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Tema: La polémica de las tarjetas revolving

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    La polémica de las tarjetas revolving

    Miles de españoles, atrapados en una espiral de deudas por sus compras a crédito. ¿Pueden hacer algo para salir de ese círculo vicioso?

    La banca española no gana para sustos. Con razón y sin ella. Por productos o cláusulas que llevaban décadas existiendo sin generar mayor polémica y por otros nacidos en los últimos años. Este año le toca el turno a las*tarjetasrevolving, esas tarjetas de crédito con un funcionamiento un tanto especial (el cliente puede pagar una cuota mensual fija en lugar de un porcentaje del capital debido), que se han popularizado en los últimos años y que están generando una enorme polémica. De hecho, uno pone "tarjetas*revolving" en un buscador de internet y lo primero que aparece, antes incluso de la publicidad de este tipo de tarjetas, son los anuncios de los despachos de abogados especializados en demandas colectivas que anuncian un nuevo frente de batalla contra el sector financiero.

    Las demandas de los afectados se acumulan: aquí,*Invertia asegura que las reclamaciones ante el Banco de España*se han duplicado en lo que va de año; y no se quedan en el organismo supervisor, en la prensa menudean las noticias sobre juicios en los que tal o cual audiencia provincial ha dado la razón a los clientes por la mala comercialización, la falta de información o los intereses cobrados (aquí, por ejemplo,*una noticia de*La Nueva España*de noviembre del pasado año*sobre la devolución de más de 37.000 euros a un ovetense).

    Aquí hay dos cuestiones relevantes. La primera es la que tiene que ver con la disputa en los tribunales. Ahí cada uno tendrá su opinión (aquí,*una columna muy didáctica*de Xavier Albalate en el blog*Hay Derecho). Pero hay otra derivada, la que nos lleva a preguntarnos qué puede ocurrir para que alguien se vea atrapado en esta dinámica: por qué contrató*un producto con unos intereses tan elevados*y cómo pudo ir acumulando una deuda creciente sin darse cuenta. Y lo que nos encontramos es con la falta de gestión de sus finanzas que caracteriza a millones de familias. Personas con un buen nivel de ingresos y que no necesariamente encajan en el arquetipo del manirroto que quiere gastar a toda costa. En ocasiones sí puede que estemos ante un problema de descontrol en las compras; pero, en muchas otras, simplemente lo que tenemos es una carencia de educación financiera básica.
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    La polémica de las tarjetas revolving

    El funcionamiento revolving consiste en la disposición de un crédito, con un límite determinado, que suele oscilar entre 600 y 6.000 euros, aunque algunas entidades lleguen a ofrecer hasta 30.000 euros.

    Las cuantías de las cuotas que el titular de la tarjeta abona de forma periódica vuelven a formar parte del crédito disponible del cliente (de ahí su nombre*revolving), por lo que constituye un crédito que se renueva de manera automática a su vencimiento mensual, de tal forma que en realidad es un crédito rotativo equiparable a una línea de crédito permanente.

    Este tipo de tarjetas permite el*cobro aplazado mediante cuotas

    El titular puede disponer de hasta el límite de crédito concedido a cambio del pago aplazado de las cuotas, las cuales pueden ser un porcentaje de la deuda o una cuota fija que el cliente puede elegir y cambiar dentro de unos mínimos establecidos por la entidad.

    El hecho de que los intereses generados, las comisiones y otros gastos repercutibles al cliente se sumen y financien junto con el resto de las operaciones (pagos en comercios, en Internet, o reintegros de cajero) implica que, ante elevados tipos de interés de la cuota de la tarjeta, cuando se pagan cuotas mensuales bajas respecto al importe total de la deuda, la*amortización del principal se realizará en un período de tiempo muy prolongado, lo que supone el pago total de una cifra elevada de intereses a medio y largo plazo, y que se calculan sobre el total de la deuda pendiente.

    En resumen, son tarjetas que funcionan como una especie de línea de crédito abierta al cliente hasta un límite. Eso sí, líneas de crédito carísimas, porque el interés que se abona es muy elevado (por encima del 20% TAE en la mayoría de los casos). Y que, además, tienen una segunda característica muy peligrosa: la devolución del importe adeudado no se hace con un calendario fijado previamente (como pudiera ser un préstamo a 12-24-36 meses) sino que puede establecerse a través del pago de una cuota mensual, en ocasiones muy baja respecto al total de la deuda.

    La combinación es explosiva: una*deuda con un interés muy elevado y en la que la cuota es baja. ¿El resultado? Esa cuota mensual baja, que actúa como reclamo comercial, apenas cubre el pago de los intereses. Por lo que el período de tiempo en el que se devuelve el principal se alarga muchísimo (con el consiguiente encarecimiento del crédito, porque durante todo ese período se pagan intereses). De hecho, en algunos casos se ha llegado a una situación en la que el pago de la cuota ni siquiera cubre los intereses debidos, con lo que la deuda no sólo no disminuye con el pago mensual… ¡sino que aumenta! Vamos, que puedes estar pagando eternamente sin que la deuda disminuya o lo haga muy poco a poco. Eso es lo que ha ocurrido en algunos de los casos que han llegado a los tribunales: personas que llevaban años abonando su cuota y descubrían que apenas había descendido la cantidad que debían al banco.

    https://www.libremercado.com/2019-07...as-1276642221/
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    La polémica de las tarjetas revolving

    Éstas tarjetas, ahora tienen de cabeza a los despachos de abogados.
    A mí me llega por emails, ofrecimientos para demandar a wizink.
    Pasó el furor de las reclamaciones de la hipoteca, y ahora están con las revolving.
    Gracias por tu información

    Enviado desde mi MYA-L11 mediante Tapatalk

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