atención comercial" nada de nada.

    Las devuelven ustedes porque están cobradas de manera improcedente, tal y como dicta el propio Banco de España en su normativa y ustedes lo saben, así que de "atención comercial" nada de nada.

    Y tampoco será de forma puntual ya que cada vez que ustedes me cobren comisiones de forma improcedente, reclamaré esas comisiones y llegaré hasta donde sea necesario, ya que me asiste la Ley y la normativa y yo también se reclamar "de forma puntual".

    Solamente para su información, por si se les ha pasado por la cabeza que están tratando con alguien ignorante.

    Que tengan un buen día.

    P.D. Espero esa devolución anunciada a la mayor brevedad.....









    Estimados señores,

    En relación a su respuesta de fecha xx/xx/xxxx, relacionada con mi reclamación de fecha xx/xx/xxxx, quisiera rebatir los argumentos esgrimidos por ustedes para negar la devolución de las comisiones por reclamación de posiciones deudoras reclamadas por mi.

    Concretamente me responden ustedes de forma literal:

    "Por lo que se refiere a las comisiones por reclamación de posiciones morosas mencionadas en su escrito, cabe señalar en primer término, que dicha comisión consta en la escritura y póliza de sus préstamos, y la razón de ser de la citada comisión, es la labor in vigilando para la entidad, que exige el pago de la totalidad de la cuota por parte del cliente, consistente en la necesidad de prestar una especial atención diariamente al saldo existente en su cuenta corriente, para proceder, en cuanto éste exista, a recobrar la parte de cuota de los préstamos que se hubiese quedado impagada. Dado que la citada labor constituye sin lugar a dudas un servicio prestado, por lo que nuestra entidad se halla claramente legitimada para su adeudo."

    Me van a permitir decirles que no comparto en absoluto su criterio, así como tampoco lo comparte el propio Banco de España en su normativa que dice textualmente:



    Reclamación de posiciones deudoras

    A este respecto, simplemente cabe recordar que el adeudo de comisiones por reclamación de posiciones deudoras tiene por objeto la recuperación de los costes que debe soportar la entidad como consecuencia de las reclamaciones necesarias para la recuperación de dichos saldos, siendo preceptiva para su procedencia que aquella esté recogida en el documento contractual correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, y para el cobro de dicha comisión, es criterio reiterado de este DCMR que, desde la óptica de las buenas prácticas y usos financieros, cabe exigir a las entidades que actúen conforme a los siguientes principios:

    - En primer lugar, debe quedar absolutamente claro que el devengo de la comisión
    está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas
    ante el cliente deudor, algo que, a juicio de este DCMR, no queda justificado
    con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el
    ordenador.

    - En segundo lugar, la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo
    saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin,
    ni siquiera cuando, en el caso de un descubierto, este se prolonga en sucesivas
    liquidaciones de la cuenta.

    - Finalmente, dada su naturaleza, se exige que su cuantía sea única, cualquiera
    que sea el importe del saldo reclamado, no admitiéndose tarifas porcentuales.

    Además, como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de dicha comisión no constituiría una buena práctica bancaria (ni una aplicación correcta de los principios antes señalados), ya que la reclamación debe realizarse teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente.


    Comisión distinta es la que responde a la reclamación de descubiertos como consecuencia de haber quedado las cuentas en esa situación, y que podrá únicamente adeudarse si se dan los requisitos que se citan en otro apartado de esta Memoria (en relación con las tarjetas, 5.3.3.a) y que son (además de, por supuesto, su previsión en el documento contractual), esencialmente, los siguientes: deben responder a una reclamación formal de posiciones deudoras, de tal forma que se acredite la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente; no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin; su cuantía sea única, sin que sean admisibles tarifas porcentuales; y que no se dé un automatismo en su aplicación, por lo que la entidad habrá de tener en cuenta en su repercusión las circunstancias particulares de cada descubierto y de cada cliente.


