Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Deuda que no puedo asumir

  1. #61
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    Yo entiendo que, si no estás demandado, no hay alzamiento de bienes. Es que por esa regla de tres, en el momento en el que firmas un crédito, ya no podrías desprenderte de ningún bien porque hay un acreedor al que le debes pasta. Para que haya alzamiento de bienes tiene que haber una deuda y un acreedor. Y eso, hasta que el juez diga que la hay, no existe jurídicamente hablando. Que alguien me corrija si estoy muy equivocado (porque no soy abogado).

  2. #62
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    Yo creo que es así, por eso hice separación de bienes de mi mujer y el coche que va a tener que comprar (lo necesita para el trabajo si o si) sólo va a estar a su nombre, yo estoy procurando no tener nada valioso a mi nombre por si acaso me llegara en un futuro cercano algún embargo.

  3. #63
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    No existe alzamiento de bienes, mientras no haya una sentencia que obligue a responder con tus bienes presentes y futuros.

    Si enajenas esos bienes con ánimo de ocultamiento, se produce un alzamiento de bienes, que solo sería juzgable si el acreedor se entera y presentara una demanda de alzamiento, mientras tanto, de oficio no existe.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  4. #64
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    Vale, entendido … El coche lo tengo con Cetelem. Entonces yo espero demanda de ING y bastante mas adelante Cetelem.

    Mi intención es vender el coche, me compro uno mas antiguo y con el resto pago deuda a mi pareja, y a algún acreedor que llevo al corriente de pago. Pero seguiría debiendo a Cetelem, el cual, cuando me demande se va a tener que poner en la cola porque todavía queda tiempo para eso y hay otro acreedor con 8-9 recibos pendientes ya.

    Como he vendido el vehículo (el cual esta financiado con Cetelem) temía que pudiera ser alzamiento de bienes cuando Cetelem reclame la deuda o solicite la devolución de dicho bien.

    Pues entiendo que incluso si me demandan puedo venderlo, hasta que no haya sentencia no hay alzamiento de bienes... así que voy a ver sí consigo venderlo.

    Me gustaría comprar un coche baratito para trabajar y poco mas... entiendo que sería recomendable ponerlo a nombre de un familiar o pareja, no?

  5. #65
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    Vale, entendido … El coche lo tengo con Cetelem. Entonces yo espero demanda de ING y bastante mas adelante Cetelem.

    Mi intención es vender el coche, me compro uno mas antiguo y con el resto pago deuda a mi pareja, y a algún acreedor que llevo al corriente de pago. Pero seguiría debiendo a Cetelem, el cual, cuando me demande se va a tener que poner en la cola porque todavía queda tiempo para eso y hay otro acreedor con 8-9 recibos pendientes ya.

    Como he vendido el vehículo (el cual esta financiado con Cetelem) temía que pudiera ser alzamiento de bienes cuando Cetelem reclame la deuda o solicite la devolución de dicho bien.

    Pues entiendo que incluso si me demandan puedo venderlo, hasta que no haya sentencia no hay alzamiento de bienes... así que voy a ver sí consigo venderlo.

    Me gustaría comprar un coche baratito para trabajar y poco mas... entiendo que sería recomendable ponerlo a nombre de un familiar o pareja, no?
    Cetelem no te va a demandar, nunca lo hacen, prefieren vender la deuda a un tercero.

    No es necesario que pongas el vehículo a nombre de otro, nadie quiere un vehículo viejo y con años.
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  6. #66
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    Cetelem no te va a demandar, nunca lo hacen, prefieren vender la deuda a un tercero.

    No es necesario que pongas el vehículo a nombre de otro, nadie quiere un vehículo viejo y con años.
    Bueno, supongo que ese tercero me acabará demandando ??

    Si , mi intención es pillar un Mercedes de 2005 (que ya tuve y me fue muy bien) pero que vale aprox 3500€ de segunda mano , así que si eso no lo quieren lo pondré a mi nombre.

    Muchas gracias !!

  7. #67
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    Pues ya está aquí ING... me han llamado del juzgado de mi población para que vaya a recoger la notificación de una deuda que me reclama ING... aun no la he recogido porque me pilla fuera de mi domicilio y tendría que ir otro día. Supongo que demandará los 30.500€ aprox que me advirtió hace unos meses... ¿que recomendais ustedes?

