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Tema: Duda embargo

  1. #1
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    Duda embargo

    Buenas

    Si me embargan una cuenta bancaria y en esa cuenta solo tengo mi prestación por desempleo y mi mujer su salario, que sumando los dos son unos 1900 euros

    Al estar embargada la cuenta me congelan o me quitan el total o me respetan al menos el SMI?

    Al tener 3 niños menores eso afecta??

    Es aconsejable sacar el dinero tal como se cobre o eso es alzamiento de bienes???

    Gravias

  2. #2
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    Duda embargo

    Cita Iniciado por mibaito Ver mensaje
    Buenas

    Si me embargan una cuenta bancaria y en esa cuenta solo tengo mi prestación por desempleo y mi mujer su salario, que sumando los dos son unos 1900 euros

    Al estar embargada la cuenta me congelan o me quitan el total o me respetan al menos el SMI?

    Al tener 3 niños menores eso afecta??

    Es aconsejable sacar el dinero tal como se cobre o eso es alzamiento de bienes???

    Gravias
    ¡Hola! Te comento:

    1. Embargo sobre una cuenta bancaria
    Cuando se embarga una cuenta bancaria, el banco debe respetar los límites de inembargabilidad establecidos por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en España. Esto significa que:

    El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable, actualmente fijado en 1.080 euros mensuales en 2023 (a revisar en 2024 si ha habido modificaciones).

    Los ingresos que superen el SMI sí pueden ser embargados, pero de forma progresiva según tramos.



    2. Prestación por desempleo y salario

    La prestación por desempleo es equiparable a un salario, por lo que también se aplica el límite de inembargabilidad.

    Si en la misma cuenta están ingresados tu prestación y el salario de tu mujer, el embargo no distingue el origen de los fondos. Sin embargo, podrías argumentar que el importe conjunto debe respetar el SMI al menos para cada uno de vosotros (separadamente).



    3. ¿Afecta tener hijos menores?
    Sí, tener cargas familiares (como tres hijos menores) aumenta el límite de inembargabilidad. Según el artículo 607.2 de la LEC, se incrementa el SMI en un 15% adicional por cada persona dependiente. Esto significa que tu límite de inembargabilidad sería mayor.

    Por ejemplo:

    Si el SMI es de 1.080 €, con tres hijos dependientes, se sumaría un 45% (1.080 + 45% = 1.566 € inembargables).



    4. ¿Es alzamiento de bienes sacar el dinero?
    No .











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  3. #3
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    Pero no entiendo

    Si cobramos 1900 y ella cobra el día 1 y yo el día 10, teniendo 3 niños sube el SMi a 1500 , dirían embargarme 400 euros pero creo q máximo el 30%

    Esa es la cantidad que me bloquea el banco??

    Si a lo largo del mes me hacen bizum se bLoquean??

    Puedo sacar dinero o está todo bloqueado o solo se bloquea la parte esa pequeña embargable???

    Muchas gracias

  4. #4
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    Es que hoy me llamó el juzgado y me dijo que el próximo Martes tengo que recoger notificaciones de ejecución de títulos por un préstamo de un coche que firme ante notario.

    Mis dudas son

    Pueden quedarse el coche, que tiene 5 años como parte del pago??? Cosa que me vendría bien
    Esta demanda de ejecución ya es el embargo??? O hay más pasos???
    Puedo oponerme dentro de los 10 días naturales??

    Una vez que me oponga, si no se acepta oposición o la desestiman, me embargan directamente o eso lleva su tiempo????

    Muchas gracias

  5. #5
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    Maribelica ya que eres la única que me ha constatado
    Me puedes aclaras las dudas que puse más abajo??

    Muchas gracias

  6. #6
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    Duda embargo

    Cita Iniciado por mibaito Ver mensaje
    Maribelica ya que eres la única que me ha constatado
    Me puedes aclaras las dudas que puse más abajo??

    Muchas gracias
    Aquí tienes las respuestas a tus dudas:

    1. ¿Pueden quedarse con el coche como parte del pago?

