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Tema: EMBARGO TOTAL DE UNA INDEMNIZACION POR DESPIDO

  1. #11
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    Cita Iniciado por Elenita79 Ver mensaje
    Esto de que piden mejoras de embargo no lo acabo de entender...... En el AUTO indica lo siguiente:
    Declaro embargados, a instancia de la parte ejecutante y como bienes de la parte
    ejecutada los detallados a continuación y que estimo suficientes para cubrir el importe
    de xxxxxxx € en concepto de principal y xxxxxxx€ que señalo prudencialmente para
    intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación; los siguientes:
    Los saldos favorables que ostente el ejecutado en cuentas de cualquier clase abiertas
    en entidades de crédito, ahorro o financiación que figuran en el listado de Entidades
    Financieras del sistema de embargo de cuentas corrientes del punto neutro judicial.
    Para la efectividad de esta traba, se utilizará la aplicación del Punto Neutro Judicial
    desde la sede de este Juzgado, vía telemática, al objeto de que retenga y remita tales
    cantidades a la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado.
    Las cantidades pendientes de devolución al ejecutado por parte de la Agencia
    Tributaria. Para la efectividad de esta traba, se utilizará la aplicación de Banco
    Santander desde la sede de este Juzgado, vía telemática, al objeto de que retenga y
    remita tales cantidades a la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado.
    Consúltese las bases de datos patrimoniales a que esta Oficina judicial tiene acceso por
    vía telemática, siempre que obre en las actuaciones las circunstancias personales
    suficientes de la parte ejecutada para hacerlo. En caso contrario requiérase a la parte
    ejecutante para que las facilite.
    Y verificada la consulta, infórmese de su contenido a la parte ejecutante para que
    solicite lo que estime oportuno.
    De conformidad con lo interesado, tómese nota en el presente procedimiento a fin de
    que los sucesivos pagos se realicen mediante sistema de transferencia bancaria al
    número de cuenta facilitado.

    Y como dije en el Oficio que enviaron a la empresa en el asunto indicaba; RETENCION DE SUELDO. Y si la indemnización no es sueldo por eso yo entendia que no se embargaba, Otra cosa es que si te lo ingresan te traben a posteriori la cuenta.... ahi ya no digo nada porque si no es sueldo si te lo pueden barrer.
    No se si existiría alguna opción legal para revertir esto.
    gracias
    Creo que lo entiendes mal, es al contrario. Cuando se debe dinero se responde con todos los bienes presentes y futuros. Te pueden quitar todo lo que tengas para que pagues la deuda excepto los conceptos inembargable del art. 607 de la LEC (todo lo que este fuera de este articulo es susceptible de ser embargado).

    La empresa esta obligada a retener y consignar el dinero en el juzgado y ha hacho lo que tenia que hacer.

    De todas formas, si no se esta de acuerdo con la decisión de la empresa, se puede puede impugnar mediante demanda a la empresa en la jurisdicción social, yo no creo que tenga mucho recorrido, pero siempre puedes hacer la consulta a un abogado laboralista.

  2. #12
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    EMBARGO TOTAL DE UNA INDEMNIZACION POR DESPIDO

    Cita Iniciado por Elenita79 Ver mensaje
    Pero en el OFICIO que llegó a la empresa donde se les instaba al embargo indica EMBARGO DE SUELDO ( unicamente dice eso), y teniendo en cuenta que la INDEMNIZACIÓN no es sueldo, a mi entender no la deberían de tocar, y debería ser entregada al trabajador, que ya bastante tiene con irse a la cola del paro.
    Claro... Es que a la empresa es ese el tipo de embargo que va a llegarle.. El que repercute a sus competencias y responsabilidades... El sueldo de ese trabajador....
    Todos los conceptos que una empresa liquida a un trabajador y que se incluyen en nómina, son sueldo o salario..la indemnizacion son conceptos provenientes del sueldo o salario del trabajador¿como que no? ¿En base a que crees que se calculan las indemnizaciones a los trabajadores?.. Pues en base a su salario y convenio.
    ... Los embargos se aplican al salario neto, y esto incluye a todos los conceptos que reflejados en las nóminas, sean cuales sean.... Salario base, horas extras, pluses, vacaciones y cualesquiera que sean incluidos en la nómina.

    Te aseguro que la orden de embargo de la cuenta bancaria, no llega a la empresa... Llega al banco..... A cada cual la que le corresponde.

    Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
    Última edición por MARIBELICA; 21/11/2020 a las 02:58
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  3. #13
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    Muchas gracias, me queda todo claro por su puesto. Había hecho la consulta porque he leído en otros muchos foros que aunque es susceptible de que la indemnización sea embargable totalmente hay que mirar que dice la orden de embargo que llega a la empresa y que si exclusivamente indica salario pues es no tiene por qué ser embargado. De hecho yo me viene en la misma situación hace algo más de un año y desde mi empresa como la notificación de embargo solo decia salario la indemnización no me la embargaron y me la entregaron a mi.

  4. #14
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    Simplemente tuviste mejor suerte; porque la empresa, por lo que fuera, no te retuvo las cantidades; pero si lo hubiera hecho te hubieras tenido que resignar.

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