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Me demanda el Registrador de la Propiedad.....
Buenos días,
Aunque parezca increíble, me reclaman unos 300 y pico euros del registro de una donación que realicé a mi hija de una plaza de parking en 2017 (pensando que me iban a embargar hasta el sombrajo).
El caso es que eso fue en Febrero de 2017. A finales de 2020 me enviaron un requerimiento mediante certificado con acuse de recibo. Les llamé y les expliqué que habían transcurrido más de tres años desde la ejecución del trabajo hasta la reclamación, y por tanto está prescrito el derecho a cobro.... pero no quisieron enterarse.
Y ahora me ponen un monitorio, donde el &$”?*¿ del registrador de la propiedad, realiza una factura de principios de 2021, sobre un “borrador” registrado en 2017.... una estratagema torticera, rastrera, sucia y propia de fondos buitre de la peor calaña...
Todo quedó registrado fehacientemente en 2017, pagada la plusvalía, los impuestos de donaciones, pero esto quedó pendiente.
Tengo 20 dias de oposición al monitorio interpuesto por el abogado de este “señor”...
Entiendo que no preciso abogado ni procurador.
Disponemos de escrito al efecto o este caso es tan absurdo que no hay plantilla de oposición?
Muchas gracias por vuestra ayuda
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kyto
Buenos días,
Aunque parezca increíble, me reclaman unos 300 y pico euros del registro de una donación que realicé a mi hija de una plaza de parking en 2017 (pensando que me iban a embargar hasta el sombrajo).
El caso es que eso fue en Febrero de 2017. A finales de 2020 me enviaron un requerimiento mediante certificado con acuse de recibo. Les llamé y les expliqué que habían transcurrido más de tres años desde la ejecución del trabajo hasta la reclamación, y por tanto está prescrito el derecho a cobro.... pero no quisieron enterarse.
Y ahora me ponen un monitorio, donde el &$”?*¿ del registrador de la propiedad, realiza una factura de principios de 2021, sobre un “borrador” registrado en 2017.... una estratagema torticera, rastrera, sucia y propia de fondos buitre de la peor calaña...
Todo quedó registrado fehacientemente en 2017, pagada la plusvalía, los impuestos de donaciones, pero esto quedó pendiente.
Tengo 20 dias de oposición al monitorio interpuesto por el abogado de este “señor”...
Entiendo que no preciso abogado ni procurador.
Disponemos de escrito al efecto o este caso es tan absurdo que no hay plantilla de oposición?
Muchas gracias por vuestra ayuda
Tu lo has dicho, este asunto es tan raro que no hay escrito para ello.
No obstante, no veo de donde has sacado que esa deuda esté prescrita.
Mi opinión es que no cabe oposición a ese monitorio...
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
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Artículo 1967 del CC en su regla 1ª....... creo que dice exactamente tres años
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Me demanda el Registrador de la Propiedad.....
La prescripcion se cuenta desde la fecha en que detectan la irregularidad y que te reclaman esa deuda.. No desde la fecha en que tramitaste lo demás.
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El tratamiento del resto de impuestos es independiente.
El tema es que pasaron más de tres años seguro desde que el registrador realizó su trabajo y quedó anotado en su correspondiente asiento registral hasta que se ha acordado de pedir o exigir ese cobro.
Otro tema es que una vez le desestimen el monitorio por prescripción, quiera darme el documento que quedó para registrar, algo que seguro habré de reclamar
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Pero Kyto, a parte de si lo que te reclaman está prescrito o no, ¿no deberías abonar el trabajo realizado en el Registro? No sé. Si tú has ido a registrar un inmueble a nombre de tu hija lo lógico es que abones lo que cuesta ese asiento no?
Perdóname si estoy equivocada. Tal vez no he entendido bien tu caso.
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Pues si. Debería de haber pagado muchas cosas que por culpa de otros (políticos, bancos, fondos buitre, etc...) hicieron que mis ingresos desaparecieran prácticamente... Está claro que si no se ha pagado, es porque no se pudo. La cuestión es que si hay posibilidad de librarse por caducidad, es injusto hacerlo?
