Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Embargo de cuentas

  1. #1
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    Avatar de LINA M
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    Embargo de cuentas

    Hola a todos.

    No se si esto va aquí, si no, mil disculpas.
    Mi marido ha recibido una carta de apremio por el IBI de la ciudad donde vivía ya que allí tiene un piso con hipoteca.

    El IBI suma una totalidad de algo más de 400€.

    No se puede pagar así que embargaran en algún momento. Pero tengo preguntas.

    Estos embargos son barridos o son embargos fijos hasta conseguir el dinero?
    En el embargo te retienen todo el saldo disponible o solo el importe a embargar. O sea si mi marido tuviera 800€ en cuenta y el embargo es de 400€ te retienen los 800, o de esos 800 retienen 400?

    Ya se que el foro es de usura pero lo que está haciendo los ayuntamientos es brutal, en el plazo de un mes me han llegado dos multas en apremio (ya pagadas) y que eran a las puertas del estado de alarma, yo no tengo carnet de conducir así que identifiquen el conductor que es mi marido y online como se ha echo toda la vida pues ahora Barcelona se ha inventado que también se ha de enviar por correo postal. En el caso hubiera sido así de antes ¿como lo hacemos en pleno estado de alarma?

    Vuelvo a repetir se que es de usura pero lo de los ayuntamientos me parece brutal. Se están aprovechando de la situación para recuperar el dinero perdido.

    Gracias y perdón por la chapa

  2. #2
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    Avatar de lasy
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    Embargo de cuentas

    Una cosa es el barrido de cuentas y otra el embargo.
    El barrido se hace por el importe de la deuda, si no hay saldo suficiente , por el importe que haya en ese momento.
    El embargo es un porcentaje a partir del salario minimo, o sea , los primeros 950 euros son inembargables.

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  3. #3
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    Avatar de Gofi
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    Embargo de cuentas

    Los organismos oficiales pueden embargar directamente.

    Retienen el saldo de la cantidad a embargar, es decir si tienes 800 y la deuda es 400, pues retornen esos 400€, si la cuenta es de 2 titulares , pues retendrían 200€, es decir la mitad, porque el saldo que hay en la cuenta es de 2 titulares...

    El Banco retiene la cantidad a embargar durante 20 días, y el día 21 el Banco le ingresa el dinero al organismo....
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

  4. #4
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    Avatar de LINA M
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    Cita Iniciado por lasy Ver mensaje
    Una cosa es el barrido de cuentas y otra el embargo.
    El barrido se hace por el importe de la deuda, si no hay saldo suficiente , por el importe que haya en ese momento.
    El embargo es un porcentaje a partir del salario minimo, o sea , los primeros 950 euros son inembargables.

    Enviado desde mi LM-X525 mediante Tapatalk
    Entonces en las cuentas solo se hacen barridos?

  5. #5
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    Avatar de LINA M
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    Cita Iniciado por Gofi Ver mensaje
    Los organismos oficiales pueden embargar directamente.

    Retienen el saldo de la cantidad a embargar, es decir si tienes 800 y la deuda es 400, pues retornen esos 400€, si la cuenta es de 2 titulares , pues retendrían 200€, es decir la mitad, porque el saldo que hay en la cuenta es de 2 titulares...

    El Banco retiene la cantidad a embargar durante 20 días, y el día 21 el Banco le ingresa el dinero al organismo....
    Entiendo entonces que el resto del dinero se podría utilizar por qué no estaría embargado correcto?

  6. #6
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    Avatar de Gofi
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    Embargo de cuentas

    Cita Iniciado por LINA M Ver mensaje
    Entiendo entonces que el resto del dinero se podría utilizar por qué no estaría embargado correcto?
    Si , estaría disponible.....

    Ahora , si la deuda suponiendo son 400 y tienes 300 en la cuenta, olvídate de ellos, a no ser como explique antes si hay 2 titulares, serían 150€ lo que retendrían....
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  7. #7
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    No se yo que decirte , y si me equivoco que me corrijan

    Si el IBI son 400€ pues imagino que sí hay ochocientos euros se soplen los 400€ y intereses de demora??

    Ya digo que es lo que yo pienso ... Puedo equivocarme

    En cuanto a los embargos creo que Hacienda y la seguridad social no necesitan ir a juicios para embargar, simplemente se lo cobran.

  8. #8
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    Embargo de cuentas

    Cita Iniciado por xiana Ver mensaje
    No se yo que decirte , y si me equivoco que me corrijan

    Si el IBI son 400€ pues imagino que sí hay ochocientos euros se soplen los 400€ y intereses de demora??

    Ya digo que es lo que yo pienso ... Puedo equivocarme

    En cuanto a los embargos creo que Hacienda y la seguridad social no necesitan ir a juicios para embargar, simplemente se lo cobran.
    Por supuesto, se embarga el principal del recibo más un 20% de recargo y los interés de demora.

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    Si quieres saber más sobre el foro, visita nuestra sección de Preguntas Frecuentes.

  9. #9
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    Gracias por todas las respuestas.
    El tiene hasta el día 20 para pagar, que no se podrá pagar. Eso significa que el día 30 ya se puede encontrar embargada la cuenta o eso tarda algo más de 10 días?

    Imagino que primero igual prueban por las nóminas.

    A ver el tiene algunos impuestos más impagados de otros años y tiene un embargo preventivo del piso pero nunca ha sido en cuenta, es possible lo sumen al preventivo?

    Algún embargo que le ha llegado en cuenta a sido en las que tienen oficina física pero online que tiene de estas que no hay oficina, nunca ha llegado nada.

    Gracias

  10. #10
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    Embargo de cuentas

    Si tiene hasta el día 20 para pagar, este mes se librará, el próximo casi seguro que le entra el embargó

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    caer esta permitido, levantarse es obligatorio

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