    Sí, en teoría es posible, pero no es automático. Si tú propones entregar el coche como parte del pago, el juez puede aceptar esa opción si tiene un valor razonable en relación con la deuda y los acreedores están de acuerdo.

    Para esto, sería necesario que presentes una propuesta formal al juzgado, probablemente a través de un abogado, para ofrecer el coche como parte del pago.

    Debes considerar que si el coche tiene cargas (por ejemplo, una financiación pendiente), esto puede complicar el proceso.



    ---

    2. ¿Es esta demanda de ejecución ya el embargo?

    No, una demanda de ejecución es el paso previo al embargo.

    El procedimiento es el siguiente:

    1. Presentan la demanda de ejecución para reclamar el pago.


    2. Si no pagas ni te opones dentro del plazo legal, el juez ordenará el embargo de bienes.


    3. El embargo se aplica sobre los bienes identificados (cuentas bancarias, nóminas, vehículos, inmuebles, etc.) hasta cubrir la deuda.




    Por lo tanto, todavía no están embargando tus bienes, pero si no actúas, este será el siguiente paso.


    ---

    3. ¿Puedo oponerme dentro de los 10 días naturales?

    Sí, puedes oponerte dentro del plazo de 10 días hábiles (excluyendo fines de semana y festivos).

    Para oponerte, debes alegar causas legales válidas, como:

    La deuda ya está pagada o no existe.

    Ha prescrito.

    Hay errores en la cuantía o en el procedimiento.


    Es obligatorio hacerlo con abogado y procurador, que presentarán un escrito de oposición en tu nombre.



    ---

    4. Si me opongo y la oposición no es aceptada o la desestiman, me embargan directamente?

    Si la oposición es desestimada, el procedimiento de ejecución continuará, y el juez puede ordenar el embargo de tus bienes.

    Sin embargo, esto no ocurre de forma inmediata. Entre la desestimación de tu oposición y la ejecución del embargo puede pasar tiempo, ya que el juzgado debe identificar y valorar los bienes embargables.



    ---

    5. Recomendaciones finales

    Evalúa con un abogado si tienes motivos para oponerte a la ejecución. Si no tienes causas claras, podría ser más útil negociar directamente con el acreedor para evitar el embargo.

    Si decides oponerte, asegúrate de presentar argumentos sólidos, ya que una oposición sin fundamento podría hacer que se acumulen más gastos (costas judiciales).

    Si prefieres ofrecer el coche o negociar un plan de pagos, háblalo con tu abogado para hacerlo antes de que el embargo avance.





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  7. #7
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    Muchísimas gracias.

    Solo me queda la duda siguiente. Desde que recojo la demanda de ejecución, en esos 10 días hábiles me oponga, intenté llegar a acuerdo o algo, en esos 10 días no hacen embargo ni me hacen nada no???

    Aclarar que el coche que quiero entregar es el mismo coche por el que me ejecutan.

    Costó 19700 euros y faltan por pagar 10000. El coche tiene 4 años puede que les interese. Me demanda Santander que es quien me dio el préstamo coche
    Última edición por mibaito; 24/01/2025 a las 16:09

  8. #8
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    Muchísimas gracias.

    Solo me queda la duda siguiente. Desde que recojo la demanda de ejecución, en esos 10 días hábiles me oponga, intenté llegar a acuerdo o algo, en esos 10 días no hacen embargo ni me hacen nada no??? NO

    Aclarar que el coche que quiero entregar es el mismo coche por el que me ejecutan.

    Costó 19700 euros y faltan por pagar 10000. El coche tiene 4 años puede que les interese. Me demanda Santander que es quien me dio el préstamo coche
    PUES SÍ. CON 4 AÑOS PUEDE INTERESARLE, MÁS SI LA DEUDA VIENE DE LA COMPRA DE ESE MISMO COCHE.



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  9. #9
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    Y durante los 10 días tras recoger la demanda pueden embargarme o hacerme algo o se respeta al menos ese plazo???

  10. #10
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    Solo me queda esta duda y cerramos hilo

    Y durante los 10 días tras recoger la demanda pueden embargarme o hacerme algo o se respeta al menos ese plazo???

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