Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Página 2 de 3 PrimerPrimer 123 ÚltimoÚltimo
Resultados 11 al 20 de 23

Tema: Demostrar ingresos

  1. #11
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   2965

    Avatar de ACM75
    Fecha de ingreso
    25 ago, 17
    Mensajes
    1,487
    Me gusta (Dados)
    282
    Me gusta (Recibidos)
    476
    Cita Iniciado por LINA M Ver mensaje
    Pero el SMI esta para cumplir sea hacienda o sea justicia
    Si, pero solo se aplica en caso de embargo de nomina; pero en caso de embargo de declaración de la renta no hay mínimo inembargable (no van a embragar solo una parte de la declaración, sino que la van a embargar toda). Si haces la declaración conjunta se la quedaran toda. No se tiene que hacer declaración de la renta conjunta.
    Última edición por ACM75; 28/10/2020 a las 18:51

  2. #12
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   3002

    Avatar de LINA M
    Fecha de ingreso
    14 jun, 20
    Mensajes
    176
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    11
    Cita Iniciado por ACM75 Ver mensaje
    Si, pero solo se aplica en caso de embargo de nomina; pero en caso de embargo de declaración de la renta no hay mínimo inembargable (no van a embragar solo una parte de la declaración, sino que la van a embargar toda). Si haces la declaración conjunta se la quedaran toda. No se tiene que hacer declaración de la renta conjunta.
    A ver si, van embargar los 1600€ eso si, pero en mi cuenta si hay 962,59€ y hacen un embargo tendré que ir a decir que ese dinero es de mi nómina y demostrarlo con todos los papeles necesarios, pero no hay ahorro, me explico? Si hubiera ahorro sí que se lo llevarian todo pero lo que entra únicamente es la nómina, nada más.

    Por otra parte si tuviera en mi cuenta 3.000€ (ya me gustaría a mi) entendería el embargo de 1600€ completo. Pero tengo 1,96€ y mañana entra la nómina, no pueden llevarse los 962,59 porque estarían incumpliendo el SMI, que vuelvo a repetir, entonces tendría que ir a decir que es la nomina.

  3. #13
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5677
    Cita Iniciado por LINA M Ver mensaje
    Pero el SMI esta para cumplir sea hacienda o sea justicia. No puede ser que se lo lleven todo.
    El SMI es Salario Mínimo Interprofesional y es eso, Salario.

    La devolución de Hacienda no es salario.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  4. #14
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   3002

    Avatar de LINA M
    Fecha de ingreso
    14 jun, 20
    Mensajes
    176
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    11
    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    El SMI es Salario Mínimo Interprofesional y es eso, Salario.

    La devolución de Hacienda no es salario.
    Pero a mi hacienda no me ha de devolver nada. Más me gustaría a mi. Igual es que me explicado mal.

    El deudor el que debe a hacienda es mi marido, es más a mi no me aparece como deuda, lo he mirado.

    A mi me piden también la deuda porque era conjunta sin saber que iba a pasar esto, pero primero tendrían que realizar el embargo a el entiendo yo, que en realidad ya lo hacen de la pasada declaración, en nómina cada mes.

  5. #15
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5677
    No tienen establecido un orden para embargar, el embargo se produce sobre lo primero que les da dinero y en este caso es la declaración de la renta, que al ser conjunta es de los dos al 100% y por lo tanto embargable.

    Después si no llega para cubrir la deuda, ya irán a por nómina o propiedades.

    Hacienda es Hacienda.....
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  6. #16
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   3002

    Avatar de LINA M
    Fecha de ingreso
    14 jun, 20
    Mensajes
    176
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    11
    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    No tienen establecido un orden para embargar, el embargo se produce sobre lo primero que les da dinero y en este caso es la declaración de la renta, que al ser conjunta es de los dos al 100% y por lo tanto embargable.

    Después si no llega para cubrir la deuda, ya irán a por nómina o propiedades.

    Hacienda es Hacienda.....
    Eso sí. Però en este caso de la declaración de hacienda no nos devuelven nada así que irán directamente a nóminas y cuentas bancarias y ahí si que entra en juego el SMI, no?

