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ayuda nomina y prestamo personal
buenos dias,necesito consejo.TENGO un prestamo consumo de 4000 con la caixa,me es imposible pagarlo,el problema es que tengo seguros la caixa Y la hipoteca ahi.He avisado al banco que solo puedo pagar un seguro y la hipoteca ,pero me hacen caso omiso.Tengo la nomina domicialada,y se que encuanto entre me va cobrar todo.Habia pensado llevarme la nomina,pero mi pregunta es,Como pago la hipoteca si la cuenta se va quedar en descubierto en cuanto me lleve la nomina.Los seguros aun me queda 2 años porque son lo famosos segurbox que los pagas mensuales.Alguien me puede aconsejar.Gracias
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Hola compañero,
creo que la única solución viable es la que tu comentas, domicilia la nomina en otro banco. y tendrás que ir mensualmente a pagar la cuota de la hipoteca en persona, diciéndoles que ese "pago es para la hipoteca" (esta acción tiene un nombre tecnico, que no recuerdo) solo y exclusivamente para la hipoteca.
Por supuesto, espera los comentarios de los asesores y otros compañeros.
Saludos
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Llévate la nómina. Desvincula la cuenta Antigua de todo tipo de domiciliaciones, que no giren recibos a esa cuenta. Da de baja todas las tarjetas de la cuenta antigua. Si te pasan algún recibo, devuelve y ponte en contacto con quien te los giró para decirle que te los manden a la.cuenta nueva.
Todos los meses, el mismo día del recibo de hipoteca haz una transferencia a la.cuenta Antigua por el importe de la cuota: el Banco se cobra lo suyo primero siempre.
Respecto de los seguros, la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece que un banco solo puede obligar al cliente a contratar tres productos junto a la hipoteca: una cuenta para pagar las cuotas, un seguro de daños sobre el inmueble hipotecado (con la cobertura mínima por siniestros) y otro seguro “en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato”, que podría ser uno de vida o de protección de pagos, por ejemplo. PERO IMPORTANTE: esos seguros pueden contratarse con cualquier compañía aseguradora, no solo con la del banco....no se qué seguros tienes.
También ten en cuenta que no puedes irte de un seguro hasta que venza el plazo de contrato, si s renovable de año en año, tienes que quedarte un año sí o sí,y, por supuesto, avisar con tres meses de antelación que no quieres la renovación (por medios fehacientes, en este caso recomiendo burofax con aviso de entrega y certificación de contenido).
Dáte una vuelta por compañías aseguradoras a ver qué te ofrecen, es muy probable que te lleves una agradable sorpresa.
Si no pagas el.seguro...bueno, en primer lugar te quedas sin cobertura (como es obvio). Dn segundo lugar, la compañía aseguradora puede resolver el contrato y reclmamarte judicialmente las cuotas que te quedaban para completar el año.
Y, salvo que tengas cláusulas especiales en tu hipoteca y/o préstamo personal, ahí acaba la.cosa habitualmente.
Última edición por Exfuncionario; 21/04/2024 a las 20:22
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jalopezg
Hola compañero,
creo que la única solución viable es la que tu comentas, domicilia la nomina en otro banco. y tendrás que ir mensualmente a pagar la cuota de la hipoteca en persona, diciéndoles que ese "pago es para la hipoteca" (esta acción tiene un nombre tecnico, que no recuerdo) solo y exclusivamente para la hipoteca.
Por supuesto, espera los comentarios de los asesores y otros compañeros.
Saludos
El nombre técnico es imputación de pago...y se ha de realizar todos los meses y siempre ( el mismo día o siguiente al vencimiento del pago del préstamo hipotecario).
Un saludo.
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Y se me olvidaba, solo se puede hacer presencialmente.
Un saludo.
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Exfuncionario
Llévate la nómina. Desvincula la cuenta Antigua de todo tipo de domiciliaciones, que no giren recibos a esa cuenta. Da de baja todas las tarjetas de la cuenta antigua. Si te pasan algún recibo, devuelve y ponte en contacto con quien te los giró para decirle que te los manden a la.cuenta nueva.
Todos los meses, el mismo día del recibo de hipoteca haz una transferencia a la.cuenta Antigua por el importe de la cuota: el Banco se cobra lo suyo primero siempre.
Respecto de los seguros, la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece que un banco solo puede obligar al cliente a contratar tres productos junto a la hipoteca: una cuenta para pagar las cuotas, un seguro de daños sobre el inmueble hipotecado (con la cobertura mínima por siniestros) y otro seguro “en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato”, que podría ser uno de vida o de protección de pagos, por ejemplo. PERO IMPORTANTE: esos seguros pueden contratarse con cualquier compañía aseguradora, no solo con la del banco....no se qué seguros tienes.
También ten en cuenta que no puedes irte de un seguro hasta que venza el plazo de contrato, si s renovable de año en año, tienes que quedarte un año sí o sí,y, por supuesto, avisar con tres meses de antelación que no quieres la renovación (por medios fehacientes, en este caso recomiendo burofax con aviso de entrega y certificación de contenido).
Dáte una vuelta por compañías aseguradoras a ver qué te ofrecen, es muy probable que te lleves una agradable sorpresa.
Si no pagas el.seguro...bueno, en primer lugar te quedas sin cobertura (como es obvio). Dn segundo lugar, la compañía aseguradora puede resolver el contrato y reclmamarte judicialmente las cuotas que te quedaban para completar el año.
Y, salvo que tengas cláusulas especiales en tu hipoteca y/o préstamo personal, ahí acaba la.cosa habitualmente.
Pongo un inciso, la ley de seguros cambio, con respecto a solicitar la baja de los mismos.
Los usuarios pueden solicitar baja y cancelación del cualquier seguro UN MES ANTES DE SU RENOVACIÓN
Las aseguradoras lo tienen que hacer con DOS MESES DE ANTELACIÓN
Un saludo.
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