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Tema: DEMANDA AL BBVA y SENTENCIA BBVA

  1. #1
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    DEMANDA AL BBVA y SENTENCIA BBVA

    Buenos días a todos,
    Hace mucho tiempo que no participo porque esto es muy largo, llevo desde el 2106 con una ejecución hipotecaria a las espaldas, antes de la cual ya había solicitado asistencia judicial gratuita para demandar las cláusulas abusivas , pues bien, se puso la demanda, en el año 2017 y salió admitida, tuvimos la audiencia previa en noviembre del 2019, y el BBVA fue condenado parcialmente a devolverme la parte correspondiente por los gastos hipotecarios, y como no la devolución de lo cobrado por la cláusula suelo, pues bien no tenemos noticias, y hablo con mi abogado para reclamarlo y el banco en marzo contesta que ese importe ha sido devuelto a la cuenta que tengo asociado con ellos, vamos la cuenta que tiene un certificado de cierre por ejecución hipotecaria, y es una cuenta con saldo acreedor, ahora estamos a la espera que se pronuncia el juzgado, a mí en ningún momento se me ha dicho cuánto dinero , donde y como lo devolvería el BBVA, directamente han hecho como siempre lo que les ha dado la gana, pues bien le he pasado a mi abogado el certificado de las dos cuentas que tengo con el BBVA, que están a cero, no ha habido ningún ingreso que yo tenga controlado por movimiento, y de la cuenta asociada al préstamo de la ejecución hipotecaria (donde deciden que lo han devuelto, no puedo acceder a esa cuenta porque ya no la visualizo en el panel de la banca internet, ya supone que esa cuenta estaba asociada a una sucursal que cerró, y por cuenta propia el BBVA me abrió otra cuenta en otra sucursal, este tema también es un poco raro); solo pude sacar un certificado que es de esa cuenta con saldo acreedor, y tiene saldo cero, y de la cuenta que puedo visualizar tampoco hay movimientos de ingreso por parte del banco. Pues bien, mi duda es la siguiente. ¿Puede un banco decidir donde ingresarme ese dinero? cuando es un dinero que es mío personal pagado de más en su día ?, ¿se puede ingresar en una cuenta con saldo acreedor ?, no tendrían que haber contactado conmigo y haber pedido un número de cuenta, para devolverme un dinero que es mío personal particular que yo puedo hacer con ese dinero lo que quiera, no que deciden de meterlo en una cuenta asociado a una deuda. Que posibilidades tengo de que el juez es diga que eso no es legal, y les condene a que me lo devuelvan en una cuentra personal mía, que no tenga nada que ver con el BBVA ?, ¿por cierto, de las cuentas que tienen que presentarme de la devolución del suelo, ni sabemos nada claro, se supone que tienen que presentarme las cuentas claras y ver de dónde sacan esas cantidades y yo si estoy de acuerdo pues adelante, pero y sino coincide con las cuentas que tengo yo? No sé si alguien puede resolverme alguna de las dudas, me es muy lioso y explicarlo bien, porque son tantas cosas las que me unen a este queridísimo banco que no quiero enrollarme mucho e ir al grano. gracias por lo menos por leerme, un saludo.

  2. #2
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    DEMANDA AL BBVA y SENTENCIA BBVA

