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Tema: duda sobre finalización de embargo y otras cosas

  1. #1
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    Avatar de sammy
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    duda sobre finalización de embargo y otras cosas

    Hola a tod@s, tengo unas dudas sobre los embargos he leído mucho en el foro pero hay cosas que no consigo entender.

    Hace 6 meses me están embargando la nomina, es una ejecución de títulos no judiciales la abogada que me lleva el caso dice que el fondo buitre no quiere llegar a ningún acuerdo extrajudicial ,es esto normal?

    En diciembre casi con toda probabilidad me quedare en el paro,de mi liquidación sabéis que porcentaje se queda embargado?

    Cuanto tiempo tardan aproximadamente en localizar el juzgado al nuevo pagador en el caso que encuentre trabajo?

    muchas gracias compañer@s

  2. #2
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    Avatar de ACM75
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    Lo que te corresponda en concepto de indemnización por despido es 100% embargable (esta indemnización no es salario y no tiene la protección del salario).
    Lo que te corresponda en concepto de liquidación final de partes proporcionales se embarga por tramos (si se considera salario y se aplica el art. 607 LEC).

  3. Me gusta rogernh indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  4. #3
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    Avatar de Pachuli
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    es normal si ya estan cobrando atraves del embargo

    se aplica la tabla correspondiente (a mas dinero mas embargo)

    eso no se sabe, depende del juzgao , tu empresa que te deja en paro notifica al juzgado que ya no trabajas ahi y atraves del punto neutro judicial ya daran con quien te pague , pero el tiempo ya es imposible saber

  5. #4
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    gracias por responder, es decir solo cobraría el mes de diciembre con el descuento que me aplican del embargo?

  6. #5
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    Cita Iniciado por Pachuli Ver mensaje
    es normal si ya estan cobrando atraves del embargo

    se aplica la tabla correspondiente (a mas dinero mas embargo)

    eso no se sabe, depende del juzgao , tu empresa que te deja en paro notifica al juzgado que ya no trabajas ahi y atraves del punto neutro judicial ya daran con quien te pague , pero el tiempo ya es imposible saber
    gracias pachuli por responder:

    pero mas o menos no se si te has visto en esta situación cuanto tardan en volver a embargar? y otra cosa el fondo buitre no puede cobrar lo que me van embargando hasta que finalmente llegue al importe acordado? si es así pues van a tardar muchísimo

  7. #6
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    Avatar de ACM75
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    Eso depende de como tengas las cosas con la empresa: si trabajas el mes completo, si has disfrutado las vacaciones, si cobras las pagas extras prorrateadas o no, de si te han hecho algún anticipo que tengas que devolver, etc.

  8. #7
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    Cita Iniciado por ACM75 Ver mensaje
    Eso depende de como tengas las cosas con la empresa: si trabajas el mes completo, si has disfrutado las vacaciones, si cobras las pagas extras prorrateadas o no, de si te han hecho algún anticipo que tengas que devolver, etc.
    acm75 prorrateo nada,la paga de julio la cobre entera y no hago anticipos, entonces solo cobraría el mes de diciembre entiendo no?

  9. #8
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    una pregunta chic@s con la nomina embargada me podrían practicar algún barrido en cuenta?

    ya se acerca el próximo año y cambiara el importe del SMI ,eso lo debemos comunicar al juzgado o a la empresa los nuevos importes a retener?

  10. #9
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    duda sobre finalización de embargo y otras cosas

    Cita Iniciado por sammy Ver mensaje
    una pregunta chic@s con la nomina embargada me podrían practicar algún barrido en cuenta?

    SI...

    ya se acerca el próximo año y cambiara el importe del SMI ,eso lo debemos comunicar al juzgado o a la empresa los nuevos importes a retener?

    Se supone que eso lo sabrá el de Recursos humanos de tu empresa, para la nómina de enero, que cobras entre el 25 de enero al 15 de febrero. Un saludo.


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  11. #10
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    Cita Iniciado por sammy Ver mensaje
    una pregunta chic@s con la nomina embargada me podrían practicar algún barrido en cuenta?

    ya se acerca el próximo año y cambiara el importe del SMI ,eso lo debemos comunicar al juzgado o a la empresa los nuevos importes a retener?
    Y porqué sabes que cambiará el importe del SMI, si aún no hay nada publicado ni en el BOE ni en ningún sitio?
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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