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Tema: Sobre abogados de oficio una sola pregunta

  1. #41
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    Sobre abogados de oficio una sola pregunta

    Yo ya no se que mas decirle. Le he enviado a mi hilo. A mi me funcionó en su momento pero claro... eso no garantiza nada. E iba completamente a ciegas pero solo eran 160 euros y me la soplaba perder y pagarlos.

    Es que NO SOMOS ABOGADOS. Deberías hablar con uno, ese es mi consejo.

  2. #42
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    Cita Iniciado por pablogm692 Ver mensaje
    pues por favor decirme en que lo estoy haciendo mal. Por otra parte ellos tambien tendrian q contratar a abogado y la intencion es quitarsela y si se puede por prescripcion de deuda mejor q mejor q es lo primero que pongo en las alegaciones. y querria saber tambien que es eso de que no se tiene a derecho cuando se fundamenta en los articulos correspondientes a lo q yo pueda entender q va a mi favor. Al menos,ya que creia que se hacian las oposiciones a los monitorios gratuitamente, me gustaria saber q sobra o q falta y las cuestiones relativas al porque. Si yo en el juicio niego ,como va a ser caso de q no tengan en cuenta la oposicion a monitorio, toda cuestion relativa al supuesto contrato seran ellos quien tengan q demostrarlo. y perdona que te diga maribelica, pero creo a mi entender q si se pueden hacer alegaciones, ya no preguntas ,en caso de juicio por parte del acusado. te pediria q respondieses a lo demas por favor pero tambien veo q aunq se ayuda, tambien se hace lo q da la gana. a gofi le he pedido ayuda porque tuvo unas alegaciones que hizo en otro hilo a favor,sigo esperando que me responda. y con todos los respetos, ya se que no sois abogados, pero eso a mi no me lo van a fomentar, como mucho prescribira la deuda por "vieja" ya q como he comentado solo me salen trabajos por mi condicion de DISCAPACITADO del SMI o poco mas y ahi quedaria, no es una cosa q me preocupe tanto despues de leer hilos, ahora no vengas tu ni nadie a quitarme las ganas de no pagar algo q no me corresponde, porque me parece q aqui la gente juzga a la primera sintener en cuenta nada. no voy a contratar abogado nada mas q el de oficio si me lo dan en justicia gratuita, por experiencias ajenas se q lo pagas dos veces si lo pides y si me tengo q defender en todo lo demas me reafirmo en lo dicho. ni siquiera me habeis preguntadopor el monitorio en si, claro, como no se trata de usura o es de una telefonica pues que le den. si no es por la ayuda de efcarrasco me muero del asco en este foro habiendo pagado un segundo año por adelantado, y sin ser esto demasiado si es q se ayuda realmente porque para todo lo demas me viene pareciendo q el puto google hace lo mismo. y perdon a quien se pueda molestar pero la gente tambien explota, sobre todo cuando llevas 10 horas diarias los ultimos 5 dias dedicadas a buscar en reglamentos codigos civiles etc y encima te dicen q no lo haces bien. primer articulo q pongo,ya lo he puesto pero la deuda de un recobrador prescribe al año y esto ya ha cumplido, 1968 del codigo civil, esta mal? q venga dios y lo vea, yo preocupado por el tema y aqui la gente en vez de ayudar poniendo pegas,te digo una cosa q me has dicho tu maribelica, si no tienes idea de cosa telefonica prefiero no comentes nada ,q de verdad quitas a la gente las ganas de resolver nada. a mi me pasa esto y si tengo q alegar alegare lo q seaporque alguna idea tengo de lo q ha podido suceder, un contrato telefonico del cual no tienen grabadamivoz ni es mi direccion ni nada de da de firmas o lo q sea. Seran ellos quien tengan que demostrarlo en todo caso, digo yo....
    Por la 0stia con sardinas, dejad algún espacio.
    Para solicitar abogado como socio pincha aquí:
    https://www.asociacionacusa.org

    ¿Recién llegado? Visita: https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA Muy importante.

