Buenas tardes,
Presenté reclamación por 98€ en comisiones deudoras de una tarjeta de crédito.
Se me respondió el día 17 de Enero (hace más de 1 mes) positivamente con el siguiente mensaje:
Madrid, a 17 de Enero de 2023
Ref.: Nuestro número de Registro ----
Estimado Sr. ----,
Contestamos a su escrito, que tuvo entrada en este Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente con el número de referencia arriba indicado, en el que muestra su disconformidad con los cobros realizados en su cuenta en concepto de gastos por reclamación de posiciones deudoras.
Interesados por cuanto expone, indicarle que este concepto compensa a la entidad por las gestiones efectivas realizadas para recuperar la deuda impagada por su cliente.
A este respecto, participarle que el gasto cuestionado figura en el contrato de tarjeta formalizado con fecha ----, como se puede apreciar en el detalle que reproducimos a continuación:
“Gastos de comunicación y reclamación de posiciones deudoras: 49 euros. El Banco percibirá esta cantidad por los gastos de comunicación y gestión de cobro de posiciones deudoras, mediante las que se informa a los clientes de la existencia de una posición irregular como consecuencia del impago de una liquidación, al objeto de que se proceda a su regularización. A tal fin, el Banco notificará la irregularidad mediante comunicación individualizada remitida por correo postal y, en su caso, presencialmente con motivo de alguna gestión en oficina. Si persiste la irregularidad, se notificará y reclamará la deuda por medios a distancia, aplicación móvil, banca on-line, llamada telefónica…, de modo que, si el cliente no la subsana, se devengarán y liquidarán los gastos previstos por la comunicación y reclamación efectuadas. Con esta gestión se quiere evitar al cliente incurrir en un mayor coste financiero, la posible resolución del contrato y la inclusión en registros de solvencia que podría dificultar su acceso al crédito. Estos gastos obedecen a los costes en que el Banco incurre al realizar la comunicación y gestión de cobro, tanto estructurales como de la incidencia particular, así como al perjuicio que el Banco sufre por el tratamiento contable del incumplimiento. Los gastos se devengarán, liquidarán y deberán ser pagados una sola vez, por cada cantidad vencida y reclamada.”
En su caso, como conoce, con anterioridad al cobro del mismo, nuestra Entidad le ha dirigido diversas comunicaciones escritas y ha contactado telefónicamente con usted para informarle de la existencia de una posición irregular al objeto de que procediera a su regularización.
Puesto que dicha regularización no se produjo, el cargo resulta procedente de conformidad tanto con la normativa como con las buenas prácticas bancarias.
Recordarle que nuestra red de Oficinas se encuentra a su disposición para valorar cualquier propuesta de financiación que precise.
No obstante lo anterior, y en relación a la devolución de cantidades que requiere en su escrito, se han cursado instrucciones, de forma excepcional y en esta ocasión, de retroceder los cargos repercutidos por este concepto el pasado ---- de mayo de 2022.
En cumplimiento de la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, le informamos de la facultad que le asiste de acudir al Departamento de Conducta de Entidades de Banco de España. Para ello puede usted utilizar el formulario de presentación ante dicho Organismo, al que puede acceder en la página web de nuestra Entidad www.bancosantander.es, entrando en Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente (parte inferior de la página)/Servicio de Reclamaciones del Banco de España/Acceso a la Oficina Virtual Banco de España.
Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.
He reclamado a mi nueva oficina (la anterior se cerró) he mandado email al servicio de atención al cliente del santander, todo sin éxito.
Mi siguiente paso es ir al Banco de España pero me encuentro algo perdido, ya que no pensaba que se me fuera a dar una respuesta positiva y después "hacerme ghosting".