    Acabamos de descubrir que la deuda está en fase de embargo para el. Por lo tanto estamos entendiendo que igual me lo han pasado a mi antes de embargar a el.
    Última edición por LINA M; 28/10/2020 a las 21:48

  7. #17
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Melocoton en Almibar
    Fecha de ingreso
    17 mar, 13
    Ubicación
    en Oregon
    Mensajes
    24,293
    Me gusta (Dados)
    1113
    Me gusta (Recibidos)
    8884

    Demostrar ingresos

    Cita Iniciado por LINA M Ver mensaje
    Eso sí. Però en este caso de la declaración de hacienda no nos devuelven nada así que irán directamente a nóminas y cuentas bancarias y ahí si que entra en juego el SMI, no?
    Bueno, te voy aclarar el en Tuerto por propia experiencia.
    Independientemente de quien sea la deuda, si en la cuenta estáis los 2 como titulares y al que embargan es a tu marido.
    Hacienda se llevará la mitad de lo que haya en ese momento.
    Si el embargo de Hacienda es para los 2 se lleva el 100 por 100.
    Naturalmente puedes poner un recurso, pero después de recibir el embargo, no antes y si das con alguien afable(los hay) quizás te devuelvan algo. Pero con Hacienda has topado arrampla con todo. Un saludo.

    Enviado desde mi MI 8 Lite mediante Tapatalk
    Vive y se feliz

  8. #18
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5677
    En nóminas si, en cuentas bancarias no...

    Si hacen un barrido de saldos de cuentas bancarias, se llevarán todo el saldo que haya en ese momento en la cuenta. A Hacienda le da igual si procede de ahorro o procede de nómina. En teoría ellos disponen de información acerca de la procedencia de ese saldo, así que no habría problema ya que sería ilegal embargar una cuenta alimentada solamente por los ingresos salariales.

    Si la nomina ingresada ya ha sufrido un embargo en origen, es decir, la empresa ya te ha retenido ese 30% que supera el segundo tramo del SMI, entonces no podrían embargar el saldo de la cuenta, ahora bien, si la nómina no ha sufrido embargo en origen, hacienda aplicaría la misma Ley de tramos y sobre esa cuenta embargaría el 30% de lo que exceda del segundo tramo de SMI.

    Si se lo llevan, sólo queda demostrar ante el recaudador tributario, que ese dinero procede de la nómina mensual (si tienes saldo proveniente de anteriores nóminas, ya no se consideran nóminas, sino ahorro).

    no se si te he aclarado algo o te he liado más....
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  9. #19
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   3002

    Avatar de LINA M
    Fecha de ingreso
    14 jun, 20
    Mensajes
    176
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    11
    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    En nóminas si, en cuentas bancarias no...

    Si hacen un barrido de saldos de cuentas bancarias, se llevarán todo el saldo que haya en ese momento en la cuenta. A Hacienda le da igual si procede de ahorro o procede de nómina. En teoría ellos disponen de información acerca de la procedencia de ese saldo, así que no habría problema ya que sería ilegal embargar una cuenta alimentada solamente por los ingresos salariales.

    Si la nomina ingresada ya ha sufrido un embargo en origen, es decir, la empresa ya te ha retenido ese 30% que supera el segundo tramo del SMI, entonces no podrían embargar el saldo de la cuenta, ahora bien, si la nómina no ha sufrido embargo en origen, hacienda aplicaría la misma Ley de tramos y sobre esa cuenta embargaría el 30% de lo que exceda del segundo tramo de SMI.

    Si se lo llevan, sólo queda demostrar ante el recaudador tributario, que ese dinero procede de la nómina mensual (si tienes saldo proveniente de anteriores nóminas, ya no se consideran nóminas, sino ahorro).

    no se si te he aclarado algo o te he liado más....
    Ahora si.

    Entiendo entonces que Hacienda no hace embargos fijos de un tiempo si no barridos?

    A lo que comentas de que no pueden embargar dos cosas con mi marido lo intentaron, fuimos a quejarnos y encima se pusieron chulos.

  10. #20
    Estado
    Desconectado
    Avatar de MARIBELICA
    Fecha de ingreso
    19 nov, 13
    Ubicación
    CÓRDOBA
    Mensajes
    36,340
    Me gusta (Dados)
    216
    Me gusta (Recibidos)
    13138

    Demostrar ingresos

    Cita Iniciado por LINA M Ver mensaje
    Ahora si.

    Entiendo entonces que Hacienda no hace embargos fijos de un tiempo si no barridos?

    A lo que comentas de que no pueden embargar dos cosas con mi marido lo intentaron, fuimos a quejarnos y encima se pusieron chulos.
    Has entendido mal.... Hacienda puede aplicar cualquier tipo de embargo... Barridos, nómina o bienes que cubran el valor de la deuda.

    Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
    ASOCIATE A A.C.U.S.A .

    PREGUNTAS FRECUENTES



    Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.


Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.