    Ante todos estos artículos de los criterios y normativa del organismo supervisor, reitero mi RECLAMACIÓN PARA QUE ME REITEGREN LAS CITADAS COMISIONES, ya que no se cumple lo estipulado por la normativa para su aplicación, por lo que su cobro es claramente improcedente.

    Por todo ello, les agradeceré que retrotraigan las cantidades especificadas en mi anterior reclamación, y los respectivos intereses, a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de 1 mes en mi calidad de consumidor a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad, en defensa de mis legítimos intereses.

    Les informo que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria he acudido a una asociación sin ánimo de lucro, “A.C.U.S.A” (Asociación contra la Usura de Sociedades Acreedoras), especializada en abusos y malas prácticas bancarias, y de la cual me he hecho socio, con experiencia en este tipo de reclamaciones, cuyos letrados son los que me están asesorando y que llegado el caso, iniciarán las oportunas acciones judiciales.
    Atentamente,

    MIS DATOS
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

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    Duda con respuesta reclamacion bankiter

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    Estimados señores,

    Sirva esta carta para agradecer su atención a mi reclamación sobre las comisiones indebidamente cobradas en mi cuenta de la tarjeta numero xxxxxxx.

    Aunque quisiera hacer un inciso, en su respuesta me dicen literalmente que me abonan ese dinero "de forma puntual y como una atención comercial", bien, solamente decirles que de "atención comercial" nada de nada.

    Las devuelven ustedes porque están cobradas de manera improcedente, tal y como dicta el propio Banco de España en su normativa y ustedes lo saben, así que de "atención comercial" nada de nada.

    Y tampoco será de forma puntual ya que cada vez que ustedes me cobren comisiones de forma improcedente, reclamaré esas comisiones y llegaré hasta donde sea necesario, ya que me asiste la Ley y la normativa y yo también se reclamar "de forma puntual".

    Solamente para su información, por si se les ha pasado por la cabeza que están tratando con alguien ignorante.

    Que tengan un buen día.

    P.D. Espero esa devolución anunciada a la mayor brevedad.....









    Estimados señores,

    En relación a su respuesta de fecha xx/xx/xxxx, relacionada con mi reclamación de fecha xx/xx/xxxx, quisiera rebatir los argumentos esgrimidos por ustedes para negar la devolución de las comisiones por reclamación de posiciones deudoras reclamadas por mi.

    Concretamente me responden ustedes de forma literal:

    "Por lo que se refiere a las comisiones por reclamación de posiciones morosas mencionadas en su escrito, cabe señalar en primer término, que dicha comisión consta en la escritura y póliza de sus préstamos, y la razón de ser de la citada comisión, es la labor in vigilando para la entidad, que exige el pago de la totalidad de la cuota por parte del cliente, consistente en la necesidad de prestar una especial atención diariamente al saldo existente en su cuenta corriente, para proceder, en cuanto éste exista, a recobrar la parte de cuota de los préstamos que se hubiese quedado impagada. Dado que la citada labor constituye sin lugar a dudas un servicio prestado, por lo que nuestra entidad se halla claramente legitimada para su adeudo."

    Me van a permitir decirles que no comparto en absoluto su criterio, así como tampoco lo comparte el propio Banco de España en su normativa que dice textualmente:



    Reclamación de posiciones deudoras

    A este respecto, simplemente cabe recordar que el adeudo de comisiones por reclamación de posiciones deudoras tiene por objeto la recuperación de los costes que debe soportar la entidad como consecuencia de las reclamaciones necesarias para la recuperación de dichos saldos, siendo preceptiva para su procedencia que aquella esté recogida en el documento contractual correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, y para el cobro de dicha comisión, es criterio reiterado de este DCMR que, desde la óptica de las buenas prácticas y usos financieros, cabe exigir a las entidades que actúen conforme a los siguientes principios:

    - En primer lugar, debe quedar absolutamente claro que el devengo de la comisión
    está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas
    ante el cliente deudor, algo que, a juicio de este DCMR, no queda justificado
    con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el
    ordenador.

    - En segundo lugar, la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo
    saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin,
    ni siquiera cuando, en el caso de un descubierto, este se prolonga en sucesivas
    liquidaciones de la cuenta.