Acaso estamos en contra de la prescripción del derecho a cobro de deudas? Las ponemos de por vida? o mejor aún, que se hereden generación tras generación...
Igual no me he explicado bien...
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Me demanda el Registrador de la Propiedad.....
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kyto
Pues si. Debería de haber pagado muchas cosas que por culpa de otros (políticos, bancos, fondos buitre, etc...) hicieron que mis ingresos desaparecieran prácticamente... Está claro que si no se ha pagado, es porque no se pudo. La cuestión es que si hay posibilidad de librarse por caducidad, es injusto hacerlo?
Acaso estamos en contra de la prescripción del derecho a cobro de deudas? Las ponemos de por vida? o mejor aún, que se hereden generación tras generación...
Igual no me he explicado bien...
En aboluto estamos en contra de que las deudas prescriban cuando prescriben..
Mi duda es que segun cuentas, la tuya esté prescrita con certeza.... Simplemente hay que asegurarse de que si se alega prescripcion, la prescripcion sea correcta, aportando pruebas en esa oposicion al monitorio..
Solo eso. Por que con los escritos que se entregan en los juzgados, hay que alegar y demostrar con prueba lo alegado. Hay que tener mucho cuidado con lo que se pone...
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Me demanda el Registrador de la Propiedad.....
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kyto
Pues si. Debería de haber pagado muchas cosas que por culpa de otros (políticos, bancos, fondos buitre, etc...) hicieron que mis ingresos desaparecieran prácticamente... Está claro que si no se ha pagado, es porque no se pudo. La cuestión es que si hay posibilidad de librarse por caducidad, es injusto hacerlo?
Acaso estamos en contra de la prescripción del derecho a cobro de deudas? Las ponemos de por vida? o mejor aún, que se hereden generación tras generación...
Igual no me he explicado bien...
Aquí eso no lo ponemos en duda Kyto, si la Ley te ampara en que está prescrita para reclamártelo judicialmente, por supuestisimo que puedes hacerlo, eso no lo discutimos.
Lo que hay que tener claro, es si está prescrita o no.
Yo en este caso no sé decirte con certeza.
ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.
"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
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kyto
Pues si. Debería de haber pagado muchas cosas que por culpa de otros (políticos, bancos, fondos buitre, etc...) hicieron que mis ingresos desaparecieran prácticamente... Está claro que si no se ha pagado, es porque no se pudo. La cuestión es que si hay posibilidad de librarse por caducidad, es injusto hacerlo?
Acaso estamos en contra de la prescripción del derecho a cobro de deudas? Las ponemos de por vida? o mejor aún, que se hereden generación tras generación...
Igual no me he explicado bien...
Kyto, los derechos son los que indica la ley y en ningún caso he insinuado que esté en contra de ninguno de ellos. Si te puedes librar de pagar al Registro porque exista prescripción (no caducidad porque no es lo mismo. Creo que las deudas no caducan...) estarás en tu derecho, faltaría más. Por otra parte, si está prescrita, lo tendrás que alegar tú, porque la prescripción no se presupone de oficio.
Lo que me parece extraño es que te extrañe que el Registro te la reclame. Digo yo que al Registrador habrá que pagarle sus servicios igual que hay que pagárselos a un abogado o cualquier otro profesional. Si no tenías ingresos para abonarlo entonces quizá no debieras haber hecho el registro. No olvidemos que registrar una propiedad es voluntario, aunque nos dé seguridad jurídica. Yo ahora no contrataría a un abogado porque no tengo ingresos y no podría pagarle, por mucho que pensara que tengo derecho a defenderme. Tendría que aguantarme con uno de oficio. Creo que en este foro se está en contra de la usura, no de los derechos de nadie. Pero creo que el Registrador también tiene los suyos.
Si te he podido ofender, ruego me disculpes.