-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 3155
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 2086
Otro mas
Suerte!!
Enviado desde mi SM-A202F mediante Tapatalk
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1851
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 2231
resp teide cen.pdfresp teide cen.pdf
Hola a tod@s,
adjunto comunicación del juzgado con el escrito de respuesta de Teide.
Mariabelica, segun esto solo resta esperar a que dicten sentencia ?
Saludos
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1620
Exactamente. A esperar sentencia.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 3203
Gracioso el punto dos de las alegaciones de Teide. ‘La no aportación del contrato, no le exime de su cumplimiento’ Si el contrato es la base de prueba de la deuda.
Suerte compañero, que paguen costas.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1438
Otro mas
Iniciado por
Vicents
Gracioso el punto dos de las alegaciones de Teide. ‘
La no aportación del contrato, no le exime de su cumplimiento’ Si el contrato es la base de prueba de la deuda.
Suerte compañero, que paguen costas.
Y a ellos les vamos a decir"la carga de la prueba recae sobre quien demanda".. Jajaja... A ver que puede mas si su opinion propia o los artículos de la LEC.
Enviado desde mi Mi MIX 2 mediante Tapatalk
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
Vicents indicó/indicaron que le/s gusta esto.
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 2231
Recibida hoy la sentencia. queda desestimada integramente la demanda y costas a la demandante.
Peaso Crack Mariabelica, infinitas gracias a todos por el escrito y el apoyo recibido.
Adjunto sentencia y anoto en el hilo/hucha.sentencia Teide CEN.pdf
Saludos !!!!
-
Agradecimientos - 2 Me gusta
-
Estado
- Desconectado
- Número de socio: 1851
-
Agradecimientos - 1 Me gusta
-
Estado
- Desconectado
-
Agradecimientos - 1 Me gusta