Buenas noches, hace mucho que no paso por aqui pero mi caso sigue en la audiencia provincial. En primer instancia ganamos, esto fue en noviembre de 2021 y bueno entre pandemia/huelgas/atascos en los juzgados pues seguimos esperando. Una pregunta aue me surge y queria saber si alguien sabe, en el falle indica lo siguiente:
DECLARAR LA NULIDAD de la cláusula relativa a los inttereses
remuneratorios que contiene ell contrato concertado entre las partes,,
subsiistiendoelcontratoenlodemás
- CONDENO a la entidad demandada a abonar all actor las cantidades
percibidas indebidamente durante la vida dell crédito, como sii la mencionada
cláusula no se hubiera aplicado, más sus inttereses legales des de la
interposiición de la demanda y hasta la fecha de la presente Sentencia y desde
ésta y hasta el completo pago los establecidos en el artículo 576 de la LEC, así ésta y hasta el completo pago los establecidos en el artículo 576 de la LEC, así
como los intereses del art. 25 de la Ley de Crédito al Consumo.
La nulidad me queda claro, contrato nulo. Es el segundo punto el que me gustaría poder hacer calculos. El interes legales creo que son los interes del dinero, pero al final pone que ademas de esos deberian pagar los interes del arr 25 de la ley del credito al consumo. He echado un vistazo a ese articulo y pone que deberian pagar como el interes que han estado aplicandome, eso quiere decir que tiene que pagar ademas como un 20-25% de interes? Gracias!