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Tema: Duda con péstamo ante notario

  1. #1
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    Duda con péstamo ante notario

    Buenos días, soy socio desde hace casi dos años y, aunque os leo frecuentemente, no suelo escribir casi nunca. Yo tenía un préstamo, varias tarjetas, hacienda y otras tantas cosas que no pude pagar en su momento (entorno a hace unos 10 años). En los últimos años he conseguido ponerme al día con hacienda, la seguridad social y alquileres que debía o me reclamaron, es decir, me queda pendiente el préstamo y las tarjetas que compraron empresas de recobros y tengo alguna duda.

    El préstamo se firmó ante notario, el banco que yo sepa no me denunció y vendió la deuda a los buitres de recobros. Esta empresa de recobros me llama, me manda mensajes y correos para que hable con ellos (alguna con tono amenazante, otras cordiales) y mi pregunta es si esta empresa puede solicitar embargo de mi cuenta sin pasar por el juzgado o como funciona (por el hecho de haberse firmado ante notario y poder solicitar ejecución a títulos no judiciales (creo que se llaman así), o se solicita una vez denuncian. De momento en la cuenta que está a mi nombre no he recibido nada referente a esto.

    Muchas gracias

  2. #2
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    Duda con péstamo ante notario

    Si esa empresa de recobro o un fondo buitre compró tu deuda, evidentemente puede pedir la ejecución de títulos no judiciales ante el Juzgado, pero debe acreditar esa ejecución con toda la documentación que eso conlleva en el Juzgado.

    Aunque esté firmado ante notario, debe pasar primero por el Juzgado para que el Juez le acepte la ejecución, no es embargar una cuenta así directamente porqué esté firmado ante notario.

    El juzgado te notificaría dicha ejecución de títulos no judiciales, y te daría 10 días para presentar oposición si hubiere lugar a ello en virtud al artículo 557.1 de la Lec.
    Última edición por Gofi; 28/05/2021 a las 09:43
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  3. #3
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    En caso de que me llegara algo del juzgado notificando entiendo que congelarán la cuenta o harán algún tipo de embargo, ¿no? ¿Qué tipo de oposición se puede alegar en tal caso? Por otro lado me surge otra duda, estar en una cuenta como autorizado y operar con ella como propia, ¿puede suponer algún problema para la persona titular de la cuenta? ¿Podría considerarse alzamiento de bienes?

  4. #4
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    Duda con péstamo ante notario

    Cita Iniciado por Anton79 Ver mensaje
    En caso de que me llegara algo del juzgado notificando entiendo que congelarán la cuenta o harán algún tipo de embargo, ¿no? ¿Qué tipo de oposición se puede alegar en tal caso? Por otro lado me surge otra duda, estar en una cuenta como autorizado y operar con ella como propia, ¿puede suponer algún problema para la persona titular de la cuenta? ¿Podría considerarse alzamiento de bienes?
    Te lo de dicho más arriba, te darán 10 días para que pagues o te opongas, la ejecución conlleva un 30% de costas.

    Si pagas o consignas el dinero en el juzgado, pues se le paga al acreedor y santas Pascuas.

    Si no pagas ni te opones , ya ahí van a saco.

    La oposición debe fundarse el lo que pone el artículo 557 de la Lec.

    Que hayas pagado, que el acreedor no tiene legitimidad para ejecutar, plus petición, que tengas un documento que has llegado a un acuerdo, que el contrato contenga cláusulas abusivas.

    Si tú estás de autorizado en una cuenta, no eres el titular de dicha cuenta, por lo que el dinero de esa cuenta no es tuyo.

    Estás autorizado por el titular a operar con esa cuenta.
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  5. #5
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    Ok, gracias por la información

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