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Tema: Peligrosa rectificación del Supremo

  1. #11
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    Avatar de lapalo69
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    Sí, sí hay que tenerlo muy muy claro, y aún así hay veces que no son entendibles ciertas decisiones. A no ser que te salga la pasta por las orejas corruptas y entonces no problem.... ancha es Castilla!!!!

  2. #12
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    Peligrosa rectificación del Supremo

    Bueno, la sentencia a mi tambien me deja preocupada. Lo lees y te vienes un poco abajo. Pero hay q seguir luchando.
    Y otro tema es el que dice LaraC de los anuncios, yo tambien, csda vez que los veo en la tele….., me entrsn los siete males, que asco dan…


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  3. #13
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    La Sentencia del Supremo , según he leído, se refiere a un Recurso de Casación de una Tarjeta contratada en el 2006.
    Preocupante...

  4. #14
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    Tenemos que seguir hacia delante y luchar ante estos usureros, no podemos dar un paso atrás.

  5. #15
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    Cita Iniciado por Redknapp Ver mensaje
    Tenemos que seguir hacia delante y luchar ante estos usureros, no podemos dar un paso atrás.

    Yo me he venido abajo (bendito Valium, que me ha rescatado) y estoy a la espera de lo que diga mi abogada. Hay que luchar, sí, pero esta sentencia me parece demoledora.

  6. #16
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    Me gustaría saber a mi cuánto le han untado para cambiar esto.

  7. #17
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    https://www.economistjurist.es/notic...tas-revolving/

    "En definitiva, si la Audiencia considera acreditado, en función de las pruebas practicadas en ese concreto procedimiento, cuál es el término de comparación (y en este caso había declarado probado que oscilaba entre el 23% y el 26%), el Tribunal Supremo no puede revisar este pronunciamiento, salvo que el prestatario justifique, a través del recurso extraordinario por infracción procesal, el error patente en la valoración de la prueba..."

    Pues a mi me parece un palo a la defensa que queréis que os diga...

  8. #18
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    Avatar de MARIBELICA
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    Peligrosa rectificación del Supremo

    Cita Iniciado por GorkiAa Ver mensaje
    https://www.economistjurist.es/notic...tas-revolving/

    "En definitiva, si la Audiencia considera acreditado, en función de las pruebas practicadas en ese concreto procedimiento, cuál es el término de comparación (y en este caso había declarado probado que oscilaba entre el 23% y el 26%), el Tribunal Supremo no puede revisar este pronunciamiento, salvo que el prestatario justifique, a través del recurso extraordinario por infracción procesal, el error patente en la valoración de la prueba..."

    Pues a mi me parece un palo a la defensa que queréis que os diga...
    Y si me apuras, e supremo provoca indefension a los consumidores, que una y otra vez no para de poner inconvenientes y trabas en beneficio de los bancos y fondos buitre.

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  9. #19
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    Peligrosa rectificación del Supremo

    El BDE ha cambiado por la linda cara, el índice de referencia del interés aplicado que era la TAE ( Tasa anual equivalente) donde va incluido el costo del préstamo con los intereses y comisiones.

    Ahora les ha venido la luz y han puesto como índice de referencia el TEDR ( Tipo efectivo definición restringida) que es la TAE peeeeeero sin las comisiones, o sea que es una TAE pero sin la basura que ellos meten aparte de los intereses y que pagamos.

    Para más Inri, el BDE, que está para supervisar a los Bancos y Financieras, y dar la máxima transparencia, ha borrado de su Web, las tablas de Taes del interés medio aplicado en los préstamos bien sea hipotecario, o al consumo.

    De verdad es una vergüenza, que un organismo que está para supervisar a los Bancos, haga estas triquiñuelas trileras para favorecer a la Banca.

    Ya no digo nada de la reciénte sentencia del TS, en en un recurso de casación de una tarjeta Revolving del 2006, contraviniendo totalmente la anterior sentencia de Marzo de 2020.

    En esta sentencia da por buena una TAE del 24,5%, porque ahora dice, que hay que usar como índice de referencia no la TAE, sino el TEDR, que en ese año( 2006) las entidades aplicaban el 23, el 24 y el 25%.

    O sea la sentencia del 2015 y 2020 pone claramente que el índice de referencia que se debe aplicar es la TAE, y ahora dice el Supremo que debe ser el TEDR. TÓCATE LAS NARICES!!!!!!

    Las tablas del tipo de interés medio para las Revolving no las publico el BDE HASTA EL 2016.

    Ahora dicen que hay que mirar el TEDR que se aplicaba en el año de la contratación.

    O sea que te aplican y vas pagando en una Revolving la TAE ( intereses + comisiones) y ahora dicen que hay que mirar el TEDR.

    En fin, bajo mi opinión, una clara maniobra del BDE con los BANCOS y Financieras, para que la gente no demande ni se defienda del claro abuso de la usura.

    A ver en qué para esto, pero si el TRIBUNAL SUPREMO hace esto, perdonarme pero ya no confío nada en la Justicia.

    ESTA MANIOBRA TRILERA ES DE VERGÜENZA PARA SEGUIR BENEFICIANDO A LOS BANCOS Y FINANCIERAS.

    BDE Y TRIBUNAL SUPREMO A FAVOR DE LA BANCA. DEJANDO TIRADOS COMO COLILLAS A LOS USUARIOS Y PERJUDICADOS.
    Última edición por Gofi; 20/05/2022 a las 09:36
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

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  11. #20
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    Efectivamente Gofi, nos dejan a un lado en beneficio de sus amigos está claro que estamos solos en esta lucha para nuestra desgracia.

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