    ¿ Cuales suelen ser los plazos para que se dicte la sentencia si no me opongo ? Si me opongo entiendo que meses incluso años.

    Tengo la duda de que hacer porque este préstamo es de los menos usureros que tenía y en la deuda solo han incluido la demora... nada de comisión por impagados..

    ¿Por cuanto suele salir las costas del proceso con e abogado y procurador?

  8. #68
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    Pues ya está aquí ING... me han llamado del juzgado de mi población para que vaya a recoger la notificación de una deuda que me reclama ING... aun no la he recogido porque me pilla fuera de mi domicilio y tendría que ir otro día. Supongo que demandará los 30.500€ aprox que me advirtió hace unos meses... ¿que recomendais ustedes?

    ¿ Cuales suelen ser los plazos para que se dicte la sentencia si no me opongo ? Si me opongo entiendo que meses incluso años. SI NO TE OPONES, NO HAY SENTENCIA, HAY YA ENTREGA DE TITULOS JUDICIALES AL DEMANDANTE, ESA ES LA SENTENCIA.

    Tengo la duda de que hacer porque este préstamo es de los menos usureros que tenía y en la deuda solo han incluido la demora... nada de comisión por impagados..

    ¿Por cuanto suele salir las costas del proceso con e abogado y procurador?

    LAS COSTAS SERÁN APROXIMADAMENTE UN 30% DE LA TOTALIDAD DE LA DEMANDA DE EJECUCIÓN.
    ................................
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  9. #69
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    ................................
    Me acabo de quedar a cuadros... pensaba que el acreedor te reclamaba la deuda .... lo de las costas no lo sabía...(yo me refería a las tarifas de abogado y procurador).

    Entonces si lo entiendo bien, si me reclaman el 30% de la demanda en ejecución, pues me reclaman 30% de 30.500, se me pone la deuda en 40000€...


    Ahora mismo tengo dos posibilidades:

    - Si no me opongo, y no hay juicio ¿ aquí no podrían reclamarme dichas costas, no? entiendo que les doy titulo para que procedan con el embargo... Aquí supongo que un juez me me embargará la cantidad máxima establecida por ley. ¿Para ello tendrá que pedirme nóminas etc ? o los embargos se hacen automáticos ? digo por si un mes cobro 1500 y otro 3000... Pienso que en esta parte no se celebra juicio, puede que este equivocado... estoy buscando información a ver si consigo comprenderlo mejor.


    - Si me opongo, además de esas costas, tendría que pagar las tarifas de abogado y procurador... eso es lo que yo preguntaba, que precio podrían tener al final del proceso? Ademas, para presentar oposicion necesitan estar firmadas por abogado y procurador. En el foro vi que a los socios, les ayudaban a escribir la oposición... pero supongo que será para importes menores que no necesiten abogado y procurador ¿Es así?


    Aun no he visto la carta del juzgado... gracias por la respuesta y perdonad la ignorancia...
    Última edición por colmenero; 08/06/2021 a las 01:08

  10. #70
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    Estoy leyendo lo de oponerse al juicio monitorio y hay que exponer razones fundadas de porque te opones a dicha deuda... en mi caso los pagos que he realizado están correctamente aplicados, al igual que los intereses... Tenía pagadas 10-12 cuotas y está todo bien aplicado (realizando los cálculos), un interés de 7% aprox... El hecho de que no pueda pagarlo es que fui un ludópata y pedí mas de lo que podía pagar...

    Cuando llegue aquí estaba en un agujero del que parece que había salido... pero es que ahora me ha llegado la carta y me hunde mas... Porqué si me incrementan la deuda al final esas costas, supone 2 años mas (solo esta deuda) … a este ritmo no voy a salir del pozo hasta dentro de 15 años...

    No se que me recomendáis si hubiera otra posibilidad... si que vi lo de la segunda oportunidad pero según estuve leyendo por aquí era un saca cuartos...¿ alguna otra opción? o que creeríais que sería lo mejor en este caso...

    Me ha dado el bajón … a ver si mañana me levanto con mas ánimo

    Gracias por la ayuda

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