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Tema: Vamos a quitarnos ese miedo al Juzgado. ¿Qué sucede cuando nos demandan?

  1. #71
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    Avatar de lennon2020
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    Vamos a quitarnos ese miedo al Juzgado. ¿Qué sucede cuando nos demandan?

    Muy buen documento! Ya es la segunda vez que lo leo, y me voy empapando más de conocimientos.
    En general, el foro se convirtió en una lectura casi diaria (mientras el tiempo lo permita).
    Gracias por el esfuerzo, y a todos los asesores por compartir su sabiduría.

  2. #72
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    Avatar de Jose2oportunidad
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    Muy buenas a todos, nose si es el hilo correcto para escribir esto, no he parado de leer post y post durante horas sobre los juicios que quedan muy bien explicados pero hay algo de lo que no me entero.
    Mi gran duda es, en el momento que te demandan te informan??? quiero decir... veo que a muchos de nosotros les llega una carta de demanda al juzgado y comentan que llevaban igual un año sin tener noticia de sus acreedores, ¿eso quiere decir que en el momento que te demandan los acreedores no te avisan o notifican? ¿La única manera de enterarte es cuando ya está la demanda tramitada, y te llega la carta certificada o te hacen ir al juzgado donde te dan la fecha para el juicio?
    Por si no me explico bien... Un banco puede demandarme mañana, y yo no enterarme? y enterarme pasados 2 años cuando se me cite para ir al juzgado?
    Que por favor alguien me explique por que me he leido sobre todo este post y el de los monitorios unas 10 veces y no me entero, estoy muy perdido.
    Última edición por Jose2oportunidad; 08/06/2020 a las 23:09

  3. #73
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    Jose , cuando una empresa acreeedora te demanda , ponen la denuncia en el juzgado (igual ni te demandan nunca) y desde el juzgado , te envian notificacion , para que vayas

    a recoger la demanda. Y si procede , pues buscarte abogado y tal para defenderte. Una vez te has defendido o has alegado .... tienen que dar fecha para juicio ... para cuando ?

    A saber ... Asi que deja tus miedos de momento , porque una vez que se juzgue lo que sea , ...será el fin de tus males .

    Muchos estamos deseando que nos lleven a juicio , para acabar con todo el lio.
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  4. #74
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    Cita Iniciado por ñame Ver mensaje
    Jose , cuando una empresa acreeedora te demanda , ponen la denuncia en el juzgado (igual ni te demandan nunca) y desde el juzgado , te envian notificacion , para que vayas

    a recoger la demanda. Y si procede , pues buscarte abogado y tal para defenderte. Una vez te has defendido o has alegado .... tienen que dar fecha para juicio ... para cuando ?

    A saber ... Asi que deja tus miedos de momento , porque una vez que se juzgue lo que sea , ...será el fin de tus males .

    Muchos estamos deseando que nos lleven a juicio , para acabar con todo el lio.
    Ñame , a esto es exactamente a lo que me refería, ahora sabiéndolo , desde que me demanda un acreedor y pone la denuncia en el juzgado... el juzgado cuanto tarda en enviarme la notificación?
    Muchas gracias por tu respuesta

  5. #75
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    Avatar de ÑAME
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    Desde que te demandan a que te llega el aviso , va rápido .

    Pero de ahí para alante .... a saber .

    El acreedor puede decirte que te va a demandar un millon de veces , .. pero lo hara hoy , mañana dentro de un año o de cinco .... o nunca.
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  6. #76
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    Avatar de Jose2oportunidad
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    Gracias ñame.
    Ya me lo has aclarado.

  7. #77
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    Que buen documento!!!!!muchas gracias!!!!!!a ver si me quito miedo poco a poco, gracias a vosotros!

  8. #78
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    Gracias por este documento asi me entero, buen aporte.... Recien me llego a casa un monitorio por parte de Creamfinance, creditosi, y si que me dice lo de los cinco dias, no pone en ningun caso lo de los 20 dias habiles.... al leer el documento dice lo siguiente... si lo que se recibe es una Diligencia del Juzgado en donde aparece un plazo de cinco días hábiles, y la palabra monitorio en algún lado, eso normalmente quiere decir que no se lo han admitido a trámite al demandante y dan un plazo de cinco días a las partes para que digan lo que estimen oportuno.

    Esto quiere decir que es una especie de asusta bobos? que me lo mandan ellos para asustarme?? o me pongo deacuerdo con ellos para llegar a pagar

    Gracias

  9. #79
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    Vamos a quitarnos ese miedo al Juzgado. ¿Qué sucede cuando nos demandan?

    Cita Iniciado por Luiseduardo Ver mensaje
    Gracias por este documento asi me entero, buen aporte.... Recien me llego a casa un monitorio por parte de Creamfinance, creditosi, y si que me dice lo de los cinco dias, no pone en ningun caso lo de los 20 dias habiles.... al leer el documento dice lo siguiente... si lo que se recibe es una Diligencia del Juzgado en donde aparece un plazo de cinco días hábiles, y la palabra monitorio en algún lado, eso normalmente quiere decir que no se lo han admitido a trámite al demandante y dan un plazo de cinco días a las partes para que digan lo que estimen oportuno.

    Esto quiere decir que es una especie de asusta bobos? que me lo mandan ellos para asustarme?? o me pongo deacuerdo con ellos para llegar a pagar

    Gracias
    Has entendido muy mal..

    Monitorio.... 20 días para ptesentar oposicion o pagar lo que pide el requerimiento.

    Si en el documento se indica la apreciacion de clausulas abusivas por parte del juzgado, dan 5 días para alegar sobre ellas a las partes y el monitorio aun no está admitido a tramite..

    Juicio verbal.... 10 días habiles del plazo para alegar..

    SI LOS DOCUMENTOS LOS ENVIA EL JUZGADO, NUNCA JAMAS SON ASUSTAVIEJAS.... SON ROTUNDAMENTE VERDAD..

    los asustaviejas los envian los recobradores.

    HAY QUE PRESENTAR OPOSICION AL MONITORIO Y ACUERDOS CON ELLOS NÓ... ESO NUNCA, SOLO EN EL JUZGADO LOS ACUERDOS.

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    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Has entendido muy mal..

    Monitorio.... 20 días para ptesentar oposicion o pagar lo que pide el requerimiento.

    Si en el documento se indica la apreciacion de clausulas abusivas por parte del juzgado, dan 5 días para alegar sobre ellas a las partes y el monitorio aun no está admitido a tramite..

    Juicio verbal.... 10 días habiles del plazo para alegar..

    SI LOS DOCUMENTOS LOS ENVIA EL JUZGADO, NUNCA JAMAS SON ASUSTAVIEJAS.... SON ROTUNDAMENTE VERDAD..

    los asustaviejas los envian los recobradores.

    HAY QUE PRESENTAR OPOSICION AL MONITORIO Y ACUERDOS CON ELLOS NÓ... ESO NUNCA, SOLO EN EL JUZGADO LOS ACUERDOS.

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    Es decir debo ir al juzgado y argumentar porque no he podido pagar o lo de los intereses de usura y apartir de alli luego se genera un acuerdo entre las partes?, es un microcredito de creditosi

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