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Tema: Inclusión en fichero de morosos

  1. #21
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    cartacam
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    Desde: 08/Oct/2010

    RE: INCLUSION EN FICHEROS DE MOROSOS

    Hola a todos/as!!!!!

    Estoy muy contenta!!!! os cuento, envie a asnef solicitud de rectificación de datos junto con la copia de la carta de reclamación que habia mandado a citi y copia de su contestación diciendo que abrian expediente y ya me informarian, también envie solicitud de rectificacion para cetelem, y hoy al consultar en internet he visto que la inscripcion de citi ya la han retirado, supongo que en cualquier momento tiene que llegar la carta de asnef comunicandolo, tambíen he mandado lo mismo a experian pues es el mismo caso, pero aun no se nada.

    Es un pequeño paso, pero poco a poco,vamos consiguiendo cosas, cada vez estoy mas contenta de haber encontrado este foro.

    Animo a todos y ojala cada vez seamos mas los que defendamos nuestros derechos.

  2. #22
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    toreca
    Iniciado antiusura

    Desde: 17/Jun/2010

    RE: INCLUSION EN FICHEROS DE MOROSOS

    Hola a tod@s

    Esta mañana he recibido una buena noticia:

    La cartera me ha traido una carta de la AGDP, a la que yo reclamé por haberme inlcuido en badecux MBNA , en la cual me comunican que despues de pedir papeles a MBNA, han inclumplido el avisarme fehacientemente la deuda y por ello los sanciona con una falta grave de 60000 a 300000, pero que ahora con la economia sostenible las faltas seran sacionadas de 40000 a 300000. Por lo menos es una buena noticia... Yo les debo 3000 segun ellos y la AGDP les pone una multa de minimo 40000...

    Osea que a los ******** hay que denunciarlos, porque al final, si las cosas estan mal echas se pagan...

    Un saludo oara tod@s

  3. #23
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    Ocnur
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    Desde: 08/Abr/2010

    RE: INCLUSION EN FICHEROS DE MOROSOS

    Vale, "requeteupss". Ya entiendo el privado que me has mandado.

    Voy a ver si puedo recuperar el hilo

    No te pueden incluir en un fichero de morosos si mo debes más de 4 cuotas y tampoco, si antes de deber esas 4 cuotas, no te han avisado fehacientemente de que vas a se incluida en ese archivo.



    Carta a los de Experian, indicándoles que nadie te ha avisado fehacientemente, que nadie te ha reclamado la deuda, y que tienes reclamaciones presentadas. Tienes información en el foro.

    Después denuncia a la AEPD por haberte metido en este tipo de ficheros sin cumplir con las formas (adjuntas la copia de la carta que te enviarán desde Experien diciéndote que efectivamente te han sacado), ni tener motivo alguno.

  4. #24
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    Javier_L
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    Desde: 07/May/2010

    RE: INCLUSION EN FICHEROS DE MOROSOS

    Escrito originalmente por Ocnur

    Vale, "requeteupss". Ya entiendo el privado que me has mandado.

    Voy a ver si puedo recuperar el hilo

    No te pueden incluir en un fichero de morosos si mo debes más de 4 cuotas y tampoco, si antes de deber esas 4 cuotas, no te han avisado fehacientemente de que vas a se incluida en ese archivo.



    Carta a los de Experian, indicándoles que nadie te ha avisado fehacientemente, que nadie te ha reclamado la deuda, y que tienes reclamaciones presentadas. Tienes información en el foro.

    Después denuncia a la AEPD por haberte metido en este tipo de ficheros sin cumplir con las formas (adjuntas la copia de la carta que te enviarán desde Experien diciéndote que efectivamente te han sacado), ni tener motivo alguno.


    ¿De dónde sacas lo de "más de 4 cuotas"?

  5. #25
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    Ocnur
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    Desde: 08/Abr/2010

    RE: INCLUSION EN FICHEROS DE MOROSOS

    Requisitos para incluir los datos en un fichero de morosos

    Para poder incluir los datos personales, de solvencia económica e impagos pendientes de un deudor en una lista de morosos, aparte de avisarle previamente de que esto podría suceder en caso de impago, deberán cumplirse los tres requisitos siguientes:

    * Será necesario que exista una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada, respecto de la cual no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa, y que haya transcurrido 4 meses de mora en el pago.

    * No podrán haber transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.

    * Será necesario el requerimiento previo de pago de la deuda pendiente a quien corresponda el cumplimiento de la obligación de abonarlo.


    Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/[....]-proteccion-de-datos/#ixzz1LAzFbpr1
    Lo he sacado de aquí. En la web de la AEPD, también está.
    No sé si habré hecho bien la interpretación.

  6. #26
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    Javier_L
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    Desde: 07/May/2010

    RE: INCLUSION EN FICHEROS DE MOROSOS

    Pues lamento decirte que esa web no es fiable. Mírate el art. 38 del Reglamento de desarrollo de la LOPD:

    http://noticias.juridicas.com/base_d...07.t4.html#a38

    Lo que pone en la web preguntasfrecuentes está sacado de ahí, excepto lo de los 4 meses, que se lo han inventado.

    Aclarando el tema de "los 4 meses de mora":

    Una lectura apresurada de la Instrucción 1/1995 de la Agencia Española de Protección de Datos (que, "curiosamente" no tienen colgada en el histórico de resoluciones e instrucciones de la web de la AEPD) es la que ha podido difundir esta interpretación errónea.

    Hartodelosbancos me escribió hace un par de meses por este motivo muy seguro de lo del cuarto mes, pero leyendo dicha Instrucción se ve que los cuatro meses no se refieren a la necesidad de que se produzcan 4 impagos o 4 meses de mora para ser incluido en un fichero, sino al momento inicial a partir del cual hay que contar los 6 años de permanencia máxima en un fichero de morosos. En realidad no existe una previsión en ninguna norma legal ni en ninguna resolución de la AEPD que fije cuántas cuotas impagadas de una deuda o cuántos meses desde el vencimiento han de respetarse hasta solicitar la inclusión en el fichero. Basta conque la deuda sea cierta, líquida, vencida y exigible, por lo que habrá de estarse a las previsiones del propio contrato de préstamo, crédito, etc. No obstante, está muy extendida la práctica (porque es lo que preveen buena parte de los contratos) de solicitar la inclusión en el fichero de morosos cuando se producen 3 impagos de una cuota de un préstamo personal o hipotecario.

    Para incluirte en un fichero deben notificarte previamente con carácter fehaciente la existencia de esa deuda.

    Hasta el 15 de julio de 2010, además, no podía existir ninguna reclamación judicial, arbitral o administrativa sobre dicha deuda, pero el Tribunal Supremo anuló ese requisito.

    Lo único que cabría aducir es que si para la AEPD el momento inicial a partir del cual se deben contar los 6 años de permanencia máxima en un fichero de este tipo es el cuarto mes desde el vencimiento de la deuda, pues dicho cuarto mes goza de relevancia para la AEPD, pero nada más. No existe ninguna disposición que requiera tal cosa.

    Aunque Consumer no es el Tribunal Supremo, lo que ponen en este enlace es correcto:

    http://revista.consumer.es/web/es/2[....]/practico/consejo_del_mes/70935.php

  7. #27
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    Buenas.

    Desgraciadamente yo tambien estoy en Experian - Badexux por culpa de MBNA, les envie una carta para que me sacaran de dichos ficheros los de Experian y me contstaron que Mbna les habia ratificado que la deuda existia. El caso es que no se me ha reclamado el total de la deuda tal y como se cuenta por aqui.

    Sinceramente no sé si dejarlo estar o intentar nuevamente algo.

  8. #28
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    Cita Iniciado por Panman Ver mensaje
    Buenas.

    Desgraciadamente yo tambien estoy en Experian - Badexux por culpa de MBNA, les envie una carta para que me sacaran de dichos ficheros los de Experian y me contstaron que Mbna les habia ratificado que la deuda existia. El caso es que no se me ha reclamado el total de la deuda tal y como se cuenta por aqui.

    Sinceramente no sé si dejarlo estar o intentar nuevamente algo.
    Es que no les hace falta reclamarte el total de la deuda, leete bien todo el hilo y te daras cuenta.

  9. #29
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    Muy buenas a todos,

    en relación a la inclusión en los ficheros de morosos, entiendo según he leido, que para estar incluido en el fichero, la empresa que te reclama una deuda, debe de haberlo hecho fehacientemente, es decir, haberte enviado una carta certificada con acuse de recibo o burofax, ya sea un banco o una telefonia, no???
    si no es asi, si te han enviado nada, no deberias estar incluido en dicho fichero, no?

    Gracias

    Javier

  10. #30
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    Si la deuda no tiene 3 meses mínimo de antigüedad no pueden meterte en una lista de morosos.
    Última edición por Ikebana; 15/06/2011 a las 13:28

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