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Elperegrino
Mal redactadas las alegaciones de los abogados de ACUSA me parto de la risa. No hagas caso al abogado de los carroñeros
Pues si… ni caso, pero fue bastante desagradable la jueza, fuera hasta preferido que me diera con la maza!
Jajajaj (mejor ponerle un poco de humor al asunto) En fin… ya os iré contando
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Hola! Ya me llego la sentencia, cómo suponía le han dado la razón a ellos, tengo que pagar el importe íntegro y las costas! Os paso la sentencia por si queréis verla.Documento_2025-03-13_114718.pdf
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Vaya.. Lo siento mucho..
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Qué rabia!
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Si ya sabes lo que tienes que hacer y no lo haces entonces estás peor que antes.
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Bueno, viendo la sentencia, indica que ya se rebajo la cantidad mediante auto, eso quiere decir que ya quitaron la parte abusiva (en teoría) por tanto alegar intereses moratorios abusivos y nulidad de comisiones parece que sobra.
Respecto al interés usurario, hay que tener en cuenta lo que dice la sentencia, que es cierto y no alegar a lo loco intereses usurario.
Si ya quitan en el monitorio todo lo abusivo y han presentando contrato con nuestra firma, hay que tener cuidado y quizás es mejor llegar a un acuerdo.
Nunca, nunca se nos debe olvidar que somos deudores y por lo que luchamos es por pagar lo justo y legal, pero amigo, si ya te han quitado todo lo ilegal, lo que queda es lo que debes. (si has hecho algún pago que no han tenido en cuenta lo demuestras y lo alegas)
Normalmente las sentencias por tarjeta de crédito, que no sean revolving, suele salir que pagues lo que te has gastado, es muy fácil de demostrar que has hecho uso de la tarjeta, igual que los microcréditos cuyas sentencias son lo dispuesto menos lo pagado ya.
Para mí, efectivamente esas alegaciones están mal y ha metido un batiburrillo de cosas para ver qué sale. Pero es mi opinión, que nadie se enfade, todos somos humanos y cometemos errores incluido los abogados de la asociación.
Ir a un juicio, siempre es un riesgo.
Hay que evaluar los pros y contras y recordar frase "más vale un mal acuerdo que un buen juicio"
Última edición por astronauta; 13/03/2025 a las 18:09
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Pues lo siento austronauta, pero no puedo estar de acuerdo contigo..solo en parte.
Llamame loco, pero yo no veo nada de que le hayan quitado lo abusivo..
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No te lo discuto compañero. Pero si lo hay,no sólo hay que decirlo, sino indicar que cantidad es abusiva y porqué y en base a qué Ley.
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Yo tampoco estoy de acuerdo contigo astronauta...eso es lo que dicen el Sr. juez...pero tus has visto las alegaciones? Porque yo si.
Y están bien redactadas...pero no siempre se topa con un buen Sr.Juez, y lo digo por propia experiencia.
Y no quiero entrar a debatir nada.
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Has leído las alegaciones? Es sorprendente que hables con tanta seguridad desvirtuando al abogado. No entiendo como sabe usted tanto. De asociarse para ayudar a la asociación ya hablamos otro día.
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Iniciado por
astronauta
Bueno, viendo la sentencia, indica que ya se rebajo la cantidad mediante auto, eso quiere decir que ya quitaron la parte abusiva (en teoría) por tanto alegar intereses moratorios abusivos y nulidad de comisiones parece que sobra.
Respecto al interés usurario, hay que tener en cuenta lo que dice la sentencia, que es cierto y no alegar a lo loco intereses usurario.
Si ya quitan en el monitorio todo lo abusivo y han presentando contrato con nuestra firma, hay que tener cuidado y quizás es mejor llegar a un acuerdo.
Nunca, nunca se nos debe olvidar que somos deudores y por lo que luchamos es por pagar lo justo y legal, pero amigo, si ya te han quitado todo lo ilegal, lo que queda es lo que debes. (si has hecho algún pago que no han tenido en cuenta lo demuestras y lo alegas)
Normalmente las sentencias por tarjeta de crédito, que no sean revolving, suele salir que pagues lo que te has gastado, es muy fácil de demostrar que has hecho uso de la tarjeta, igual que los microcréditos cuyas sentencias son lo dispuesto menos lo pagado ya.
Para mí, efectivamente esas alegaciones están mal y ha metido un batiburrillo de cosas para ver qué sale. Pero es mi opinión, que nadie se enfade, todos somos humanos y cometemos errores incluido los abogados de la asociación.
Ir a un juicio, siempre es un riesgo.
Hay que evaluar los pros y contras y recordar frase "más vale un mal acuerdo que un buen juicio"
Tu opinión, en cuanto a lo que se hace, no se hace, si está bien o esta mal hecho, es eso, TÚ OPINIÓN, que no tiene por qué ser o por qué no ser..
Lo que no es de recibo es afirmar tajantemente, rotundamente que no se ha hecho algo bien o no de la forma que dices tú ser la correcta, sin haber leído el escrito de defensa y, ni aún así, tu tendencia a sentar cátedra es demasiado atrevida sin tener en tus manos todos los documentos y pruebas.
Ahora voy a opinar yo.... Pero solo opinar ¿eh? Sin acritud
El hecho de que se haya reducido la cantidad reclamada mediante un auto no implica necesariamente que se haya eliminado toda la parte abusiva. Los jueces pueden rebajar ciertas cantidades sin hacer un análisis profundo de todos los aspectos del contrato, especialmente en procedimientos monitorios donde la revisión es más superficial.
Intereses moratorios abusivos y nulidad de comisiones:
La reducción de la deuda no implica que los intereses moratorios y las comisiones sean automáticamente legales. Es posible que todavía existan cláusulas abusivas no examinadas o que el cálculo de la deuda no sea del todo correcto. Estos conceptos deben ser revisados en detalle antes de descartarlos como alegaciones.
Interés usurario:
Es cierto que no se debe alegar "a lo loco", pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre usura deja claro que un interés notablemente superior al normal del dinero es nulo, independientemente de que el contrato haya sido firmado. Si la TAE supera los límites establecidos en casos similares, sigue siendo un argumento válido, incluso si ya se ha dictado un auto en el monitorio.
El contrato firmado:
La presentación de un contrato con firma no impide que se declare la nulidad de cláusulas abusivas o de intereses usurarios. La transparencia en la contratación y el posible desequilibrio entre las partes deben ser analizados. No es raro que, incluso con un contrato firmado, se anulen ciertos términos por falta de información clara o por abuso de la posición dominante del prestamista.
Evaluar un acuerdo:
Si bien es cierto que "más vale un mal acuerdo que un buen juicio" en algunos casos, no siempre es la mejor estrategia. Si hay elementos abusivos en el contrato que pueden reducir significativamente la deuda, puede ser más beneficioso defenderlos en juicio. Además, muchas entidades aceptan acuerdos más favorables cuando ven que el deudor está dispuesto a litigar.
Sobre la generalización de las sentencias:
No todas las sentencias sobre tarjetas de crédito y microcréditos son iguales. Hay numerosas resoluciones en las que se han anulado intereses y comisiones abusivas, y algunas incluso han dejado sin efecto la totalidad de la deuda cuando se ha declarado la nulidad del contrato. Cada caso es diferente y debe analizarse individualmente.
En conclusión, dar por sentado que la deuda restante es "lo justo" sin un análisis detallado puede llevar a pagar de más. Siempre es recomendable revisar cada aspecto del contrato y de la reclamación antes de aceptar cualquier acuerdo o sentencia sin cuestionarlo.
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