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Tema: 50.000 euros de sanción por inscribir en morosos por una deuda inexistente

  1. #1
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    50.000 euros de sanción por inscribir en morosos por una deuda inexistente

    La empresa había interpuesto previamente una demanda contra el ahora reclamante, que un juzgado de primera instancia*había desestimado íntegramente, absolviendo a este de todas las pretensiones contra él. El afectado en este caso reclamaba considerando que se había infringido el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos por*falta de legitimación en el tratamiento*de sus datos personales.

    https://www.economistjurist.es/actua...a-inexistente/
    Última edición por Mr.Wick; 19/05/2023 a las 15:01
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  3. #2
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    Es una pena que el enlace ya no sea el de la noticia, ¿Puedes ampliarla un poco?

  4. #3
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    50.000 euros de sanción por inscribir en morosos por una deuda inexistente

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    Es una pena que el enlace ya no sea el de la noticia, ¿Puedes ampliarla un poco?
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  5. #4
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    Gracias Mr.Wick por haberlo compartido.

    Casi todos los recobradores, te meten en las listas sin que se comprueben los requisitos, “deudas ciertas, vencidas y exigibles”, incluso careciendo del contrato, (La mayor parte se compra en paquetes)que ni siquiera el acreedor original tendría, además de que el nuevo acreedor, no te informe de que te va a incluir en cualquier lista.

    ¿Pudiera ser esto el comienzo de demandas a las listas de morosos, pidiendo justificación documental de tu inclusión en ellas?.

    En el caso de esta justificación, que no te la dieran, no se podría probar que tus deudas sean ciertas, estén vencidas y sean exigibles.

    Siendo así, ¿Sé podría pedir la baja en este fichero?

    Pensamientos de un descerebrado.

  6. #5
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    50.000 euros de sanción por inscribir en morosos por una deuda inexistente

    Cita Iniciado por peperco Ver mensaje
    Gracias Mr.Wick por haberlo compartido.

    Casi todos los recobradores, te meten en las listas sin que se comprueben los requisitos, “deudas ciertas, vencidas y exigibles”, incluso careciendo del contrato, (La mayor parte se compra en paquetes)que ni siquiera el acreedor original tendría, además de que el nuevo acreedor, no te informe de que te va a incluir en cualquier lista.

    ¿Pudiera ser esto el comienzo de demandas a las listas de morosos, pidiendo justificación documental de tu inclusión en ellas?.

    En el caso de esta justificación, que no te la dieran, no se podría probar que tus deudas sean ciertas, estén vencidas y sean exigibles.

    Siendo así, ¿Sé podría pedir la baja en este fichero?

    Pensamientos de un descerebrado.
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