    - Finalmente, dada su naturaleza, se exige que su cuantía sea única, cualquiera
    que sea el importe del saldo reclamado, no admitiéndose tarifas porcentuales.

    Además, como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de dicha comisión no constituiría una buena práctica bancaria (ni una aplicación correcta de los principios antes señalados), ya que la reclamación debe realizarse teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente.


    Comisión distinta es la que responde a la reclamación de descubiertos como consecuencia de haber quedado las cuentas en esa situación, y que podrá únicamente adeudarse si se dan los requisitos que se citan en otro apartado de esta Memoria (en relación con las tarjetas, 5.3.3.a) y que son (además de, por supuesto, su previsión en el documento contractual), esencialmente, los siguientes: deben responder a una reclamación formal de posiciones deudoras, de tal forma que se acredite la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente; no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin; su cuantía sea única, sin que sean admisibles tarifas porcentuales; y que no se dé un automatismo en su aplicación, por lo que la entidad habrá de tener en cuenta en su repercusión las circunstancias particulares de cada descubierto y de cada cliente.


    Ante todos estos artículos de los criterios y normativa del organismo supervisor, reitero mi RECLAMACIÓN PARA QUE ME REITEGREN LAS CITADAS COMISIONES, ya que no se cumple lo estipulado por la normativa para su aplicación, por lo que su cobro es claramente improcedente.

    Por todo ello, les agradeceré que retrotraigan las cantidades especificadas en mi anterior reclamación, y los respectivos intereses, a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de 1 mes en mi calidad de consumidor a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad, en defensa de mis legítimos intereses.

    Les informo que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria he acudido a una asociación sin ánimo de lucro, “A.C.U.S.A” (Asociación contra la Usura de Sociedades Acreedoras), especializada en abusos y malas prácticas bancarias, y de la cual me he hecho socio, con experiencia en este tipo de reclamaciones, cuyos letrados son los que me están asesorando y que llegado el caso, iniciarán las oportunas acciones judiciales.
    Atentamente,

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    Sublime!!!. Como siempre.

    Gracias RCB.

    Un abrazo.

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  7. #6
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    Que buena explicación haces RCB sobre las comisiones.
    Es increible, pareces un libro abierto que cabeza tienes.
    Nos haces una ayuda maravillosa.

    Gracias por todo

  8. #7
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    RCB muchas muchas gracias, llevaba dándole vueltas a la cabeza sobre como redactar la reclamación y resulta que me has hecho el trabajo!!
    Me quedo sin palabras de agradecimiento, voy a pasar el escrito a un documento y se lo quedo enviado de inmediato.

    Me doy cuenta de lo "presuntos chorizos" que son, es que ni las piensan, aunque claro, si no se tiene asesoramiento, la mayoría se quedaran con la carta y no harán nada más, por lo que a la ultima, incluso les sale bien.

    Muchas gracias
    Última edición por Melocoton en Almibar; 17/03/2019 a las 20:24

  9. #8
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    D Será por fin que escribo un mensaje al foro con una buena noticia !!!!

    Acabo de entrar a mi cuenta y cha cha cha chan! veo un ingreso de 280 eurazos y como concepto Retroc. Comis. Visa y ya me quedé extrañada, primero por que lo han devuelto y segundo por que es una cantidad mayor, y en el buzon he recogido hace un ratito 2 cartas, en una de ellas me indican que "Nos es grato comunicarle que su reclamación de referencia ha quedado definitivamente resuelta a su favor" y me explican que me devuelven los 210 € que inicialmente les tenia reclamados y adicional 70 € que me cobraron el mes de marzo, pero oye! me acabo de dar cuenta que en febrero me pasó igual y esos no me los han devuelto, ¿se los reclamo? si, no??

    En la otra carta veo que vienen a desestimar la respuesta que les envié por lo de las posiciones deudoras y se reiteran en la resolución ya dada. Por lo que tendré que presentar la reclamación ante el Banco de España. Cosa que no dudaré!

