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Oposicion presentado por mi abogada, con mucha artilleria...Ahora toca esperar...
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Suerte !!!!
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Mucha suerte que la tendrás, saludos ¡¡¡
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BUenas tardes,
Actualizo: hace ya un año de la oposicion del monitorio. El juez dio archivado el monitorio y dio 30 dias a EOS para presentar demanda juicio ordinario. Los 30 dias se cumplieron el septiembre año pasaso. Desde entonces no hay noticias. Ni mi abogada ni mi procuradoar han recibido ningun tipo de notificacion . Hoy he estado en contacto con ellas y la procuradora ha prometido a consultar con el juzgado. Mi gran pregunta en general es: si la parte contraria no presenta la demanda juicio ordinario en los 30 dias, que ocurre?
Cual es el proximo paso? Fin del prodecimiento? Mientras estoy esperando la respuesta de la procuradora y abogada, agraderecia si los asesores me podrian orientar en este tema... Gracias
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STARDOG
BUenas tardes,
Actualizo: hace ya un año de la oposicion del monitorio. El juez dio archivado el monitorio y dio 30 dias a EOS para presentar demanda juicio ordinario. Los 30 dias se cumplieron el septiembre año pasaso. Desde entonces no hay noticias. Ni mi abogada ni mi procuradoar han recibido ningun tipo de notificacion . Hoy he estado en contacto con ellas y la procuradora ha prometido a consultar con el juzgado. Mi gran pregunta en general es: si la parte contraria no presenta la demanda juicio ordinario en los 30 dias, que ocurre?
Cual es el proximo paso? Fin del prodecimiento? Mientras estoy esperando la respuesta de la procuradora y abogada, agraderecia si los asesores me podrian orientar en este tema... Gracias
Si dejaron pasar 1 mes ( no es lo mismo que 30 días) para presentar la demanda de juicio ordinario, el Juzgado debe sobreseer ese monitorio y condenar en costas a la parte demandante.
Si el Juzgado no lo hace o hecho de oficio, tú Abogad@, debe presentar un escrito solicitando el sobreisimiento, y pidiendo que condenen en costas a la parte demandante en virtud al artículo 812.2 de la Ley de enjuiciamiento civil (Lec).
ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.
"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
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Gofi
Si dejaron pasar 1 mes ( no es lo mismo que 30 días) para presentar la demanda de juicio ordinario, el Juzgado debe sobreseer ese monitorio y condenar en costas a la parte demandante.
Si el Juzgado no lo hace o hecho de oficio, tú Abogad@, debe presentar un escrito solicitando el sobreisimiento, y pidiendo que condenen en costas a la parte demandante en virtud al artículo 812.2 de la Ley de enjuiciamiento civil (Lec).
Gracias GofI por esta informacion. He intentado obtener respuesta a esta simple pregunta de l@s profesionales encargad@s en este caso, pero sin exito hasta la fecha. Pero ustedes Ases@res nunca fallan!!! Es que me extraña mucho que desde el septiembre pasado no se sabe absolutamente nada..¿ Será que los juzgados realmente estan tan saturados. Y si realmente no han puesto la demanda juicio ordinario, por algo será???
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STARDOG
Gracias GofI por esta informacion. He intentado obtener respuesta a esta simple pregunta de l@s profesionales encargad@s en este caso, pero sin exito hasta la fecha. Pero ustedes Ases@res nunca fallan!!! Es que me extraña mucho que desde el septiembre pasado no se sabe absolutamente nada..¿ Será que los juzgados realmente estan tan saturados. Y si realmente no han puesto la demanda juicio ordinario, por algo será???
Quien mejor te puede decir es tu Abogado, el seguimiento del procedimiento es el con el procurador quien debe saberlo, preguntando e informándote, todo lo demás son suposiciones.
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