Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Web de wizink fuera de servicio

  1. #31
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    Esperemos que nos salga bien la cosa.
    Si sale sentencia favorable,y se anula el contrato,hay que pagar en 20 dias si no me equivoco ..todo lo que falta hasta pagar lo prestado
    Porque?

    Si se anula el contrato es evidente que no hay condiciones del préstamo, ni plazo de devolución.

    Eso en todo caso tendrá que decirlo expresamente la sentencia.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
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    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  2. #32
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    Porque?

    Si se anula el contrato es evidente que no hay condiciones del préstamo, ni plazo de devolución.

    Eso en todo caso tendrá que decirlo expresamente la sentencia.
    Mi abogado me dijo eso y me recomendo que pagara la cuota mas alta que pudiese para cuando llegue el momento ..no tener que pagar lo que queda de golpe.
    Ahora me dejas con la duda..
    Porque mi abogado ( lo contrate antes de conocero) el es bufete famoso naranjita.. Que gana segun los intereses pagados.
    A ver si me dijo eso.. Porque ellos ganan mas dinero..
    Aunque he leido muchas veces en los foros que si se gana la demanda... Hay que pagar lo que se gastó por lo menos.

  3. #33
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    Mi abogado me dijo eso y me recomendo que pagara la cuota mas alta que pudiese para cuando llegue el momento ..no tener que pagar lo que queda de golpe.
    Ahora me dejas con la duda..
    Porque mi abogado ( lo contrate antes de conocero) el es bufete famoso naranjita.. Que gana segun los intereses pagados.
    A ver si me dijo eso.. Porque ellos ganan mas dinero..
    Aunque he leido muchas veces en los foros que si se gana la demanda... Hay que pagar lo que se gastó por lo menos.
    O solo te refieres a los 20 dias que he dicho?

  4. #34
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    O solo te refieres a los 20 dias que he dicho?
    Claro que hay que pagar hasta la cantidad que te dejaron, pero en ningún sitio dice que en el plazo de 20 días, no es el plazo el que se demanda, sino la nulidad el contrato y su condiciones.
    Si ganas la demanda queda nulo el contrato y las condiciones, pero nadie dice el plazo que tienes para pagar el resto que te queda hasta completar la cantidad prestada. En condiciones normales en todo caso habría que pagar la cuota mensual habitual, pero todo el importe de la cuota se correspondería a amortización del capital, pero sin condiciones.

    En todo caso sería el juez el que determinara el plazo que tienes para devolver eso que resta hasta completar el capital prestado, pero eso no es normal ya que eso no se juzgaba. En todo caso serían ellos los que tendrían que volver a demandar exigiendo la devolución del capital prestado en un plazo determinado, si eso previamente no consta en la sentencia.

    De cualquier forma, si hay un plazo en sentencia determinado para devolver la totalidad pendiente del capital, y no se tiene posibilidad para ello, pues que hagan lo que quieran y ya se procederá a embargar para recuperar ese capital, pero eso no es automático, tendrán que presentar una demanda de ejecución de sentencia y ya veremos por dónde salen los tiros, pero de momento ya hay una sentencia a nuestro favor, irrevocable.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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  5. #35
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    Claro que hay que pagar hasta la cantidad que te dejaron, pero en ningún sitio dice que en el plazo de 20 días, no es el plazo el que se demanda, sino la nulidad el contrato y su condiciones.
    Si ganas la demanda queda nulo el contrato y las condiciones, pero nadie dice el plazo que tienes para pagar el resto que te queda hasta completar la cantidad prestada. En condiciones normales en todo caso habría que pagar la cuota mensual habitual, pero todo el importe de la cuota se correspondería a amortización del capital, pero sin condiciones.

    En todo caso sería el juez el que determinara el plazo que tienes para devolver eso que resta hasta completar el capital prestado, pero eso no es normal ya que eso no se juzgaba. En todo caso serían ellos los que tendrían que volver a demandar exigiendo la devolución del capital prestado en un plazo determinado, si eso previamente no consta en la sentencia.

    De cualquier forma, si hay un plazo en sentencia determinado para devolver la totalidad pendiente del capital, y no se tiene posibilidad para ello, pues que hagan lo que quieran y ya se procederá a embargar para recuperar ese capital, pero eso no es automático, tendrán que presentar una demanda de ejecución de sentencia y ya veremos por dónde salen los tiros, pero de momento ya hay una sentencia a nuestro favor, irrevocable.
    Muchas gracias.
    Pues voy a bajar un poco la cuota ya que con el erte voy ajustada..mi abogado me lo explico mal.. Me dijo incluso que si al ganar la demanda no tenia el resto a pagar, que sacara un prestamo con mi banco. Me asusto y me saco unas graficas con cuotas y fechas para que me subiera la cuota.
    El me dijo que pagara 245 y en junio ya estaria pagado. De momento pago 200.. Pero la bajare a 150euros.
    Total la vista previa seria hoy.. Y la han suspendido.. Dicen que a mediados de mayo tendremos nueva fecha

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