    Y como todo no podía ser bueno, me acabo de dar cuenta que en VENGANZA me han "bloqueado" las 2 tarjetas de crédito, ciertamente me da igual porque no las uso, simplemente están ahí porque las sigo pagando, pero que HP son, no entiendo que actúen así como pataleta de crio pequeño por venganza. Al margen de que no tenia ni tengo previsto usarlas, ¿pueden bloquearlas asi sin más, sin motivo aparente?
    ¿Qué haríais? Debo 8000 € entre las dos tarjetas y voy pagando unos 150 € por cada una de ellas de los cuales casi la mitad son intereses, he querido mantener la cordialidad con este banco por ser el que tengo la hipoteca el que recibo la nomina pero viendo que ellos no tienen consideración alguna, no me apetece seguir pagándoles todos los meses 150 € de intereses , casi que prefiero que den la deuda por vencida y me lleven al juzgado pero no se si es buena idea porque tan pronto haya una deuda imagino que podrán cobrarla de la nomina o aunque me dejaran de ingresar allí la nomina en el momento que ingrese en la cuenta para el pago de la hipoteca se lo cobrarían para la tarjeta, no?? Que pensáis??

    ueeeeee!! perdonad si me he venido arriba, pero es que necesitaba algo como esto, no me gusta el futbol, pero me imagino que me siento como cuando una es del Madrid y le gana al BarÇa.

    RCB millón de gracias !!!

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  11. #9
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    Duda con respuesta reclamacion bankiter

    Cita Iniciado por mcd2018 Ver mensaje
    D Será por fin que escribo un mensaje al foro con una buena noticia !!!!

    Acabo de entrar a mi cuenta y cha cha cha chan! veo un ingreso de 280 eurazos y como concepto Retroc. Comis. Visa y ya me quedé extrañada, primero por que lo han devuelto y segundo por que es una cantidad mayor, y en el buzon he recogido hace un ratito 2 cartas, en una de ellas me indican que "Nos es grato comunicarle que su reclamación de referencia ha quedado definitivamente resuelta a su favor" y me explican que me devuelven los 210 € que inicialmente les tenia reclamados y adicional 70 € que me cobraron el mes de marzo, pero oye! me acabo de dar cuenta que en febrero me pasó igual y esos no me los han devuelto, ¿se los reclamo? si, no??

    En la otra carta veo que vienen a desestimar la respuesta que les envié por lo de las posiciones deudoras y se reiteran en la resolución ya dada. Por lo que tendré que presentar la reclamación ante el Banco de España. Cosa que no dudaré!

    Y como todo no podía ser bueno, me acabo de dar cuenta que en VENGANZA me han "bloqueado" las 2 tarjetas de crédito, ciertamente me da igual porque no las uso, simplemente están ahí porque las sigo pagando, pero que HP son, no entiendo que actúen así como pataleta de crio pequeño por venganza. Al margen de que no tenia ni tengo previsto usarlas, ¿pueden bloquearlas asi sin más, sin motivo aparente?
    ¿Qué haríais? Debo 8000 € entre las dos tarjetas y voy pagando unos 150 € por cada una de ellas de los cuales casi la mitad son intereses, he querido mantener la cordialidad con este banco por ser el que tengo la hipoteca el que recibo la nomina pero viendo que ellos no tienen consideración alguna, no me apetece seguir pagándoles todos los meses 150 € de intereses , casi que prefiero que den la deuda por vencida y me lleven al juzgado pero no se si es buena idea porque tan pronto haya una deuda imagino que podrán cobrarla de la nomina o aunque me dejaran de ingresar allí la nomina en el momento que ingrese en la cuenta para el pago de la hipoteca se lo cobrarían para la tarjeta, no?? Que pensáis??

    ueeeeee!! perdonad si me he venido arriba, pero es que necesitaba algo como esto, no me gusta el futbol, pero me imagino que me siento como cuando una es del Madrid y le gana al BarÇa.

    RCB millón de gracias !!!
    ¿Cuanto has gastado de esas tarjetas y cuanto llevas pagado?

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