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Tema: DIFERENCIAS ENTRE JUSTICIA GRATUITA Y ABOGADO DE OFICIO

  1. #1
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    DIFERENCIAS ENTRE JUSTICIA GRATUITA Y ABOGADO DE OFICIO

    A muchos, el mundo jurídico nos parece un tema muy complejo y lejos denuestro alcance. Pero en realidad, está muy presente en nuestro día a día y forma parte de nuestra vida cotidiana.

    Un tema que genera muchos debates es la justicia gratuita y los abogados de oficio.

    Se cree, que en el caso de solicitar un abogado de oficio, este será gratuito y no es así.

    El abogado de oficio cobra según tarifas del colegio de abogados respectivo.

    Un abogado es una persona que se gana la vida ayudando y defendiendo a otras personas frente a temas legales, y por tanto, se trata de un trabajo remunerado igual que cualquier otro. Cuando se nos asigna una bogado de oficio, su trabajo solo será gratuito, en caso que previamente hayamos solicitado Asistencia Jurídica Gratuita y nos la concedan por que reunimos unos requisitos

    ¿Pero qué es exactamente la justicia gratuita?

    La Asistencia Jurídica Gratuita, se puede solicitar, siempre y cuando, el solicitante pueda demostrar que no dispone de los recursos necesarios para pagar los honorarios de un abogado . Esta puede estar solicitada por:

    -Ciudadanos españoles o extranjeros con residencia española con recursos económicos bajos.

    -Entidades gestoras y de Servicios Comunes de la Seguridad Social

    -Asociaciones de la entidad pública y Fundaciones registradas.

    -Trabajadores y beneficiarios de la SS.

    -Extranjeros que se les haya denegado la entrada en el país, o por lo contrario, se encuentren en trámites de expulsión del territorio español.

    Para poder solicitar justicia gratuita es necesario demostrar insuficiencia económica, es decir, que nuestra renta no supere el IPREM. . Además, también se podrá solicitar, en caso que el solicitante demuestre que; tiene familia numerosa especial, tiene una discapacidad o actúa en nombre de alguien con alguna enfermedad o discapacidad. En uno de estos tres casos su salario no debe superar el cuádruplo del salario mínimo interprofesional.



    Sepuede pedir asistencia jurídica gratuita en distintos casos:



    -Orden jurisdiccional penal: Penitenciario, Menores, Jurado, entre otros.

    -Orden jurisdiccional civil: Turno General Civil, Menores, Familia Y Constitucional.

    -Orden jurisdiccional administrativo: Refugiados, Extranjería,General Administrativo y Constitucional.

    -Orden jurisdiccional social: Social y Constitucional.



    Un factor a tener en cuenta, es que la asistencia jurídica gratuita se debe instar antes del proceso.

    Es necesario demostrar que padecemos una insuficiencia económica.
    Si se ha solicitado posteriormente, y aunque, ahora, nos encontremos frente una situaciónde insuficiencia económica, es necesario demostrar que antes deempezar el proceso tampoco teníamos los recursos suficientes para pagar un abogado. Si no es así, se perderá el derecho a justicia gratuita.






    Última edición por MARIBELICA; 16/11/2019 a las 09:45
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  2. #2
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    DIFERENCIAS ENTRE JUSTICIA GRATUITA Y ABOGADO DE OFICIO

    Excelente Maribelica. Creo que era necesaria la aclaración.

  3. #3
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    Avatar de maricarm.
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    muchas gracias guapa, espero que ya les quede claro el tema
    CONSEJOS.:PRESENTATE, PREPARATE UNA BUENA JARRA DE TILA,PONTE COMOD@, LEE MUCHO EL FORO PARA APRENDER Y SABER, EXPON TU PROBLEMA DE FORMA CLARA PARA QUE TE PUEDAN ACONSEJAR,TEN PACIENCIA,SERAS RESPONDID@ PERO PUEDE QUE NO SEA EN EL MISMO MINUTO QUE EXPONES TU CONSULTA.TEN EN CUENTA QUE LOS ASESORES DE ESTE FORO REALIZAN SU LABOR VOLUNTARIA Y TAMBIEN TIENEN UNA VIDA,UNA FAMILIA Y PROBLEMAS PROPIOS,MUCHAS GRACIAS.

  4. #4
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    Hablamos de los ingresos económicos en 2018 para solicitar abogado de oficio y para el año 2019 que se exigen por la Ley de Justicia Gratuita.

    Los ingresos económicos en 2018 para solicitar abogado de oficio y para elaño 2019son idénticos y van a depender directamente de la cuantíadel IPREMqueno ha variado para estos años.
    Es decir, el indicadorquese toma en consideración para conceder la designaciónde un abogadode oficioylos demás derechos aparejados a la concesión de justicia gratuita es el IPREMindicador público de renta de efectos públicos«).
    IMPORTANTE:Los ingresos para el año 2019 son los mismos exigidos para 2018.






    Lo primero que debemos saber es que el IPREMsefija con la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
    El IPREM no ha variado en los años 2017, 2018 y 2019, por lo que los ingresos exigidos por la Ley son los mismos en estos últimos 3 años.
    Ensegundo lugar, también debemos conocer que los ingresos económicos en 2018 para solicitar abogado de oficio y también parael año 2019, vienen regulados en la Ley de Justicia Gratuita.
    En RESUMEN:

    Para conocer si una persona tiene derecho a que se le concedan los beneficios de justicia gratuita, entre los que se encuentran que sele nombre un abogado de oficio que la defienda, tenemos que acudir alos ingresos económicos previstos en la Ley de Justicia Gratuitaque nopueden superarseparaque se le conceden tales beneficios.

