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Tema: Cerca del embargo de nómina

  1. #41
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    Eso lo tienes que solicitar al Letrado de la Administración del juzgado que lleva el tema. Otra cosa es que te autorice bajar el importe del embargo en ese porcentaje. De todos modos, para un sueldo de 1.400 euros, el embargo que te aplican para un sueldo de 1.400 euros es de 135 euros/mes. Eso si no tienes las pagas prorrateadas (que no lo sé), porque entonces serían 105 euros/mes. No sé si te aplicarían ese porcentaje. Personalmente lo dudo mucho.

  2. #42
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    Eso lo tienes que solicitar al Letrado de la Administración del juzgado que lleva el tema. Otra cosa es que te autorice bajar el importe del embargo en ese porcentaje. De todos modos, para un sueldo de 1.400 euros, el embargo que te aplican para un sueldo de 1.400 euros es de 135 euros/mes. Eso si no tienes las pagas prorrateadas (que no lo sé), porque entonces serían 105 euros/mes. No sé si te aplicarían ese porcentaje. Personalmente lo dudo mucho.
    Gracias Efcarrasco! No las tengo prorrateadas. Lo intentaré... todo lo que pueda quedarse en casa bueno es...
    Como te he dicho mi nómina varía según horas y otros conceptos...

  3. #43
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    Buenos días.... una última pregunta. Los barridos suelen ser en una fecha concreta o es indiferente el día del mes?
    Gracias

  4. #44
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    Cerca del embargo de nómina

    Se produce el barrido cada vez que lo solicite el demandante, y eso solo depende de ellos (además, les cuesta pasta cada vez).

  5. #45
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    Se produce el barrido cada vez que lo solicite el demandante, y eso solo depende de ellos (además, les cuesta pasta cada vez).
    Gracias! Pues ya os contaré!

  6. #46
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    Eso lo tienes que solicitar al Letrado de la Administración del juzgado que lleva el tema. Otra cosa es que te autorice bajar el importe del embargo en ese porcentaje. De todos modos, para un sueldo de 1.400 euros, el embargo que te aplican para un sueldo de 1.400 euros es de 135 euros/mes. Eso si no tienes las pagas prorrateadas (que no lo sé), porque entonces serían 105 euros/mes. No sé si te aplicarían ese porcentaje. Personalmente lo dudo mucho.
    Ah! Eso no lo sabía yo, si tienes pagas prorrateadas la cuota mensual es menor de lo que sería si tuvieras las pagas normales?
    ESTE FORO ME CAMBIÓ LA VIDA Y TAMBIÉN ME HIZO MIRAR HACIA ADELANTE SIN MIEDO

    PARA HACERSE SOCIO DE A.C.U.S.A: www.asociacionacusa.org

  7. #47
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    Si claro. Un embargo se calcula en función del valor actual del SMI. Y si las pagas extras están prorrateadas el SMI ya no es de 950 euros al mes, si no de 1108,33 al mes. Realmente es un valor anual (13.300 euros) que lo distribuyes o bien en 12 pagas o en 14. Y a partir de ahí se calcula. Otra cosa es que la empresa, que es quien tiene que aplicarlo a instancias del juzgado, lo calcule bien o no. Porque hay de todo como en la viña del señor.

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  9. #48
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    Ah! Decir que son una ejecución de títulos no judiciales y que esta empresa no había echo nada hasta ahora... y han pasado 2 años!!!
    Una pregunta respecto a esto, ya que estoy en una situación similar, tardan tanto siempre en hacer esto? Llevo un año desde que no me opuse a un monitorio y no he recibido más noticias de ello, ni sentencia, ni demanda de ejecución ni nada. Imagino que antes o después lo harán pero...

  10. #49
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    Cerca del embargo de nómina

    Cita Iniciado por Zenox90 Ver mensaje
    Una pregunta respecto a esto, ya que estoy en una situación similar, tardan tanto siempre en hacer esto? Llevo un año desde que no me opuse a un monitorio y no he recibido más noticias de ello, ni sentencia, ni demanda de ejecución ni nada. Imagino que antes o después lo harán pero...
    Cada Juzgado es un mundo, y con lo de la pandemia pues más atrasados están....
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    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

  11. #50
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    Cerca del embargo de nómina

    A modo de ejemplo a mi me consta que algunos juzgados gallegos, aunque no para estos temas que nos ocupan, están fijando vistas para 2024. Sí, habeis leido bien: 2024.

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