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Tema: Mi primer monitorio y ya la he liado... :(

  1. #1
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    Avatar de axel.ag
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    Mi primer monitorio y ya la he liado... :(

    Buenas tardes:

    Tenia que haberme encontrado este foro hace un par de meses... ahora ya es un poco tarde pero aun cuanto mi caso pues tengo unas dudas:

    En Julio recibi en mi domicilio (me lo trajo un personaje, no se si de correos o del juzgado 81 de Madrid) un monitorio contra mi de parte de Cofidis por un importe que me reclaman de 2615 euros.
    Yo me encuentro parado desde hace un año y medio por lo que el hacer frente al pago del alquiler de la casa, comida y demas deje de pagarles, aunque en sus llamadas siempre me hacian oferta de rebajarme el importe de la letra y nunca lo llevaban a cabo... ¿?
    Yo quiero pagar lo que debo pero ha de ser con cantidades pequeñas al mes y no los 200 euros de letra que tenia con ellos.

    El problema es que desde que lo recogi y me entere de que iba todo esto, se me pasaron los 20 dias para solicitar justicia gratuita, igualmente la solicite por internet y lleve al colegio de abogados dicho impreso pero me dijeron que nanai de la china, se me paso el plazo.

    El tema es que hoy me han dejado un aviso de correos para recoger una carta certificada que viene de este juzgado 81 de Madrid, he de ir a recogerla mañana pero me han asaltado los nervios... mis dudas, despues de ver como va el proceso monitorio y las tres vertientes que puedes tomar, si pagas, si te opones o si no dices nada en el plazo de los 20 dias, son estas:

    1º - entiendo que el monitorio lo puedo dar por perdido... por lo que he visto si no presento oposicion ni pago... pero no hay ninguna vista o juicio? Directamente el juzgado puede dar orden de embargo?
    Supongo que esta carta sera la sentencia diciendo que me embargan por lo que he leido en alguna web, se hace directamente, sin tener que ir al juzgado a declararme insolvente o decir mi situacion, es esto cierto?

    2º - cobro el paro, 760 euros y no tengo bienes a mi nombre, si no contamos el ordenador desde el que estoy escribiendo y del que no tengo factura si quiera... vivo de alquiler y no tengo vehiculo.
    Entiendo que embargaran la prestacion de desempleo hasta que tenga una nomina y puedan tirar de ahi, pero entiendo que el salario minimo de 641 euros no pueden tocarlo, y si embargar el exceso hasta los 760, pero embargan todo el resto? o se hace por porcentajes?

    Es que estoy extrañado porque si fuese una citacion para juicio, entiendo que te lo mandan con acuse de recibo como otros casos, o urgente, pues si no lo recojo por algun motivo... el juicio, en caso de haberlo, que pasaria con el? y conmigo?

  2. #2
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    Estás seguro de que te llevaron un monitorio a casa? No sería alguien del propio COFIDIS?

    Es que me sorprende porque no es práctica habitual que nadie te lleve el monitorio a casa, más bien te llevan la notificación para que pases por el juzgado a recogerlo, ya que te lo tiene que entregar el secretario Judicial y no creo que este vaya por las casas repartiendo monitorios como si fuera un repartidor de Pizzas. (En la moto pondría "Teledemandas", jejeje, un poquito de humor no viene mal).

    Bien, si ese monitorio fué real y no te opsusite en toempo y forma, el Juez decreta automáticamente la ejecución y puede ordenar el embargo de bienes. En tu caso, al no haber bienes, probablemente ordene el embargo de la parte proporcional del salario que como bien dices, el salario mínimo interprofesional es intocable. Del resto, te embargarán el 30%, es decir que 641 euros nada de nada y de los otros 119 euros, te embargan el 30% es decir 35,70 euros.

    Antes de nada, recoge esa carta a ver si va a ser ahora el monitorio que creías haber recogido antes y no era tal.

    Saludos
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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  3. #3
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    gracias, me solucionas gran parte de las dudas, ahora solo queda ver lo de la carta, mañana mismo en cuanto este en la mano te lo digo

    y si, es el monitorio pues el primer folio viene encabezado por el juzgado de primera instancia 81 de madrid, proceso monitorio num tal.. tribunal que acuerda el requerimiento... que si en 20 dias no pago el secrretario judicial da por terminado el proceso... que puedo popnerme... y al final viene la diligencia de ordenacion y el modo de impognacion recurso de reposicion en plazo de 5 dias (no se que es esto...).... etc, con un tocho de uno 50 folios detras que es la copia de mi contrato y la copia de lo que han presentado.

  4. #4
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    Hola RCB, ya he recogido la carta, por lo que he leido "entiendo" que es la resolucion del monitorio y la carta es una cedula de notificacion enviada a mi y a cofidis en la que se les da permiso para solicitar el embargo, asi lo entiendo yo...

    te adjunto los tres folios porque no entiendo practicamente nada de lo que pone... a ver si estoy en lo cierto o me equivoco.

    En caso de estar en lo cierto entiendo que ya solo queda que COFIDIS de orden de embargo y a mi solo me queda esperar que un mes cobre los 36 euros de menos no?

    Gracias de antemano...Archivo adjunto 2098Archivo adjunto 2099Archivo adjunto 2100

  5. #5
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    Efectivamente se trata de un documento por el que se señala que transcurrido el plazo que tenías para presentar oposición sin haberlo hecho, se entiende que admites la deuda reclamada y, por lo tanto, se insta al demandante a que si quiere, solicite ejecución.
    Por lo demás, si efectivamente ejecutan se procederá al embargo de nómina (en tu caso de la prestación) con los condicionantes que RCB te ha comentado.
    Saludos.

  6. #6
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    Gracias Farenheit... bueno, pues por tonto me embargaran, es lo que hay....

    Cuando tenga trabajo, de una nomina normal tambien embargan un tanto por ciento sin tocar el SMI verdad, o si cobro por ejemplo 1641 euros, me dejan los 641 del salario y el resto se lo llevan?

    en mi caso tampoco por la cuantia de la deuda, tampoco seria un desastre desastroso pero que vamos... de haber sabido antes que este foro existia... grrrrrrrr

  7. #7
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    Hola axel, no te embargarán todo el exceso del s.m.i. (por ahí hay una tabla para hacer los cálculos), es un tanto por ciento en función de lo que cobres. Una pregunta, te condenan a pagar sólo lo que le debías o se ha aumentado la deuda por el monitorio?.
    Ánimo.

  8. #8
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    Hola badlands... en el papelote del juzgado no me pone cantidad a pagar sino que acepto que la deuda es mia y la voy a pagar. Ahora que que me quitan un 30% del exceso pues estoy en paro, pero despues a ver... ... ... mira, me pillo por sorpresa pero se lo pago y punto, ya esta... Como dice RCB - Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas?
    Si tu problema NO tiene solución, porqué te preocupas?
    Asi que no me voy a hacer mala sangre por mi torpeza... les pago, que es lo que en principio estaba previsto hasta que me quede en el paro y me llego todo el lio economico...

    Asi que animao estoy, sinceramente, no voy a dejar que 37 euros me quiten el sueño... que hay cosas mas graves que ahora acaparan mi atencion

    Muchas gracias por los animos...

  9. #9
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    Esa es la actitud...aquí te dejo un link que te aclarará algunas cosas creo.

    Saludos.

    http://www.foroantiusura.org/threads...light=embargos

  10. #10
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    Gracias...!!! si me saca de dudas, crei que para el paro era un porcentaje y para una nomina otro, pero viendo que es el mismo duda solucuonada. Ahora solo queda que estos señores vean que hacen... ire informando por aqui...

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