    Cita Iniciado por fcabani Ver mensaje
    Buenos días a todos,
    Hace mucho tiempo que no participo porque esto es muy largo, llevo desde el 2106 con una ejecución hipotecaria a las espaldas, antes de la cual ya había solicitado asistencia judicial gratuita para demandar las cláusulas abusivas , pues bien, se puso la demanda, en el año 2017 y salió admitida, tuvimos la audiencia previa en noviembre del 2019, y el BBVA fue condenado parcialmente a devolverme la parte correspondiente por los gastos hipotecarios, y como no la devolución de lo cobrado por la cláusula suelo, pues bien no tenemos noticias, y hablo con mi abogado para reclamarlo y el banco en marzo contesta que ese importe ha sido devuelto a la cuenta que tengo asociado con ellos, vamos la cuenta que tiene un certificado de cierre por ejecución hipotecaria, y es una cuenta con saldo acreedor, ahora estamos a la espera que se pronuncia el juzgado, a mí en ningún momento se me ha dicho cuánto dinero , donde y como lo devolvería el BBVA, directamente han hecho como siempre lo que les ha dado la gana, pues bien le he pasado a mi abogado el certificado de las dos cuentas que tengo con el BBVA, que están a cero, no ha habido ningún ingreso que yo tenga controlado por movimiento, y de la cuenta asociada al préstamo de la ejecución hipotecaria (donde deciden que lo han devuelto, no puedo acceder a esa cuenta porque ya no la visualizo en el panel de la banca internet, ya supone que esa cuenta estaba asociada a una sucursal que cerró, y por cuenta propia el BBVA me abrió otra cuenta en otra sucursal, este tema también es un poco raro); solo pude sacar un certificado que es de esa cuenta con saldo acreedor, y tiene saldo cero, y de la cuenta que puedo visualizar tampoco hay movimientos de ingreso por parte del banco. Pues bien, mi duda es la siguiente. ¿Puede un banco decidir donde ingresarme ese dinero? cuando es un dinero que es mío personal pagado de más en su día ?, ¿se puede ingresar en una cuenta con saldo acreedor ?, no tendrían que haber contactado conmigo y haber pedido un número de cuenta, para devolverme un dinero que es mío personal particular que yo puedo hacer con ese dinero lo que quiera, no que deciden de meterlo en una cuenta asociado a una deuda. Que posibilidades tengo de que el juez es diga que eso no es legal, y les condene a que me lo devuelvan en una cuentra personal mía, que no tenga nada que ver con el BBVA ?, ¿por cierto, de las cuentas que tienen que presentarme de la devolución del suelo, ni sabemos nada claro, se supone que tienen que presentarme las cuentas claras y ver de dónde sacan esas cantidades y yo si estoy de acuerdo pues adelante, pero y sino coincide con las cuentas que tengo yo? No sé si alguien puede resolverme alguna de las dudas, me es muy lioso y explicarlo bien, porque son tantas cosas las que me unen a este queridísimo banco que no quiero enrollarme mucho e ir al grano. gracias por lo menos por leerme, un saludo.
    Lo pueden ingresar tanto en la cuenta de consignacion del juzgado como en una cuenta a tu nombre..
    Lo que han hecho es aprovecharse e ingresarlo en la cuenta que tienes con ellos y como tienes deuda de la hipoteca, se la han cobrado...

    En el juzgado tienen que tener la informacion del pago de esa sentencia.... Así sabras si han pagado o no la deuda y en que cuenta..... Si no tienen registrado el pago de la sentencia, a demandarles ejecucion de sentencia toca.

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  3. #3
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    Es muy lógico que hayan ingresado ese dinero en la cuenta vinculada a la hipoteca, es decir, en lugar de abonar ese dinero, lo han aplicado a la deuda, cosa lógica por otra parte.

