Hace un año me concedieron un préstamo personal con el Banco Santander. En el momento de la firma y paso a notaria me comentan que lleva consigo un seguro creo que de protencion de pagos o de vida, al mostrar mi disconformidad me vinieron diciendo que era requisito para la concesión del préstamo, y solo se cancelaría con la liquidación del préstamo. En el momento por coveniencia de la operación o necesidad de la misma tragas y pasas por el aro.
Quiero saber si eso es así, si no puedo cancelar ese seguro y recuparar la parte no disfrutada del mismo, y si se pudiese hacer como, realizar un escrito solicitandolo basado en que, en que normativa o similar.
Agradecería un poco de luz para saber como hacerlo muchas gracias