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Tema: ABANCA. COMUNICACIÓN MODIFICACIÓN CONTRACTUAL

  1. #1
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    ABANCA. COMUNICACIÓN MODIFICACIÓN CONTRACTUAL

    Muy buenas, asi reza en la comunicación que he recibido al correo de la banca electronica de ABANCA y en la que me informan que el próximo día 1 de diceimbre se modificará el importe de la comisión por RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS VENCIDAS de cuentas a la vista y que pasará a ser de......39,00€. Esta comisión solamente se generará si se produce un impago por parte del cliente.

    En caso de no aceptar esta modificación se podrá resolver el contrato antes de la fecha propuesta para inicio de la aplicación de la modificación, 1 de dicembre de 2019, sin coste adicional, y en caso de no hacerlo se considerará que se han aceptado las nuevas condiciónes.

    Tenemos una hipoteca, bueno dos, y el caso es que la mayoria de las veces no se paga completo al vencimiento, y digo yo
    1.- ¿me voy a tener que comer esta comisión todos los meses?,
    2.- No puedo resolver el contrato porque en total es un pastizal, ¿puedo oponerme sin que el resutado sea la resolución del contrato?

    A ver si me podeis iluminar un poco, porque me doleria mucho, sobre todo en el bolsillo, que aparte de los intereses de demora, y demas que se que firme, me robaran 36 € todos los meses por su cara bonita

  2. #2
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    Ahora te dirán los asesores pero pienso que esa comision es reclamable a posteriori.
    INFORMACION PARA SOCIOS

    SI DESEAS ASOCIARTE Y SOLICITAR ABOGADO
    www.asociacionacusa.org

    Si eres nuevo visita este enlace primero
    https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA

  3. #3
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    Gracias, espero.
    Lo que más me interesa es oponerme, pero seguir con lo contratado, al Cesar lo que es del Cesar y al banco lo pactado ante notario y aun así lo que han robado

  4. #4
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    Tal y como su propio nombre indica, se trata de una comisión por RECLAMACION DE POSICIONES DEUDORAS VENCIDAS y tal y como su propio nombre indica, se cobra cada vez que la entidad RECLAME una posición deudora y esto le suponga gastos que además te darán que justificar y para poder aplicar esa comisión, además de venir recogida comtractualemente, debe responder a gastos generados a la entidad como consecuencia de la reclamación que te hayan efectuado y no vale con una simple carta generada automáticamente.

    Esto es lo que dice el Banco de España respecto a estas comisiones. Si no lo hacen así, no la pueden cobrar.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

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