    Puedes pedir un histórico de movimientos de esa cuenta o directamente pedirlo al juzgado.
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  4. #4
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    Gracias ¡¡¡, el ingreso a esa cuenta es lógico, pero es legal hacerlo ?, (pueden llevar ese dinero a una cuenta o deuda cuyo certificado de deuda está cerrado desde el año 2016 ?, yo tengo entendido que no es legal hacerlo, se supone que ese dinero es tuyo personal pagado de más.
    De ser así, yo puedo no estar de acuerdo y volver a solicitar (primero esas cuentas de la suelo que ellos pueden decir una cantidad y ser otra porque a mi no me salen las cuetnas, si puedo probarlo) que ese dinero lo ingresen donde yo lo comunique ?. Gracias, estoy intentando buscar algún escrito o ley, donde pueda quedarme claro, estoy segura que debe de haber algo, porque se lo oí a un compañero de afectados por las hipotecas, pero hace ya unos años. y no doy con él. De nuevo mil gracias ¡¡ ya os iré contanto. Por cierto, he pedido abogaado para poder ver si pueden devolverme las comisiones indebidamente cobradas, no se si alguno aqui en el grupo ha tendio experieencia con este tema y si ha conseguido algo, porque yo llevo desde el 2016 también intentandolo y me devolvieron algo pero dejaron de hacerlo porque decián que como estaba afectada por una Ejecucion Hipoteacria y habian pasado 6 años, que no era viable; pero bueno en fin, también os comentaré como y que ocurre con ésto.

  5. #5
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    Gracias ¡¡¡, el ingreso a esa cuenta es lógico, pero es legal hacerlo ?, (pueden llevar ese dinero a una cuenta o deuda cuyo certificado de deuda está cerrado desde el año 2016 ?, yo tengo entendido que no es legal hacerlo, se supone que ese dinero es tuyo personal pagado de más.
    De ser así, yo puedo no estar de acuerdo y volver a solicitar (primero esas cuentas de la suelo que ellos pueden decir una cantidad y ser otra porque a mi no me salen las cuetnas, si puedo probarlo) que ese dinero lo ingresen donde yo lo comunique ?. Gracias, estoy intentando buscar algún escrito o ley, donde pueda quedarme claro, estoy segura que debe de haber algo, porque se lo oí a un compañero de afectados por las hipotecas, pero hace ya unos años. y no doy con él. De nuevo mil gracias ¡¡ ya os iré contanto. Por cierto, he pedido abogaado para poder ver si pueden devolverme las comisiones indebidamente cobradas, no se si alguno aqui en el grupo ha tendio experieencia con este tema y si ha conseguido algo, porque yo llevo desde el 2016 también intentandolo y me devolvieron algo pero dejaron de hacerlo porque decián que como estaba afectada por una Ejecucion Hipoteacria y habian pasado 6 años, que no era viable; pero bueno en fin, también os comentaré como y que ocurre con ésto.
    Las cuentas son todas propiedad del mismo banco...
    Cuando se contrata una cuenta bancaria, es como si alquilas una vivienda... Tu la usas pero no es tuya.... Es del banco

    Si en una de las cuentas tienes deuda y en otras tienes dinero, compensan y se cobran...

    Esa deuda está en mora desde los 90 dias posteriores al impago de la deuda..... ¿Que pasa con esta situacion?...... Pues que al tener deuda, el dinero que han compensado, no es que sea tuyo.... Han compensado un dinero que se le debe... Es suyo, no tuyo.... Y es legal que lo hagan, sea la fecha de la deuda la que sea.

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  6. #6
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    DEMANDA AL BBVA y SENTENCIA BBVA

    ESTO ES LO QUE DICE EL BANCO DE ESPAÑA.

    Cláusula de compensación

    Es una cláusula por la cual, siempre que esté en el contrato, el banco puede usar el saldo de la cuenta, para compensar el descubierto u otras deudas exigibles que tengamos con el mismo banco.

    Para que el banco pueda aplicar la compensación, es decir, pueda*compensar unos saldos con otros:

    La cláusula debe estar recogida en*el contrato de la cuenta cuyo saldo se utiliza

    Debe*informar desde un primer mo*mento a sus titulares, con redacción transparente, clara, concreta y sencilla, de que la compensa*ción se podría aplicar con su saldo.

    Debe informar y advertir, de forma clara y transparente de la*posibilidad, si existe, de*que va*rios cotitulares de una cuenta asuman la posibilidad de que la entidad pueda compensar con su saldo las deudas *que sean atribuibles solo a alguno de ellos.

    *



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    Última edición por MARIBELICA; 01/08/2020 a las 21:39
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