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Tema: Ejecución de títulos judiciales

  1. #1
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    Ejecución de títulos judiciales

    Buenos días, me han entregado en el juzgado, la notificación con el procedimiento de ejecución. Básicamente dice que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el secretario judicial dictará decreto de las medidas ejecutivas, incluyendo el embargo de bienes. Me requieren para que en el plazo de diez días, manifieste bienes y derechos para cubrir la cuantía (2406 euros más 721 de posibles costas)
    Que aporte certificado de un número de cuenta.
    Modo de impugnación, recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el letrado que lo dicta.
    Por favor, que tengo que hacer ahora?

  2. #2
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    Ejecución de títulos judiciales

    Cita Iniciado por Randa Ver mensaje
    Buenos días, me han entregado en el juzgado, la notificación con el procedimiento de ejecución. Básicamente dice que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el secretario judicial dictará decreto de las medidas ejecutivas, incluyendo el embargo de bienes. Me requieren para que en el plazo de diez días, manifieste bienes y derechos para cubrir la cuantía (2406 euros más 721 de posibles costas)
    Que aporte certificado de un número de cuenta.
    Modo de impugnación, recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el letrado que lo dicta.
    Por favor, que tengo que hacer ahora?
    Hacer ya?.... Pues o pagar o te iran embargando si no puedes pagar...

    Esa ejecucion de que es? ¿Has perdido juicio? ¿No te has presentado?.... O es una ejecucion de un prestamo ante notario?...
    Es que depende de lo que venga esa ejecucion.

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  3. #3
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    Es de un préstamo de Cofidis de 2006, me llegó un requerimiento de pago en 2019 y de oponerme debía ser con abogado y procurador, porque la cuantía era de 2400 euros, inmediatamente solicité asistencia jurídica gratuita, que en enero de 2020 me notificaron que estaba denegada. Desde aquí, me pusieron en contacto con la abogada de A.C.U.S.A, que fue muy gentil y servicial, pero por la distancia y el tiempo que apremiaba, no pudimos concretar una cita, así que impugné la denegación por mi cuenta.
    En Junio de 2020, me llegó una diligencia de ordenación con todos los documentos adjuntos que yo había enviado hasta la fecha y los de cofidis y solicitando alegaciones; envié otra vez todo, más los datos actualizados por cambios producidos en mi grupo familiar.
    Como en Septiembre no tenía noticia alguna, me puse en contacto con el juzgado y me indicaron que tenían mucha carga de trabajo y por eso estaban tardando y hasta ayer, que me llegó la ejecución de títulos, por lo que ni hubo juicio, ni pude reclamar el seguro que me cobraron, ni nada.
    Pagar casi 3200 euros, ojala pudiera y quitarme esto de encima, pero no puedo, estoy en el paro y el único ingreso que hay es el de mi marido, que cobra 1000 euros de nómina, la cuenta donde la cobra está sólo él de titular, la cuenta corriente que tenemos en común es la de la hipoteca. Tengo tres hijos, los dos mayores estudian y están en el paro porque trabajaban en la hostelería y el menor está en la ESO.
    Tenemos un coche de 2010 que si lo vendemos, no llegará a los 1500 euros y nos es imprescindible porque mi hijo menor sufre epilepsia y tenemos que salir de urgencia al hospital. Ni joyas, ni acciones, ni dinero, sólo muebles y electrodomésticos habituales.
    No se el qué podrán embargarme, no sé si sirve de algo un recurso de revisión ante el letrado y si incurro en falta grave si no presento la relación de bienes, que tengo que buscar cómo hacerlo.

  4. #4
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    Presentaste escrito de oposición por tu cuenta? Al ser la cuantía superior a 2000€ y presentarla sin procurador ni abogado se tuvo por no presentada y no se ha tenido en cuenta la oposición. Es como si no te hubieras opuesto. Los términos y requisitos de postulación y defensa judicial son muy estrictos.

  5. #5
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    No me opuse, lo que impugne fue la denegación de asistencia gratuita, en el mismo juzgado me explicaron como enviarlo. Digamos que lo único que hice yo, fue lo del abogado de oficio, que en teoría, detenía el proceso, pero evidentemente desde la denegación, todo siguió su curso.

  6. #6
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    Cita Iniciado por Randa Ver mensaje
    No me opuse, lo que impugne fue la denegación de asistencia gratuita, en el mismo juzgado me explicaron como enviarlo. Digamos que lo único que hice yo, fue lo del abogado de oficio, que en teoría, detenía el proceso, pero evidentemente desde la denegación, todo siguió su curso.
    Igual tú lo dices por la ordenación esa que llegó, es que lo he hecho todo mal desde el principio, yo creía que lo de la ordenación era por lo que yo solicitaba, caigo ahora en eso, que desastre.

  7. #7
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    Bueno, ya no hace falta mirar al pasado porque ya no se puede cambiar; lo importante es que aprendas para que no te vuelva a pasar.
    Si no tienes ingresos no te van a poder embargar nada; eso si, tienes que tener cuidado con esa cuenta conjunta porque puede darles mas de un dolor de cabeza y unos cuantos viajes al juzgado.

  8. #8
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    Cita Iniciado por ACM75 Ver mensaje
    Bueno, ya no hace falta mirar al pasado porque ya no se puede cambiar; lo importante es que aprendas para que no te vuelva a pasar.
    Si no tienes ingresos no te van a poder embargar nada; eso si, tienes que tener cuidado con esa cuenta conjunta porque puede darles mas de un dolor de cabeza y unos cuantos viajes al juzgado.
    ¿Cuando ponga dinero para que se cobre la Hipoteca, me lo pueden embargar entonces?

  9. #9
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    No es descartable que lo hagan; pero entiendo que podrán ir al Juzgado y demostrar que son solo de tu marido, pero aun así creo que la devolución no es inmediata.

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  11. #10
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    Ejecución de títulos judiciales

    Los barridos de cuentas son puntuales... Si coincide dinero en cuenta, lo barren, pero no siempre coincide.... Ademas, no barren constantemente... Barren cuando lo solicita el acreedor... Cada vez lo tienen que solicitar, pero no siempre se lo acepta el juzgado...... Son puntuales.

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