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Tema: Ejecución de titulos judiciales

  1. #1
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    Ejecución de titulos judiciales

    buenos días compañeros,
    una duda que tengo, me ha llegado con fecha del 13 de abril, notificación de titulos judiciales, entiendo que se han solicitado telemáticamente por donde poder coger el dinero que corresponde para hacer efectiva la deuda que es de american express que son unos 3000 euros, el día 14 me pongo en contacto con ellos, porque mi situación ha variado desde que se dicto despacho de ejecución y tengo ahora trabajo, no llego al smi porque son 6 horas las que trabajo, pero he acordado ir pagando como pueda sin acordar una cantidad exacta todos los meses..en las cuentas no hay nada y sí me tienen que devolver de la declaración que ya tengo presentada unos 600€..con fecha de ayer recibo notificación de paralización y alzamiento de embargo, porque hay un acuerdo amistoso y veo que se ha presentado por la procuradora y sellado con fecha de ayer via lexnet..mi duda..desde que yo recibo la notificación, entiendo que tendría 5-10 dias para oponerme a la ejecución de titulos judiciales? si recibo la notificación y posteriormente el 15, que sólo han pasado 2 días, entiendo que no han procedido a solicitar el embargo de la devolución de irpf que ya estaba presentada? o si recibo la notificación de ejecución de titulos judiciales, el embargo de la devolucíón es inmediato?..pregunto por la devolución de hacienda, que es por lo único que me pueden embargar, ya que en las cuentas no hay nada.. ya que lo espero como agua de mayo...
    a ver si me podéis aclarar

  2. #2
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    Ejecución de titulos judiciales

    Cita Iniciado por sweetmintes Ver mensaje
    buenos días compañeros,
    una duda que tengo, me ha llegado con fecha del 13 de abril, notificación de titulos judiciales, entiendo que se han solicitado telemáticamente por donde poder coger el dinero que corresponde para hacer efectiva la deuda que es de american express que son unos 3000 euros, el día 14 me pongo en contacto con ellos, porque mi situación ha variado desde que se dicto despacho de ejecución y tengo ahora trabajo, no llego al smi porque son 6 horas las que trabajo, pero he acordado ir pagando como pueda sin acordar una cantidad exacta todos los meses..en las cuentas no hay nada y sí me tienen que devolver de la declaración que ya tengo presentada unos 600€..con fecha de ayer recibo notificación de paralización y alzamiento de embargo, porque hay un acuerdo amistoso y veo que se ha presentado por la procuradora y sellado con fecha de ayer via lexnet..mi duda..desde que yo recibo la notificación, entiendo que tendría 5-10 dias para oponerme a la ejecución de titulos judiciales? si recibo la notificación y posteriormente el 15, que sólo han pasado 2 días, entiendo que no han procedido a solicitar el embargo de la devolución de irpf que ya estaba presentada? o si recibo la notificación de ejecución de titulos judiciales, el embargo de la devolucíón es inmediato?..pregunto por la devolución de hacienda, que es por lo único que me pueden embargar, ya que en las cuentas no hay nada.. ya que lo espero como agua de mayo...
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  3. #3
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    Gracias Maribelica, entonces entiendo q si ellos a los dos días de recibir hacen el alzamiento de embargo no han notificado a la agencia Tributaria del embargo, entiendo que no han tenido tiempo de que embarguen las devoluciones no?

  4. #4
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    Gracias Maribelica, entonces entiendo q si ellos a los dos días de recibir hacen el alzamiento de embargo no han notificado a la agencia Tributaria del embargo, entiendo que no han tenido tiempo de que embarguen las devoluciones no?
    En la sentencia o en la ejecución pone algo de que soliciten embargo de devoluciones de la Agencia Tributaria?

    Por que lo tienen que solicitar expresamente, eso no es automático.

    No obstante, si lo han solicitado, aún están en plazo para retener las devoluciones a las que hubiera lugar antes de realizarte dicha devolución.
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  5. #5
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    No, no lo pone, pero entendía que era automático, mi duda era si desde que yo recibo la notificación que es el 13 y el 15 es cuando paralizan el embargo si el alzamiento es inmediato y no da tiempo a que lo embarguen..esa era la duda nada mas

  6. #6
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    Ejecución de titulos judiciales

    Cita Iniciado por sweetmintes Ver mensaje
    No, no lo pone, pero entendía que era automático, mi duda era si desde que yo recibo la notificación que es el 13 y el 15 es cuando paralizan el embargo si el alzamiento es inmediato y no da tiempo a que lo embarguen..esa era la duda nada mas
    No pueden ejecutar embargos hasta que pase el plazo de 10 días para alegar... Despues ya, cuando quieran solicitan al juzgado... Ellos no solicitan a hacienda.
    Solicitan al juzgado y el juzgado da la orden.

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