La situación inédita en la que la sociedad española se adentró desde la declaración del Estado de Alarma y el consiguiente confinamiento de la población ha paralizado toda actividad considerada no esencial. En el ámbito de la Justicia, el*Real Decreto 463/2020*ha congelado todos los órdenes jurisdiccionales excepto los juzgados de guardia,los procedimientos con personas detenidas, las órdenes de protección, las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria y cualquier medida cautelar sobre violencia sobre la mujer o menores.*Pero queda lejos aquel 14 de marzo, el Estado de Alarma se ha prorrogado ya dos veces, y el cierre de los juzgados acumula casi cuatro semanas más las que vendrán.

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