    Como hemos dicho ya, la LeydeJusticia Gratuitaatiendea un indicador denominado IPREM(indicador público de renta de efectos múltiples) que será el índice dereferencia que hay que tener en cuenta para conocer si los ingresosdel solicitante superan o no dichos importes.
    Última edición por MARIBELICA; 16/11/2019 a las 09:47
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  6. #5
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    RECORDARqueel salario mínimo interprofesional NOES el indicadorparasaber si una persona tiene derecho o no a un abogado de oficio, sino que esel IPREM.

    Ingresos económicos en 2018/2019 para solicitar abogado de oficio

    La ley de Justicia Gratuita en su artículo3.1establece que se reconocerá el derecho de asistencia jurídica a aquellas personas físicas que careciendo de patrimonio suficiente cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos,computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar,que nosuperen los siguientes umbrales:
    Estos ingresos son los mismos que se exigen para el año 2019

    a) Dosveces el IPREMvigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
    b)Dos veces y media el IPREMvigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.
    c)El tripledel IPREMcuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosade acuerdo con la normativa vigente.

    ¿Quecuantía del IPREM se ha fijado para 2018 y para 2019?

    Hasta tanto no se aprueben los Presupuestos Generales del estado para este año, las cuantías del IPREM serán:
    El IPREM diario será de 17,93 euros.
    ElIPREM mensualseráde 537,84euros.
    El IPREManual seráde 6.454,03euros.

    ¿Qué se considera ingresos por unidad familiar ?

    Para la determinación del concepto de unidad familiar en sus diversas modalidades se estará a lo establecido en la Ley del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas, equiparándose a los cónyuges noseparados legalmente las parejas de hecho constituidas de
    Última edición por MARIBELICA; 04/10/2019 a las 12:29
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  8. #6
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    [SIZE=5]conformidad con los requisitos que les fueran exigibles.
    Esdecir:
    La formada por los cónyuges o parejas de hecho constituidas legalmente,y en su caso, los hijos menores con los que convivan.
    La formada por el padre o la madre, y los hijos menores con los que convivan.
    Aunque la Ley no lo dispone expresamente, y así viene siendo entendido pora lgunos Colegios de Abogados, se viene interpretando que los hijos menores de 25 años que no tengan recursos económicos propios y que vivan en el domicilio familiar también forman parte de la unidad familiar.

    EJEMPLOSde ingresos económicos en 2018 para solicitar abogado de oficiosegún unidad familiar

    A)Persona que no está integrada en una unidad familiar(soltero,divorciado sin hijos, etc.)
    Los ingresos económicos BRUTOS del solicitante no pueden superar DOSVECES el IPREM de 2018o 2019.
    MENSUALMENTE:Como el IPREM para 2018y 2019está fijado por ahora en 537,84 euros mensuales NOPODRÁ SUPERAR el solicitante unos ingresos mensuales brutos de1.075,68 euros

    B)Persona integrada en una unidad familiar de TRES o menos miembros(matrimonio casado sin hijos, casados con un hijo, pareja de hecho con un hijo,divorciado con 2 hijos menores, etc.)
    Los ingresos económicos BRUTOS de todos los integrantes de la unidad familiar no pueden superar DOS VECES Y MEDIA el IPREM señalado para 2018y 2019.
    MENSUALMENTE:Comoel IPREM para 2018y 2019está fijado por ahora en 537,84 euros mensuales NO PODRÁ SUPERAR el solicitante sumados a los del resto de la unidad familiar, unos ingresos mensuales brutos de 1.344,60 euros.

    C)Persona integrada en una unidad familiar de CUATRO o más miembros(matrimonio con 2 hijos menores, pareja de hecho inscrita con 3 hijos, divorciado con 3 hijos menores, etc.)
    Los ingresos económicos BRUTOS de todos los integrantes de la unidad familiar no pueden superar TRES VECES el IPREM señalado para 2018y2019.
    MENSUALMENTE:Comoel IPREM para 2018y 2019está fijado por ahora en 537,84 euros mensuales NNO PODRÁ SUPERAR el solicitante sumados a los del resto de la unidad familiar,unos ingresos mensuales brutos de 1.613,52euros.

    IMPORTANTE:

    Si losingresos económicos en 2018 para solicitar abogado de oficio estuviesen muy cercanos a las cifras que hemos señalados como ejemplos, es conveniente que el propio Colegio de Abogados calcule silas cuantías percibidas dan derecho a la justicia gratuita.1

    Recordarque para el año 2019 es igual.
    De otro lado señalar también que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuitapuede valorar las circunstancias patrimoniales personales y la existenciade signos externos suntuarios que denoten capacidad económica suficiente del solicitante.
    [COLOR=#444444][FONT=Trebuchet MS]
    Última edición por MARIBELICA; 20/11/2019 a las 04:56
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  10. #7

  11. #8
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    DIFERENCIAS ENTRE JUSTICIA GRATUITA Y ABOGADO DE OFICIO

    Grande Maribelica!!!!

    Perfectamente explicado, hay mucha desinformación sobre este Tema.

    Ponganle un chinchetazo Grande!!!!!
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

  12. #9
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    Buen aporte maribelica, gracias

    Enviado desde mi X2_euro mediante Tapatalk
    caer esta permitido, levantarse es obligatorio

  13. #10
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    Gracias MARIABELICA, por el aporte, perder un ratito de tu tiempo y vida para este tema.

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