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Tema: Carta del juzgado

  1. #31
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    Osea q si voy ingresando poco a poco evitare lo otro? Yo quiero pagar pero todo de golpe aunque sea esa cantidad no puedo

    Gracias

  2. #32
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    Lo otro solo depende ellos. Pasados esos veinte días, si no has abonado el total, ellos PUEDEN pedir la demanda de ejecución de embargo. Que lo hagan o no, insisto, solo depende de ellos. Evidentemente, si ya has ido abonando en esa cuenta, eso se descontaría de lo que te embargarían. Pero no depende de ti, y no, no hay plazos ni cómodas cuotas en esto. Otro tema es que, viendo que vas aportando cantidades, decidan ahorrarse la demanda de ejecución. Pero, lo repito de nuevo, eso solo lo deciden ellos.

    De todos modos, no lo entiendo muy bien. ¿Por qué tienen tantísimo miedo a que te embarguen? Opera con una cuenta en la que figures de autorizado, o saca el dinero en cuanto te ingresen, y punto (no lo dejes en el banco). Y si cobras un salario sólo pueden embargarte un porcentaje (por ejemplo, si cobrases 1.500 euros, te embargarían 180 euros al mes).
    Última edición por efcarrasco; 03/01/2020 a las 08:43

  3. #33
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    No si no es miedo, es solo desconocimiento de como te embargan. Actualmente cobro por nomina solo 1090€ netos, en la cuenta no suele haber mucho dinero solo para la luz y el agua, bueno agradezco tu informacion, intentare abonar lo que pueda en estos 20 dias, y luego pues a ver q pasa.

    Gracias de verdad ayudais mucho a la gente

  4. #34
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    Si cobras 1090 euros solo te pueden embargar 57 euros al mes del salario. Eso si no tienes las pagas extras prorrateadas porque, en ese caso, solo te podrían embargar 12 euros al mes. Todo esto si el nuevo gobierno no sube antes el SMI (que lo hará). Por que entonces pagarías aún menos. Dime dónde vas a conseguir unos "plazos" tan cómodos como esos. El único inconveniente de que te embarguen es que las costas de esa ejecución tienes que pagarlas tú. Otro inconveniente es que no puedes dejar ni un euro en el banco porque harán barridos cada cierto tiempo y arramplan con todo. Piensa en operar con una cuenta que figures de autorizado y de titular alguien de tu confianza. O si no a Bancolchón en cuanto cobres la nómina.

  5. #35
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    Hola

    Hombre pues si son comodas cuotas... menos mal... lo que es fuerte es q esta gente me pedia 1300€ y se conformen ahora solo con 600€. Pero como ya dije eso es cierto que lo pedi y es justo devolverlo. Bueno ya os ire contando y una vez mas gracias x la info se queda uno mas tranquilo

  6. #36
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    Una duda... si cobro y me embargan, lo q sobre lo tngo q retirar de la cuenta o eso ya no lo pueden tocar?

    Gracias

  7. #37
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    Carta del juzgado

    Los?saldos de cuentas tambien son embargables.

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  8. #38
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    Carta del juzgado

    Cita Iniciado por Acemangin Ver mensaje
    Una duda... si cobro y me embargan, lo q sobre lo tngo q retirar de la cuenta o eso ya no lo pueden tocar?

    Gracias
    Como te dice la compañera Lasy, se vuelve embargable.. Si ello proviene del resto de la nómina embargada.. Podrías pedir su devolución en el Juzgado, pero ya te aviso que tardan meses en devolverlo. Un saludo

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