Si puedes pagar de una vez mucho mejor, el decir de ir pagándolo poco a poco es por si no puedes de una sola vez
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caer esta permitido, levantarse es obligatorio
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Yo lo ingresé en la.cuenta de CETELEM , la misma que aparece en la notificación de monitorio que me enviaron primeramente .
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A ver matrixus, ¿esperar el qué? Si un juez te ha condenado a pagar 1.100 euros eso es PALABRA DE DIOS creas que es justo, injusto o una put...da. ¿Tu te crees que si les pagas 600 euros te van a "perdonar" 500 by the face? ¿Teniendo los títulos judiciales para ejecutarte? Y sí tienes que perder. Porque luego tendrías que pagar las costas de esa ejecución y los intereses correspondientes. Yo iria ingresando en la cuenta del juzgado (en las veces que sean) hasta cubrir los 1.100 euros de la sentencia por si suena la flauta y no ejecutan. Porque luego sí que no les suele interesar reclamar los intereses (un 3% anual) porque suele ser una m... y demasiado incordio para ellos. Pero 500 euros sí que los van a reclamar. Vamos si los van a reclamar.
Y todo EN LA CUENTA DE CONSIGNACION DEL JUZGADO. Nada de ingresarles a Cetelem directamente.
Última edición por efcarrasco; 24/09/2019 a las 18:52
Y todo EN LA CUENTA DE CONSIGNACION DEL JUZGADO. Nada de ingresarles a Cetelem directamente.
A eso me refiero que lo que pagues sea en la cuenta del Juzgado que es quien condena, lo que diga Cetelem es lo mismo que te diga Manolo el del bombo, en el punto jurídico en que te encuentras, es decir que has perdido la demanda, el juez dicta y ordena, por las buenas o por las malas. Si en un partido de fútbol el juez de línea pita penalty y lo lanzas mal de poco te sirve volver a pedirle que quieres lanzar denuevo porque no estás de acuerdo en que el portero ha parado el gol.
Refloto este hilo , para decir que aún no tengo noticias de Cetelem ni del juzgado . Hace ya mismo casi un año .... Tarda mucho ?? Puede ser que Cetelem no haya presentado la demanda de ejecución ? , Esto prescribe de alguna forma ?
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Tienen un plazo de cinco años para presentar demanda de ejecución. ¿Tú has abonado lo que indica la sentencia o no?
5 años ? En la sentencia ponía que disponía de 20 días . Yo antes que me llegará la sentencia , como se pusieron en contacto conmigo les ingresé la mitad y luego acordamos la otra mitad . Pero como me llegó la sentencia ya no ingresé nada más .
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No me has entendido. Son ELLOS los que tienen cinco años para presentar una demanda de ejecución de embargo si tú no pagas en esos veinte días.