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El Supremo anula la renuncia a reclamar por las cláusulas suelo
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el acuerdo que un banco obligó a firmar a un cliente asturiano por el que renunciaba a ejercer cualquier reclamación por la cláusula suelo incluida en el préstamo hipotecario concedido en 2009. En febrero de 2015, las partes suscribieron un acuerdo de novación por el que se suprimía la originaria cláusula suelo -que tumbó la Justicia europea- y se modificaba el tipo de interés aplicable, pero con el compromiso de renunciar a efectuar reclamaciones en el futuro.
https://www.elcomercio.es/economia/s...032206-nt.html
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El Supremo anula la renuncia a reclamar por las cláusulas suelo
La Unión de Consumidores (UCE) presentó un recurso de casación ante el Supremo por una sentencia desfavorable para este socio dictada por la Audiencia Provincial de Asturias. En respuesta, el alto tribunal resolvió que la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones «sería nula conforme a la jurisprudencia de aplicación». En el caso concreto de este recurso, esta disposición «adolece de falta de transparencia porque no consta acreditado que hubieran facilitado al consumidor los datos e información exigible sobre las consecuencias jurídicas y económicas derivadas de dicha renuncia». Por ello, el fallo estable la nulidad de la cláusula suelo «con la devolución de las sumas percibidas indebidamente como consecuencia de su aplicación hasta que fue objeto de novación».
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El Supremo anula la renuncia a reclamar por las cláusulas suelo
Vamos.....que el banco lo vio j** y se aproprovecho
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