  3. #43
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    algo si se sabe, por efcarrasco vi un monitorio de telefonicas y gofi ayudo a rematarlo. en mi caso igual es algo mas que rematarlo pero por lo menos ponerlo en presencia y forma. me puedo ahorrar decir articulos tal y tal y tal y decir solamente ley de mejora de consumo o lo q sea. A los asesores les pediremos muchos muchas cosas, y cada uno respondera si quiere, por supuesto, faltaria mas, pero con ganas si lo que se quiere es ayudar. Lo dicho, si no tratas estos asuntos de mejor no contestes a mis hilos cuando sean de telefonia, bastante tiene uno conlo que se le pueda avecinar,q yo no quiero escuchar si majo, tienes razon, sino esto esta bien esto esta mal esto es mejor ponerlo o no ponerlo, pero de alguien que tenga algo de idea. Conste le he pedido ayuda directamente a josetor que era el usuario demandado por instrum a consta de la telefonica pero si no se mete o no contesta nada puedo hacer mas que intentar resolver mi papeleta. si no se sabe hacer un escrito de oposicion, q ejemplos hay, podia alguien poner por lo menos el ejemplo de los fundamentos de derecho, q para el caso es lo que el juez va a tener en cuenta a la hora de estimarlo o no. un par de ejemplos vaya, no vendrian mal, igual es que no he leido suficiente pero como leer las leyes me absorbe todo el dia.....pues no se que mas puedo hacer
    Última edición por pablogm692; 23/06/2020 a las 23:07

  4. #44
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    quedaria mejor la oposicion asi?


    Que se me ha dado traslado de la Petición Inicial de Proceso Monitorio nº 0000277 /2020
    formulada contra mí por la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG, y mediante el
    presente escrito, dentro del plazo de veinte días que me ha sido concedido a tal fin, y de
    conformidad con los Arts. 815 y 818 de la LEC, vengo a formular OPOSICIÓN frente a la citada
    petición, con apoyo en los siguientes



    HECHOS


    PRIMERO.- Que no reconozco la deuda ni el importe ni ningún contrato reclamado en la citada reclamación ni haber firmado albaran ni factura ni contrato alguno, ademas de resultar contener datos correctos pero otros incorrectos como es la dirección de la factura emitida o el número de telefono y que si dicha deuda fuese cierta ya estaria preescrita.


    SEGUNDO.- Esta parte nunca tuvo contratado con la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT
    FINANCE, AG ningún tipo de producto ni servicio y, de hecho, hasta la recepción de la petición
    inicial de proceso monitorio ni siquiera sabía de su existencia.


    TERCERO.- Además de lo anteriormente relatado hay que hacer constar que ni por parte de la
    mercantil demandante, ni por parte de las sociedades anónimas unipersonales VODAFONE ESPAÑA S.A.U., VODAFONE SERVICIOS S.A.U. y VODAFONE ONO S.A.U. se notificó,
    en ningún momento, ni la existencia del contrato de la supuesta deuda, ni la venta de la misma por parte deninguna de las anteriores sociedades anónimas unipersonales mencionadas a la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG.


    CUARTO.- Esta parte impugna expresamente los documentos aportados por la parte contraria:

    a) Presenta como prueba de la relación contractual del demandado con las sociedades anónimas unipersonales VODAFONE ESPAÑA S.A.U., VODAFONE SERVICIOS S.A.U. o VODAFONE ONO S.A.U. una copia de factura con algunos de mis datos personales, presuntamente prestando el servicio al demandado, en el que no figura en ningún sitio la firma del mismo, aunque si varios de sus datos, siendo ademas alguno de ellos como la dirección o el numero incorrectos.
    Desconocemos qué se pretende con este documento ya que entendemos que no se pude
    considerar, en modo alguno, una prueba de ningún tipo de relación contractual con las sociedades anónimas unipersonales VODAFONE ESPAÑA S.A.U., VODAFONE SERVICIOS S.A.U. y VODAFONE ONO S.A.U., asi como de la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG.


    b) Presenta copia de una factura parcial emitida por la sociedad anónima unipersonal VODAFONE ESPAÑA S.A.U., VODAFONE SERVICIOS S.A.U. o VODAFONE ONO S.A.U. a nombre del demandado por un servicio supuestamente prestado y un certificado, expedido por el propio mercantil demandante INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG. , en el que se certifica la existencia de la deuda una vez consultados sus propios archivos. Desconocemos qué es lo que se pretende probar con esta documentación ya que no se presenta ni un solo documento relativo a la devolución de ningún recibo ni de la cuantía total solicitada ni mucho menos documentación relativa a la relación contractual del demandado con las sociedades anónimas unipersonales VODAFONE ESPAÑA S.A.U., VODAFONE SERVICIOS S.A.U. y VODAFONE ONO S.A.U. o con la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG. .


    c) No presenta una copia de carta alguna, presuntamente enviada al demandado, en donde se
    notifica la venta de la supuesta deuda por parte de la las sociedades anónimas unipersonales VODAFONE ESPAÑA S.A.U., VODAFONE SERVICIOS S.A.U. y VODAFONE ONO S.A.U.
    a la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG, expresando por el contrario que la cesón del Contrato de Compraventa y Cesión de Cartera de Créditos fue comunicada a todos los deudores cosa tampoco aportada ni cierta. Desconocemos también qué se pretende
    mostrar con este documento ya que no se aporta, en ningún momento, el acuse de recibo por
    parte del demandado debido a que dicho escrito en ningún momento llegó a su poder.


    A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes:

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    I. Se acepta el correlativode la peticion inicial del proceso monitorioen cuanto a la competencia del órganoal que nos dirigimos.


    II. Conforme con el correlativo en cuanto al procedimiento a seguir, que será el previsto en el Art. 812 y s.s de la LEC para el Proceso Monitorio.


    III . Los citados por el demandante, Artículo 1967 del Código Civil , Artículo 1968 del Código civil en cuanto en cuanto al primer hecho y a la prescripción de la deuda.

    En cuanto al tercer y cuarto hechos Artículos 347, 1198 y 1527 del Código de Comercio, Ley LOPD tras no recibir notificación alguna ni de carta ni de albarán ni ni de factura o de aviso alguno,


    IV. En cuanto a la condena en costas, éstas deben en todo caso ser impuestas a la actora, de conformidad con el Art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.


    Por lo expuesto,

    SUPLICO AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo y tenga por acuerde tener por presentada, en tiempo y forma, OPOSICIÓN A LA PETICIÓN INICIAL DE PROCESO MONITORIO formulada contra mí por la mercantil INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, AG, y en su virtud, acuerde dar al procedimiento la tramitación legal oportuna, proceda a señalar día y hora para la celebración de la vista de Juicio Verbal y, celebrada sea ésta, dicte en su día sentencia por la que se absuelva a esta parte de las peticiones formuladas de contrario, imponiendo las costas del presente procedimiento al demandante por su temeridad y mala fe en cuanto a la iniciación de este procedimiento.


    OTROSSI DIGO: Al amparo de lo previsto en el artículo 231 de la LEC esta representación manifiesta su voluntad de cumplir todos los requisitos exigidos por la ley. En caso de que el tribunal apreciara que se ha incurrido en algún defecto solicitamos se conceda a esta parte un plazo para subsanarlo.


    SUPLICO AL JUZGADO: que teniendo por recibido el presente escrito, lo admita y tenga por hecha tal comunicación a los efectos procedentes.

    En _____, a 25 de junio de 2020


    Fdo.: _____________________


    AClaro que el articulo 347, 1198, 1527 son los esgrimidos por ellos para decirme que me han mandado avisos
    Última edición por pablogm692; 24/06/2020 a las 12:53

  5. #45
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    otra pregunta, la oposicion tiene que ir acompañada de los primeros folios donde me hacen el requerimiento?

  6. #46
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    No. Solo tu escrito de oposición, y las pruebas que aportes (si aportas alguna), nada más.

  7. #47
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    gracias efcarrasco, creo que lo tengo todo al menos para oponerme. luego ya lo q pase...algo tendran q demostrar si se presentan a juicio

  8. #48
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    Ya te adelanto yo que, al 99%, no van a ir. Aunque eso nunca puede asegurarse, claro. Igual aparecen, a saber.

  9. #49
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    bueno lo q tenga q pasar pasara. gracias por los animos

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